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Autorizan el transporte marítimo en cruceros extranjeros: moción es aprobada en general

El proyecto tiene por objeto permitir expresamente el cabotaje de pasajeros, para barcos de bandera extranjera entre puertos chilenos, con las limitaciones que permitan proteger la industria nacional.

10 de mayo de 2016

Por unanimidad la Sala respaldó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 3º del decreto ley Nº 3.059, de 1979, para autorizar el cabotaje de pasajeros a cruceros de bandera extranjera y ahora se podrán presentar indicaciones para su perfeccionamiento.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Juan Pablo Letelier, José García Ruminot y Rabindranath Quinteros, quienes destacaron la importancia de la norma para el turismo, pero llamaron a que no se perjudique el mercado nacional.

 

CONTENIDOS

 

La moción contempla:

 

- Redefinir el concepto de cabotaje de pasajeros como el transporte marítimo, fluvial o lacustre entre puntos del territorio nacional, y entre éstos y artefactos navales instalados en el mar territorial o en la zona económica exclusiva.Imagen foto_00000003

 

 - Establecer que las naves de pasajeros extranjeras podrán participar en el cabotaje, siempre y cuando su capacidad de transporte sea igual o superior a 400 pasajeros cuyo origen y destino sean puntos del territorio nacional, o entre éstos y artefactos navales instalados en el mar.

 

- Permitir el cabotaje de pasajeros en naves extranjeras cuya capacidad de transporte sea inferior a 400 pasajeros, cuando en la correspondiente ruta específica no exista disponibilidad de naves chilenas, lo que será determinado y autorizado en la forma establecida en un reglamento dictado por la autoridad competente.

 

TURISMO

 

LETELIER:   

"El sentido de este proyecto está muy centrado en el turismo de nuestro país. Hoy se considera prohibido -por ejemplo- que un chileno viaje de la Serena a Valparaíso en un buque de bandera peruana, porque hay una interpretación curiosa en la norma. (…) La norma establece este tipo de cabotajes, siempre y cuando su capacidad de transporte sea igual a o superior a 400 pasajeros y se permitirá en embarcaciones de menos de 400 pasajeros, cuando son rutas nacionales inexistentes".

 

GARCÍA:

"Coincido en el sentido de que esta es una materia de extraordinaria importancia para nuestro turismo. El transporte de pasajeros dentro de nuestros puertos debiera constituir una forma de turismo de viajes muy requerida y si lo que falta para promoverlo es que tengamos una legislación como esta, pues bienvenido sea. Soy de los que cree que nuestro país tiene un enorme potencial turístico".

 

QUINTEROS:

"Aquí se fomenta la competencia en el mercado marítimo y para para nuestra región Sur Austral es una medida muy importante, pero no solo hay que ver lo favorable, esto también significa una fuerte competencia para el cabotaje regional. Estoy a favor de una mayor competencia, pero para ello debe haber igualdad de condiciones, los resguardos necesarios y si hay que hacer indicaciones las presentaremos"

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