Click acá para ir directamente al contenido

Avanza votación de articulado de norma que modifica la ley anti tabaco

En una próxima sesión, los congresistas continuarán dirimiendo los distintos cambios generados al texto por parte de la Comisión de Salud.

8 de julio de 2015

Imagen foto_00000014Abordando materias respecto a la publicidad, la venta, la elaboración y el diseño de las cajetillas, los legisladores aprobaron parte del articulado del proyecto que adecua la legislación nacional al estándar del Convenio Marco de la OMS para el control del tabaco.

 

La norma en primer trámite ya fue revisada por la Comisión de Salud, cuyos integrantes introdujeron una serie de cambios que fueron sometidos a votación en la Sala.

 

En la sesión ordinaria, se revisaron los efectos que generará en la población contar con una cajetilla genérica donde predomine una advertencia respecto a los efectos que provoca este hábito en la salud.

 

También se sometieron a consideración aspectos como la concordancia en la tramitación legislativa en cuanto a esta propuesta y aquella que despenaliza el auto cultivo de marihuana, la pertinencia de que esta iniciativa sea aplicable a productos importados, y la necesidad de prohibir el uso de aditivos.

 

VOTACIONES

 

Durante el debate se respaldaron los siguientes artículos:

 

  • “Todos los paquetes de cigarrillos que se comercialicen en el territorio nacional tendrán un empaquetado genérico que incluirá, a lo menos, la marca y su ubicación, color, forma de apertura y material y dimensiones del envase.  Todas las marcas tendrán características comunes y en caso alguno podrán sobrepasar el 30% del empaquetado total del envase”: 18 votos a favor, 12 en contra y 4 abstenciones.

  • “Cada cigarrillo unitario deberá ser envuelto únicamente en papel blanco liso con un filtro que imite el color corcho. Se permite la colocación de la marca, pero no el uso de otros colores u otras características de diseño directamente en los productos de tabaco”: 25 votos a favor y tres abstenciones.

  • “Además los envases llevarán una advertencia que cubra el 100% de las dos caras principales. Se prohíbe cualquier acción o elemento destinado a ocultar total o parcialmente la advertencia”: 21 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones.

  •  “Las disposiciones de este artículo serán igualmente aplicables a los productos de tabaco importados”: 21 votos a favor y 6 en contra.

  • “Un reglamento expedido a través del Ministerio de Salud establecerá las normas para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo”: 25 votos a favor.

  • “Asimismo, se prohíbe la comercialización en el territorio nacional de cigarrillos con sabores distintivos de reconocido consumo habitual entre niños, tales como sabores dulces, frutales, cacao y mentol”: 23 votos a favor, 5 en contra y una abstención.

 

En la jornada hicieron uso de la palabra los senadores Fulvio Rossi, Jacqueline Van Rysselberghe, Carolina Goic, Jaime Orpis, Guido Girardi, Juan Antonio Coloma, Francisco Chahuán, Juan Pablo Letelier, Lily Pérez San Martín, José García Ruminot, Alejandro García Huidobro, Alberto Espina, Iván Moreira, Andrés Zaldívar y Alejandro Guillier.

 

También intervino el Subsecretario de la Salud Pública, Jaime Burrows, quien señaló que “Chile es un campeón en el consumo de tabaco, provocando un gasto de más de mil 700 millones de dólares al año”.

 

PROYECTO

 

Imagen foto_00000018El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Guido Girardi, Fulvio Rossi y del ex senador Mariano Ruiz-Esquide, tiene por objeto adecuar la legislación nacional a los parámetros establecidos por el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, en lo atingente a las medidas relacionadas con su publicidad y comercialización en el territorio nacional, la protección de los menores de edad y la responsabilidad de las compañías tabacaleras por perjuicios causados por el consumo de tabaco.

 

Contenido del proyecto:

- Perfecciona las disposiciones que prohíben la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionados con dicho producto. 

 

- Dispone que, en ningún caso podrá incorporarse publicidad en el interior de los envases de productos de tabaco.

 

- Prohíbe absolutamente la instalación y el uso de máquinas expendedoras automáticas de tabaco.

 

- La venta de tabaco no podrá efectuarse mediante su disposición en estanterías o en cualquier otro lugar de acceso directo al público y se deberá contar con anuncios en que se advierta la prohibición de su venta a menores de 18 años.

 

- Prohíbe la fabricación y venta de dulces, golosinas, juguetes o cualquier otro artículo que asemeje o tenga forma de pipa, cigarrillo u otro producto de tabaco.

 

- Establece un empaquetado genérico de los cigarrillos y una uniformidad en la envoltura de sus unidades. Además cada envase deberá llevar una advertencia de salud que cubra el 100% de las dos caras principales de los paquetes.

 

- Prohíbe utilizar términos tales como "light", "suave", "ligero", "bajo en" u otros que tengan el efecto directo o indirecto de crear la impresión de que un determinado producto de tabaco es menos nocivo que otros, o que su consumo importa consecuencias positivas para la persona.

 

- Impone al Ministerio de Salud el deber de prohibir el uso de aditivos y sustancias en el proceso de fabricación de los productos de tabaco, cuando éstos estén asociados a un aumento, directo o indirecto, de los niveles de adicción, daño o riesgo en los consumidores.

 

- Prohíbe la comercialización en el territorio nacional de cigarrillos con sabores distintivos de reconocido consumo habitual entre niños, tales como sabores dulces, frutales, cacao y mentol.

 

- Prohíbe fumar en recintos deportivos, gimnasios o estadios, salvo en los lugares especialmente habilitados para ello.

 

- Prohíbe fumar en las áreas silvestres protegidas del Estado; en parques, plazas y lugares de recreación destinados a menores y en playas y espacios públicos costeros, permitiendo la habilitación de espacios especialmente destinados para fumadores.

 

- Entrega a la autoridad sanitaria la fiscalización de las normas de este proyecto de ley, eliminando las disposiciones que permitían a los inspectores municipales fiscalizar y a los jueces de policía local, la aplicación de sanciones.

 

- Sanciona con prisión en su grado medio (de 21 a 40 días) y multa de 3 a 50 UTM ($131.5440 a $2.192.400) al que comercialice, ofrezca, distribuya o entregue a título gratuito un producto de tabaco a menores de 18 años de edad, además del comiso de los bienes materia de la infracción y clausura temporal del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción, por hasta 3 meses. En los demás casos, las infracciones a las reglas establecidas en este proyecto de ley serán sancionadas con las multas que se precisan para cada caso.

 

- Hace solidaria y objetivamente responsable a las compañías de la industria tabacalera por todo el perjuicio causado por el consumo de tabaco.

 

- Prohíbe al conductor fumar mientras conduce, así como fumar en todo vehículo que traslade a menores de edad.

 

DEBATE

 

Imagen foto_00000016ROSSI

“Hoy queremos tomar experiencias internacionales, en este caso Australia donde se aplicó este nuevo etiquetado genérico o plano, se redujo den un 4,9% en un primer año el consumo de tabaco. En general el adicto no mira la cajetilla, pero ayuda a frenar el inicio de la adicción”.

 

VAN RYSSELBERGHE

“La venta en tabaco en Chile es legal y se hacen exigencia a los fabricantes y proveedores. Esta ley debe orientarse a restringir el daño que provoca el consumo en terceros. No una razón para que el Estado limite mi ejercicio de la libertad respecto a mi consumo. La cajetilla genérica provoca contrabando”.

 

GOIC

“El promedio de consumo anual de un chileno es 43 cajetillas. Es muchísimo. Con este proyecto buscamos que los más jóvenes no incorporen este mal hábito. El etiquetado plano nos muestra en ambas caras de la caja la advertencia, pero se permite poner la marca. Sabemos que esta práctica ha dado buenos resultados”.

 

ORPIS

“Hoy el Senda entregó un informe sobre tabaco que demuestra que se produjo un cambio porque en la última década había un descenso del consumo, pero ahora nos indican que ello subió con un promedio de mensual de un 34,7% y diario de 22,7%. La publicidad es clave y por eso queremos evitar que genere efectos”.

 

GIRARDI

“En la primera legislación no pudimos establecer la cajetilla genérica, por eso queremos reponer esta medida acá. Por tabaco en Chile mueren 46 personas cada día. Uno se pregunta la razón por la que los niños fumen a pesar que está prohibida la venta a este grupo etario. Hoy los niños tiene este hábito por la marca”.

 

COLOMA

“Creo que es un error este proyecto. Se busca eliminar el concepto de marca porque genera una desigualdad ante la ley, e impide la capacidad de distinguir. ¿No será que saber nos permite tomar una mejor decisión? Creo que se toma esta decisión por temas económicos. Hago reserva de constitucional respecto a esto”.

 

CHAHUÁN

“En el debate de la Comisión estudiamos penas privativas de libertad para quien comercialice este producto a menores. Pero también consideramos respetar  los derechos fundamentales. Por eso presentamos una indicación para cambiar esta cajetilla que atenta contra la propiedad industrial. También hago reserva de constitucionalidad”.

 

LETELIER

“Las cajetillas no están en discusión y soy partidario que se limite la publicidad. No me parece mezclar los debates de tabaco y marihuana. Hay que equilibrar la venta lícita y la necesidad de cuidar la salud de la población. Creo que el fumar en espacios públicos debe revisarse porque se está restringiendo demasiado”.

 

PÉREZ SAN MARTÍN

“Voy a votar en contra de la cajetilla genérica porque quiero respetar a aquellos que viven de la venta de cigarrillos. Todo lo que es abordar la libertad individual es importante. Hemos normado el consumo en lugares donde se ven afectadas otras personas. No limitamos el consumo en la intimidad de cada uno”.

 

GARCÍA RUMINOT

“No me parece esta disposición. No entiendo que queramos eliminar las marcas. El que fuma debe saber qué está comprando. Negarse a incluir la marca tal y como es, no es adecuado y atenta contra la legislación respecto del registro de marcas que estamos trabajando en otros proyectos”.

 

LARRAÍN

“La legislación ha apuntado a limitar las adicciones como el alcohol y el tabaco. Pero en forma paralela se ve en la Cámara Baja el permite el consumo de marihuana. Quiero saber el sentido de las políticas públicas porque hay criterios distintos. Es absurdo llegar a este nivel de restricción”.

 

GARCÍA HUIDOBRO

“La ley vigente cuando se discutió, la apoyé. Ello pensando en defender a los fumadores pasivos. Si se obliga que se use este empaquetado, van a cambiar los diseños de éstas, porque hecha la ley, hecha la trampa. Creo que se va a favorecer el contrabando”.

 

ESPINA

“Soy partidario de esta norma. Si hay algo donde hay unanimidad es que el cigarrillo hace mal. Cuando hay menos espacio para fumar, se disminuye el hábito. Tener la advertencia en ambas caras ayuda a que se evite la compra. Si se crea conciencia de que este producto es negativo, es positiva la norma”.

 

MOREIRA

“En el tema de bebidas alcohólicas tenemos un problema similar porque estos productos importados deben acogerse a un etiquetado especial que estamos tramitando. Me preocupa que se resuelva con el Ejecutivo para no extrapolarlo a la otra iniciativa”.

 

ZALDIVAR

“Creo que esto debería abordarse desde la educación. Estamos eliminando la publicidad casi en su totalidad. Estamos llegando evitar el consumo en casi todo Chile. El inciso sobre los productos importados no tiene sentido porque todo tipo de cajetilla debería cumplir la norma”.

 

GUILLIER

“¿Por qué razón debemos regular más el consumo de tabaco? Porque el problema que queremos resolver se mantiene que es el aumento de este hábito. En cuanto a los aditivos, me parece que las empresas lo introducen para captar segmentos nuevos en el mercado como son los menores y las mujeres

Imprimir