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Cambios al Sistema de Alta Dirección Pública serán analizados por la Cámara Baja

Los congresistas dieron luz verde a la norma destacando la necesidad de profesionalizar el aparato público. A su vez, recordaron el desmantelamiento de numerosos cargos que se registra cuando se instala una nueva administración.

2 de agosto de 2016

Imagen foto_00000014Con 29 votos a favor, la Sala aprobó el articulado del proyecto de ley que perfecciona al Sistema de Alta Dirección Pública y Fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil. Esto luego que la Comisión de Hacienda revisara el texto y propusiera cambios.

 

En la sesión ordinaria, los legisladores respaldaron la propuesta que ahora deberá volver a la Cámara Baja para cursar su tercer trámite.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Eugenio Tuma, Carlos Montes, Juan Antonio Coloma, Andrés Zaldívar, José García Ruminot y Alejandro Navarro.

 

PROYECTO

 

En lo fundamental el proyecto de ley:

 

- Fortalece las facultades de la Dirección Nacional del Servicio Civil, otorgándole nuevas funciones y atribuciones, como las referidas al asesoramiento de los servicios públicos dependientes o relacionados con los Ministerios, en materia de gestión y desarrollo de personas y particularmente la facultad que se le otorga de poder impartir directrices y ejercer tareas de coordinación y supervisión en estas materias.

 

- Precisa que, para los efectos de asegurar el eficiente y eficaz funcionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública (SADP), la Dirección podrá diseñar e implementar los planes y programas de inducción, acompañamiento, formación y desarrollo de altos directivos públicos.

 

- Incorpora en la estructura orgánica y funcional de la Dirección Nacional, una Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas, encargada de dar cumplimiento a sus funciones en dicha área.

 

- Faculta al Presidente de la República para eximir, por una sola vez, de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos, hasta 12 cargos de jefes superiores de servicio que se encuentren afectos al SADP, lo que deberá efectuar mediante uno más decretos dictados dentro de los 3 primeros meses de su mandato; los cargos deberán ser provistos por personas que cumplan con los requisitos legales y los perfiles para desempeñarlos. Si los cargos eximidos quedaran vacantes, deberán se provistos de acuerdo al Sistema de Alta Dirección Pública.

 

- Establece una nueva forma de computo de los semestres mínimos de duración de una carrera exigidos para el ejercicio de un cargo de alta dirección pública, permitiendo sumar a los estudios de pre grado, los estudios de postgrado realizados por el mismo candidato.

 

- Perfecciona el SADP, principalmente, ampliando su cobertura; fortaleciendo las garantías de mérito y profesionalismo; vinculando de modo efectivo la gestión del desempeño de los Altos Directivos Públicos con los objetivos estratégicos del gobierno; dando objetividad a la desvinculación de los Altos Directivos Públicos, y mejorando la gobernanza del Sistema mediante un reforzamiento de las funciones del Consejo de Alta Dirección Pública.

 

- Amplía las inhabilidades e incompatibilidades que afectan a los integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública, quedando obligados a presentar declaración de intereses y patrimonio.

 

- Perfecciona el procedimiento de selección de los altos directivos públicos, disponiendo que para proveer las vacantes que se produzcan las convocatorias deberán ser publicadas en las páginas web institucionales.

 

- Dispone que toda convocatoria a procesos de selección que se deba realizar dentro de los 8 meses anteriores al inicio de un nuevo período presidencial, requerirá de la autorización del Consejo de Alta Dirección Pública.

 

- Perfecciona los procedimientos de definición de los perfiles profesionales y de competencias y aptitudes que deberán cumplir los candidatos a los cargos de alta dirección pública, de postulación, selección, elaboración de la nómina de candidatos propuestos y nombramiento.

 

- Impone a los jefes superiores de servicio el deber de suscribir, dentro del plazo máximo de 60 días corridos, contado desde su nombramiento definitivo o de su renovación, un convenio de desempeño con el ministro o el subsecretario del ramo según sea procedente; quedando obligado a entregar cada 12 meses a su superior jerárquico un informe acerca del cumplimiento de su convenio de desempeño, regulándose además, los efectos que producirá los grados de cumplimiento del convenio.

 

DEBATE

 

TUMA

“El sistema de alta dirección pública ha sido una de las reformas más importantes del Estado. Este modelo selecciona por concurso público a los funcionarios más idóneos, todo en base al mérito. Este proyecto viene a perfeccionarlo, ampliándolo a otros servicios. Esto responde al compromiso con la profesionalización del Estado”.

 

MONTES

“Desde hace 13 años rige este sistema que ha puesto un estándar en la contratación de personal en el sistema público. El balance es positivo pero hay consenso en la necesidad de perfeccionar este sistema frente a la alternancia de poder. Este proyecto es fruto del debate que se ha dado en distintas esferas. Para evitar los actuales problemas, la norma limita el número de cargos que puede llenar el Gobierno al asumir”.

 

COLOMA

“Este proyecto es la última esperanza de que en Chile pueda haber una administración pública de calidad, independiente de quien esté en el gobierno. Se trata de servicios donde se requiere que el director sea alguien de calidad. Asumiendo que el problema es la alta rotación y la figura del directivo transitorio, entre otros aspectos, se busca lo contrario”.

 

ZALDÍVAR

“Este será un gran avance si contamos con una carrera civil funcionaria a la altura. En el 2003 dimos un primer paso cuando comenzó el sistema pero cayó en descrédito porque llegaba un gobierno nuevo y quedaban en cero esos cargos. Se entiende que deben haber cargos de confianza, pero no puede ser en todas las plazas”.

 

GARCÍA RUMINOT

“Voto a favor a los cambios que se proponen en este proyecto. Perfeccionar este sistema implica también recuperar la confianza de la ciudadanía en las autoridades. La gente ve que llega un Gobierno y llena los cargos con gente que no es capaz. Ahora estará primero la idoneidad profesional que deberá combinarse con la confianza política”.

 

NAVARRO

“Quiero saber cuál es la planta de la función pública. Recordemos que la mayoría de las personas que laboran en este sector es de honorarios y contrata. Esta es una  señal demasiado débil respecto de lo que queremos como alta dirección pública. Se va a aumentar la carga. Entiendo que este proyecto fue debatido con el sindicato respectivo”.

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