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Dan luz verde a convención sobre asistencia mutua tributaria

La norma ahora está en condiciones de convertirse en ley luego que el Senado no le introdujera modificaciones en su segundo trámite.

4 de noviembre de 2015

Imagen foto_00000014Con 27 votos a favor, la Sala despachó el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, firmado por nuestro país el 24 de octubre de 2013.

 

Los legisladores respaldaron el texto que había sido aprobado previamente por las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.

 

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores José García Ruminot, Juan Antonio Coloma y Francisco Chahuán, quienes destacaron la utilidad que tendrá para Chile contar con este instrumento que facilitará la persecución de los delitos tributarios.

 

PROYECTO

 

El objetivo principal del instrumento internacional es proporcionar un marco legal internacional para la cooperación entre los países firmantes, que constituya una ayuda efectiva a los gobiernos en su función de hacer cumplir sus leyes tributarias, particularmente en lo que se refiere al combate de la elusión y la evasión de impuestos.

 

El acuerdo ha sido suscrito por 70 países y fue impulsado por los países de la OCDE y del Consejo de Europa en 1988, quienes en el año 2010, ante un llamado que hicieron las distintas naciones del G 20, invitaron al resto de los Estados que no formaban parte de las referidas organizaciones a que lo suscribieran.

 

Contenido:

 

- Establece herramientas para la cooperación administrativa en materia tributaria, entre los Estados Partes, reconociendo para ello todas las formas de intercambio de información (por solicitud, automático o espontáneo), inspecciones simultáneas, inspecciones en el extranjero, asistencia en el cobro de impuestos, y notificación de documentos y medidas precautorias.

 

- Regula el intercambio de información con el propósito de combatir el lavado de dinero, el cohecho, el financiamiento del terrorismo y otros ilícitos, cuando se cumplan ciertas condiciones. Bajo supuestos similares, puede también compartirse información con terceros Estados.

 

- Dispone la protección de los derechos de los contribuyentes, proporcionando extensas salvaguardas para resguardar la confidencialidad de la información intercambiada, en particular en relación a los datos personales.

 

- La operación de la Convención es autosuficiente y está supervigilada por un Cuerpo Coordinador constituido por las Partes.

 

DEBATE

 

GARCÍA RUMINOT

“Este proyecto aprueba asistencia tributaria mutua con muchos países con el fin de establecer un marco legal de cooperación internacional. Se busca el intercambio de información para cumplir con el pago de estos impuestos. La economía chilena es una de las más abiertas en el mundo, y estos instrumentos facilitan estos procesos”.

 

COLOMA

“Según los representantes del SII que fueron a la Comisión de Hacienda, este proyecto sería muy importante. Quiero hacer lo clave que es firmar acuerdos que persiguen un fin pero a la vez, respetan la legislación interna porque es básico ver aquello que contempla como lo que no considera.

 

CHAHUÁN

“El 2010, los estados miembros decidieron abrir este protocolo respondiendo a un llamado del G20. A la fecha, más de 60 países lo han firmado, así se espera que las principales economías del mundo sean parte de este esfuerzo global. Se busca cumplir las leyes tributarias de cada Estado y generando una red de apoyo mutuo”.

 

 

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