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Instan al Ejecutivo a incluir en las modificaciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura a los extrabajadores del sector pesquero industrial

El proyecto de acuerdo, respaldado por la unanimidad de la Sala, solicita a la Presidenta de la República el envío de un mensaje que tenga por objeto modificar el artículo 173 de la mencionada Ley, a fin de que los beneficios sean también aplicables al ex personal.

22 de junio de 2017

Un grupo transversal de senadores presentó un proyecto de acuerdo solicitándole a la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley que modifique la Ley General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de resolver la situación de los tripulantes de la flota industrial pesquera que fueron desvinculados de su fuente laboral, en virtud de la ley N° 19.713.

 

La propuesta - que fue respaldada por la unanimidad de la Sala- explica que "los beneficios que se establecieron en una ley para estos extrabajadores, fueron dejados sin efecto por otro cuerpo legal que limitó a los que habían sido desvinculados de sus fuentes laborales hasta una determinada fecha, 31 de diciembre de 2012, lo que obviamente afectó sus derechos adquiridos y atenta contra la certeza jurídica que debe regir los cuerpos normativos".

 

"En tal virtud, se agrega, se hace necesario modificar el artículo 173 de la Ley General de Pesca, de modo que los beneficios que se mencionan en dicha disposición sean aplicables a quienes perdieron sus fuentes de trabajo con anterioridad al año 2013, con motivo de la aplicación de la ley N° 19.713, que estableció como medida de administración el límite máximo de captura por armador a las principales pesquerías industriales nacionales y la regularización del registro pesquero artesanal".

 

Entre los autores del acuerdo están los senadores Francisco Chahuán, Isabel Allende, Adriana Muñoz, Lily Pérez San Martín, Jacqueline Van Rysselberghe, Ena  Von Baer, Juan Antonio Coloma, Guido Girardi, Felipe Harboe, Antonio Horvath, Hernán Larraín, Carlos Montes, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Eugenio Tuma, Patricio Walker Andrés y Zaldívar.

 

PARA ENTENDER

 

Con fecha 15 de septiembre de 2015, el Senado aprobó por unanimidad el Proyecto de Acuerdo, mediante el cual se solicitó al Ministro de Hacienda que considerara destinar recursos en el próximo presupuesto anual de la Nación para abordar y resolver los problemas generados a los ex tripulantes de la flota industrial pesquera que fueron desplazados durante la vigencia de la ley N° 19.713 del año 2001, petición que no tuvo respuesta por parte de dicha autoridad.

 

Imagen foto_00000003Luego, el 20 de octubre de 2016, diversos representantes de sindicatos de tripulantes pesqueros exonerados por la ley 19.713, solicitaron al Contralor General de la República que confirmara la vigencia del criterio contenido en el Dictamen 14.348, de ese organismo, de 8 de marzo de 2011, reconociendo los beneficios sociales destinados a ese sector específico de ex trabajadores pesqueros que perdieron sus fuentes de trabajo, bajo la vigencia del texto legal antes citado.

 

El dictamen mencionado, suscrito por el entonces Contralor General, Ramiro Mendoza, estableció lo siguiente: "En cuanto a la duración de los beneficios otorgados, los que de acuerdo a la normativa aplicable en opinión de la requirente debieran ser por 10 años, es dable manifestar que si bien la Ley N° 19.849 prorrogó la vigencia de la aludida ley N° 19.713 hasta el año 2012, ello no incide en el periodo de otorgamiento de las referidas ayudas, cuya extensión depende de la naturaleza y objetivos de los programas que se otorguen, por lo que  aquellos deberán ajustarse a las normas contenidas en los instrumentos que aprueben los respectivos programas y sus modificaciones posteriores."

 

DICTÁMENES Y RESOLUCIONES

 

Mediante Dictamen N° 018183, de 18 de mayo de 2017, el Contralor General de la República, Jorge Bermúdez Soto, dio respuesta a la solicitud de dichos ex trabajadores, manifestando lo siguiente:

 

a) El Fondo de Administración Pesquero fue creado mediante la promulgación de la ley N° 19.849, del año 2002, la cual introdujo un artículo 173 a la Ley General de Pesca y Acuicultura, mediante el cual se creó dicho fondo que, entre otras finalidades, tiene por objeto financiar proyectos de reconversión laboral para los trabajadores que durante el período de vigencia de la ley N° 19.713 hayan perdido su empleo.

 

b) El artículo 1° de la ley N° 19.849 prorrogó la vigencia de la aludida ley N° 19.713, hasta el 31 de diciembre de 2012.

 

c) Al amparo de dicho marco normativo se emitió el Dictamen N° 14.348 que precisó que el período de otorgamiento de las referidas ayudas quedaba entregado a lo que determinaran las normas que regulaban los respectivos programas.

 

d) Con posterioridad, en virtud de la promulgación de la ley N° 20.657, que comenzó a regir el 1° de enero de 2013, se introdujo diversas modificaciones al inciso primero del artículo 173 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, estableciendo el financiamiento de los programas de reinserción laboral, capacitación, estudios técnicos de nivel superior y de apoyo social destinados a ex trabajadores de la industria pesquera que hayan perdido sus trabajos como consecuencia de esta ley y no imputable al trabajador, y a los hijos de estos últimos, tratándose de las tres primeras ayudas. Se dispuso en este cuerpo legal que un reglamento fijaría las reglas que rigen el acceso de los destinatarios a los referidos beneficios.

 

e) El reglamento a que se hace mención en dicha ley, se contiene en el Decreto Supremo N° 131 de 2013, del Ministerio de Economía y Turismo, en cuyas disposiciones pertinentes exige que sus beneficiarios sean ex trabajadores que hayan perdido sus empleos como consecuencia de la aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura, por una causa no imputable a ellos, y que el término de la relación laboral se haya producido con una fecha posterior al 1 de enero de 2013.

 

f) Por lo tanto, sostiene el Contralor, ha sido el legislador y la autoridad administrativa quienes han determinado que los ex trabajadores que pueden ser destinatarios de los programas actuales vigentes del Fondo de Administración Pesquero son solo aquellos que fueron desvinculados a contar del año 2013, excluyendo por ende, a los que perdieron su fuente laboral por causa de la enunciada ley N° 19.713, y mientras se mantuvo en vigor.

 

g) Al tenor de estas consideraciones no es procedente aplicar el Dictamen N° 14.348 para extender la validez de los programas del actual Fondo de Administración Pesquero a los trabajadores que perdieron su empleo durante la vigencia de la ley N° 19.713, dado que dicho pronunciamiento fue emitido al amparo de un marco normativo que no se encuentra actualmente en vigor.

 

Por lo tanto, reiteran los solicitantes del proyecto de acuerdo, "se puede concluir que los beneficios que se establecieron en una ley para estos ex trabajadores, fueron dejados sin efecto posteriormente por otro cuerpo legal que limitó a los que habían sido desvinculados de sus fuentes laborales hasta una determinada fecha (…)".

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