Click acá para ir directamente al contenido

Listo para ser ratificado queda acuerdo que establece una oficina regional de la ONU para los DD.HH. en Chile

En el debate, se destacó el papel que ha desempeñado nuestro país en la defensa de los derechos humanos. Este aspecto habría sido valorado por la ONU.

21 de junio de 2016

Imagen foto_00000003Con 23 votos a favor, la Sala aprobó en general y particular, el proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos relativo al establecimiento de una oficina regional para América del Sur en Chile.

 

La propuesta ahora deberá ser vista por la Cámara Baja, quien remitirá los antecedentes al Ejecutivo para ser ratificado.

 

Durante el debate hizo uso de la palabra el senador Jorge Pizarro, quien expresó que “lo que se hace acá es destacar el papel de Chile en materia de derechos humanos. Constituye un reconocimiento para nuestro país el establecimiento de esta sede. Hay que recordar que en la Comisión de DD.HH. de la ONU, una de las cuatro vice presidencias la tiene Chile”.

 

PROYECTO

 

El objetivo principal del instrumento internacional es facilitar la instalación de una sede regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), en Chile, con el fin de mantener el diálogo entre Gobiernos y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales con asociados de las Naciones Unidas para poner en práctica y formular estrategias, que promuevan y protejan todos los derechos humanos en los países de América del Sur.

 

Proyecto de acuerdo:

 

-Dispone un estatuto que regula los privilegios, inviolabilidades e inmunidades de que gozarán los bienes y haberes de la oficina misma y los funcionarios de ella.

 

- El costo directo de la instalación de la oficina y de la contratación de funcionarios será de cargo del Alto Comisionado -y, por tanto, de la ONU- sin que esto implique un mayor gasto fiscal.

 

- Determina que la Oficina Regional se encontrará en Santiago de Chile y el ACNUDH decidirá sobre su tamaño y la dotación de sus funcionarios.

 

- Dispone que la Convención será aplicada a la Oficina Regional, sus bienes, fondos y haberes, así como a sus funcionarios, peritos y otras personas que realicen misiones para el ACNUDH en Chile.

 

-Establece que la Oficina no se someterá a controles financieros, reglamentos o moratorias de ninguna índole; podrá tener y usar fondos o instrumentos negociables de cualquier clase, mantener y llevar cuentas en cualquier divisa, convertir a cualquier otra divisa la divisa corriente que tenga en su poder; transferir libremente sus fondos o divisas de un país a otro o dentro de Chile a otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y gozará de la tasa de cambio más favorable que sea legalmente posible para las transacciones financieras.

 

-Los fondos, haberes, ingresos y otros bienes de la Oficina Regional estarán exentos de todo impuesto directo, derechos de aduana, prohibiciones y restricciones sobre los artículos importados y exportados por ella para su uso oficial.

 

-Establece privilegios e inmunidades para los funcionarios de la Oficina Regional tales como inmunidad contra todo proceso judicial sobre declaraciones verbales o escritas y actos oficiales a título oficial, inmunidad de inspección y embargo de su equipaje, exención de impuestos sobre los sueldos pagados por las Naciones Unidas; inmunidad, junto con sus cónyuges y familiares de toda restricción de inmigración y de registro de extranjeros; derecho a importar, libertad para entrar, salir y circular por todo el territorio de Chile. 

 

Imprimir