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Radios de mínima cobertura contarán con 90 días para regularizar su situación

La Sala despachó el proyecto de ley que permitirá ampliar el plazo para que las concesionarias de estos medios puedan acogerse a la ley N° 20.433, que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana.

17 de julio de 2013

Imagen foto_00000005En general -por 17 votos a favor y 1 en contra- fue aprobado el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite ampliar el plazo a 90 días para que las concesionarias de radiodifusión de mínima cobertura puedan acogerse a la ley 20.433, que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana.

 

Durante la sesión intervinieron los senadores: Carlos Bianchi, quien hizo presente su abstención por “tener familiares que poseen medios de comunicación”; Alejandro Navarro; Juan Pablo Letelier; Isabel Allende; Ricardo Lagos Weber; Francisco Chahuán y Víctor Pérez Varela.

 

PROGRAMA ESPECIAL

 

Para el senador Navarro esta ley viene a “reparar un error que dejó fuera a centenares de radios comunitarias, que cumplen la abnegada labor de informar, trabajando con voluntariado y que de la noche a la mañana quedaron fuera”. El legislador destacó el rol de éstas durante situaciones de emergencia; sin embargo, hizo presente que “los 90 días establecidos son insuficientes. Esto subsana un agravio, pero no avanza un milímetro en el potenciamiento de estas radios”; además solicitó aumentar los recursos y un programa especial para estos medios de comunicación.    

 

CORTAPISAS

 

A su turno, el senador Letelier destacó algunas “cortapisas” establecidas como que estas emisoras no estarán en manos de municipios; que los concesionarios no podrán tener más de una radio, “porque de las 144 radios que no regularizaron su situación hay muchas comerciales que sacaban radios de mínima cobertura para burlar la ley”; y que se termina con la exigencia de pasar por la Fiscalía Nacional Económica; asimismo, mencionó que la iglesia evangélica tampoco podrá tener más de una radio comunitaria, “lo digo con todo respeto, el objetivo de las radios comunitarias no es un compromiso religioso, porque desnaturaliza su propósito”, señaló.

 

IMPORTANTE ROL

 

En tanto, la senadora Allende argumentó que es importante el dar la oportunidad de regularizar a las radios de mínima cobertura. “Todos sabemos el importante rol que cumplen en las comunas y el valor de poder contar con este instrumento sin desvirtuarlo y sin tratar de burlar la ley. En hora buena por este mayor plazo y que las radios comunitarias queden como corresponde y a partir de acá tener un funcionamiento normal y normado”, señaló.

 

NO BENEFICIARÁ A LAS COMUNITARIAS

 

Posición contraria a la iniciativa es la que hizo presente el senador Lagos Weber, quien argumentó que “esta ley fue publicada hace más de 3 años, en consecuencia creemos, incluida la Asociación Nacional de Radios Comunitarias de Chile, que había un plazo más que suficiente para poder beneficiarse de esta legislación, por lo que los favorecidos con esta prórroga serán empresas y personas jurídicas que persiguen fines de lucro y de paso los municipios, a los que la nueva ley no contempla como concesionarios”.

 

VITAL PARA RADIOS LIMÍTROFES

 

Para el senador Francisco Chahuán este proyecto quiere salvar la situación de muchas radios comunitarias, a través de un procedimiento ágil para aquellas radios de mínima cobertura que se encuentra en lugares limítrofes o estratégicos y que no pudieron cumplir con los plazos para traspasar esas concesiones a organizaciones sin fines de lucro y puso como ejemplo el rol de la radio “Picaflor Rojo de Juan Fernández, que genera redes de comunicación solidaridad y contacto permanente de sus habitantes”, precisó.

 

ANALIZAR OTRAS SITUACIONES

 

El último en hacer uso de la palabra fue el senador Víctor Pérez Varela, quien llamó a tener una nueva mirada para las localidades aisladas. “Esta ley nos permitirá analizar otras situaciones en localidades lejanas de los centros urbanos, por ejemplo, la localidad en Antuco, que tienen una radio municipal que es el único medio de comunicación, que de acuerdo a esta legislación debe caducar en algún momento, y por lo tanto dejar de transmitir, pero esa radio entrega un gran servicios. Estos nuevos plazos van a permitir analizar con más calma y poder superar las dificultades que se generarían”, agregó.

 

EL PROYECTO

 

En concreto, la iniciativa contempla un plazo de 90 días para que las concesiones de mínima cobertura puedan someterse a los términos de la ley respectiva y se excluye la posibilidad de que un mismo titular tenga varias concesiones de mínima cobertura.

 

Imagen foto_00000002Adicionalmente se excluyó la solicitud a la Fiscalía Nacional Económica (FNE), debido a que sólo será posible una concesión.

 

Se estableció un plazo de tres años para que la Subsecretaría tramite de oficio, pero con acuerdo del titular, la modificación de elementos de la esencia de una concesión de radiodifusión sonora, que no sean plazos ni tipo de servicio.

 

Además se incorporan dos artículos transitorios, 7° y 8°, del primero se desprende que, “Los concesionarios de radiodifusión sonora de mínima cobertura vigentes a la fecha de publicación de la presente ley, y que no hayan sido sancionados con la caducidad por resolución firme con posterioridad a dicha fecha, podrán transferir sus concesiones sin que a los mismos resulte aplicable la limitación temporal establecida en el inciso segundo del artículo 21 de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones”.

 

En tanto, el artículo 8° hace referencia, “A los efectos de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2° transitorio, se entenderán como vigentes al momento de la publicación de la presente ley aquellas concesiones otorgadas con anterioridad a la citada publicación”.

 

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