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Término de cobranzas extrajudiciales pasa a Cámara Baja

Los congresistas precisaron que no se podrá amedrentar a los morosos con procedimientos judiciales que no se han iniciado. Esta es una de las prácticas en las que hoy incurren las empresas de cobranza.

6 de enero de 2016

Imagen foto_00000014En forma unánime, los legisladores presentes en la Sesión Ordinaria aprobaron en general y particular, la norma en primer trámite, que establece nuevas obligaciones a los proveedores de crédito y a las empresas de cobranza extrajudicial.

 

Asimismo, la Sala respaldó una indicación de autoría de los integrantes de la Comisión de Economía que precisa que “en ningún caso esta empresas podrán comunicar a los deudores consecuencias judiciales que no se hayan iniciado o (…) la ejecución de bienes (embargo)”.

 

Durante la discusión hicieron uso de la palabra los senadores Eugenio Tuma, Baldo Prokurica y Alejandro Guillier.

 

Ahora el proyecto pasa a la Cámara de Diputados para cursar su segundo trámite.

 

PROYECTO

 

El texto, iniciado en moción de los senadores Manuel José Ossandón, Alejandro Guillier y Eugenio Tuma, tiene por objeto establecer una mayor protección de los derechos de las personas que han contraído deudas con entidades crediticias, particularmente en lo referido a los abusos a los que se ven expuestos cuando intervienen empresas intermediarias de cobranzas extrajudiciales.

 

Contenido de la norma:

 

- Especifica la información que, en forma obligatoria y por escrito, deberán entregar al deudor las empresas que realicen cobranzas extrajudiciales o los proveedores de créditos en su caso, antes de iniciar cualquier gestión destinada a la obtención del pago de la deuda.

 

- En esta comunicación se deberá señalar, entre otros antecedentes, el nombre de la persona o empresa que encarga la cobranza, la identificación clara y completa de la deuda; el monto adeudado; sus intereses; fecha en la que se incurrió en incumplimiento; gastos de la cobranza; las modalidades de pago que se ofrezcan y los derechos que le asisten en conformidad a esta ley en materia de cobranza extrajudicial.

 

- Entrega a un reglamento la determinación de la forma y de los requisitos que deberá cumplir tal comunicación.

 

DEBATE

 

TUMA

“Este proyecto es básico para cautelar los derechos de los consumidores en los procedimientos de cobranza extrajudicial. Las empresas aún intimidan al afectado al margen de la ley. Los deudores con créditos vencidos deben acceder al detalle de la deuda y no siempre pueden. Muchas veces se les amenaza con embargos que no son ciertos”.

 

PROKURICA

“Estoy a favor de esta idea. Según estudios de la Universidad San Sebastián, existen más de 3 millones de morosos en el país. Por su parte, el Sernac ha señalado que desde 2012, las cobranzas abusivas han aumentado un 139% respecto del año anterior. Para terminar con las malas prácticas, debe hacerse un ajuste normativo con este proyecto”.

 

GUILLIER

“Queremos prohibir las amenazas tácitas. Tenemos fundamentos en materia de denuncias pensando en el mercado financiero y otros. Hoy se hacen cobros por ventas ya pagadas; se exige cancelación antes de la fecha estipulada para ello; y se efectúan llamadas en diversos horarios para hostigar  a los deudores. Hay una necesidad creciente de justicia en esto”.

 

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