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Visan proyecto que avanza en los sistemas de certificación de la firma electrónica

La iniciativa que apunta a ampliar los ámbitos de aplicación y seguridad de estos instrumentos fue aprobada en forma unánime por la Sala del Senado.

30 de julio de 2013

Imagen foto_00000015Con plazo para realizar indicaciones hasta el próximo 26 de agosto quedó el proyecto, en primer trámite que modifica la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos y servicios de certificación de modo de fomentar su uso a nivel público y privado.

 

La Sala aprobó la idea de legislar en forma unánime, de modo de abrir paso a un debate en particular donde se abordarán las inquietudes sobre seguridad y certificación de estos sistemas de validación.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Jovino Novoa, Hosaín Sabag, Andrés Zaldívar y José García Ruminot quienes valoraron la iniciativa que amplía los potenciales actos y contratos que puedan ser otorgados o celebrados mediante documento y firma electrónica, materializa el principio de equivalencia funcional y da pleno reconocimiento a los atributos inherentes a los documentos suscritos con este instrumento.

 

Precisaron que el texto legal elimina además las disposiciones que atenten contra el principio de neutralidad tecnológica y esclarece la admisibilidad en juicio del documento electrónico y sus reglas aplicables.

 

El senador Novoa, en su calidad de presidente de la Comisión de Economía dio cuenta del exhaustivo análisis que realizó la instancia de “la firma electrónica y la certificación de fecha de los documentos electrónicos donde se habían planteado objeciones o inquietudes formuladas por abogados”.

 

Indicó que “el procedimiento de la firma electrónica lleva varios años de aplicación y se ha constatado que no se ha generalizado su uso y el Ejecutivo sugiere que se debe a que no existe un mecanismo especial de certificación”. “Por eso se habla de establecer una firma avanzada que establece mayor grado de seguridad y que contempla posibilidad que los documentos públicos puedan ejecutarse”.

 

En la misma línea, el senador Sabag destacó que el texto legal “propone ampliar aún más el ámbito de autentificación de personas que expresan su voluntad mediante la firma electrónica y perfeccionarla, a la luz de la experiencia desarrollada tras 10 años de aplicación”. Añadió que esta iniciativa “se enmarca dentro de los esfuerzos por promover el desarrollo de las pymes y aunque surgieron algunas críticas aún queda el debate en particular”.

 

En tanto, el senador Zaldivar puntualizó que “Chile desde hace 10 años cuenta con la firma electrónica, pero al parecer en este periodo hemos tenido que aprender que este procedimiento no va necesariamente de la mano con el desarrollo tecnológico. Creemos que este proyecto avanza en este sentido sin perjuicio que sea susceptible de mayores perfeccionamientos”.

 

Finalmente, el senador García Ruminot justificó su respaldo a la idea de legislar de la iniciativa ya que busca ampliar la aplicación de la firma electrónica y generar el uso de documentos electrónicos tanto en organismos particulares como públicos.

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO?

 

En lo sustancial, el proyecto amplía los potenciales actos y contratos que puedan ser otorgados o celebrados mediante documento y firma electrónica, materializa el principio de equivalencia funcional y da pleno reconocimiento a los atributos inherentes a los documentos suscritos con este instrumento, elimina las disposiciones que atenten contra el principio de neutralidad tecnológica y esclarece la admisibilidad en juicio del documento electrónico y sus reglas aplicables.

 

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES QUE PROPONE?

 

La iniciativa plantea como “fundamental incorporar principios generalmente aceptados internacionalmente como la autonomía de la voluntad y la equivalencia funcional”. Respecto al primero, busca “garantizar que las partes son libres para determinar la forma, medios electrónicos y clase de firma electrónica que utilizarán para celebrar actos jurídicos”. Y en cuanto a la equivalencia funcional, pretende “sentar la paridad entre medios electrónicos y físicos en cuanto a sus efectos y validez, de forma tal que la firma electrónica sea vista como equivalente a la manuscrita, mientras que el documento electrónico sea reconocido como equivalente al documento en papel”.

 

¿EN QUÉ SE TRADUCIRÁN ESTAS MEDIDAS?

 

Estas medidas pretenden fortalecer el comercio electrónico, el que se ha ido consolidando con el paso del tiempo, pero respecto del cual aún hay resquemores en cuanto a la validez legal que tienen los trámites realizados con firma electrónica, como son, por ejemplo, las transferencias de dinero online.

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