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Sala votará proyecto que permite a los Juzgados de Policía Local hacer notificaciones electrónicas

La Comisión de Constitución aprobó la iniciativa y elaboró un segundo informe que es el que votará el resto de los senadores en la sesión de este miércoles.

9 de junio de 2020

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Para este miércoles 10 de junio quedó la votación del proyecto que modifica la ley que Establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, en materia de notificación de resoluciones. El objetivo central de esta iniciativa que cumple su segundo trámite constitucional es agilizar la notificación que realizan los Juzgados de Policía Local, posibilitando que se haga dicho trámite de manera electrónica, puesto que en la actualidad se hace en papel.

 

Cabe recordar que este proyecto fue analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento que la aprobó en particular y elaboró un segundo informe, que es el que votará la Sala del Senado.

 

Durante el estudio de este proyecto se contó con la participación del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín; del presidente del Capítulo Región del Maule del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, Mirko Bonacic-Doric y del presidente del Capítulo Región Metropolitana, del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, Patricio Ampuero. (Vea aquí la sesión)

 

Si bien la iniciativa planteaba la idea de que las notificaciones se hicieran vía correo electrónico, finalmente quedó establecido que se hagan a través de un sistema electrónico.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

En lo fundamental, el proyecto señala que "cualquiera de las partes podrá solicitar para sí una forma de notificación electrónica, la que el tribunal podrá aceptar si cuenta con los medios idóneos para ello y si, en su opinión, resulta suficientemente eficaz y no causa indefensión".

 

Agrega que "la notificación se entenderá practicada a partir del momento mismo del envío. Cuando esta forma de notificación sea aceptada por el tribunal, será válida para todas las resoluciones dictadas durante el proceso", con algunas excepciones.

 

Para esto, los Juzgados de Policía Local deberán publicitar en el sitio de internet de la municipalidad correspondiente y en un lugar visible del oficio del tribunal las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrán para practicar las notificaciones electrónicas.

 

Asimismo, el proyecto señala que "para los efectos de la notificación electrónica, el Juzgado de Policía Local deberá haber informado a la Corte de Apelaciones respectiva las cuentas de correo electrónico u otras cuentas o dominios específicos de medios tecnológicos de los que se valdrá para practicar las notificaciones electrónicas”.

 

Cabe recordar que la normativa vigente dispone que las resoluciones se notificarán por carta certificada, la que deberá contener copia íntegra de aquéllas. Las sentencias que impongan multas superiores a cinco unidades tributarias mensuales, las que cancelen o suspendan licencias para conducir y las que regulen daños y perjuicios superiores a diez unidades tributarias mensuales, se notificarán personalmente o por cédula.

 

Durante el análisis de la iniciativa, se puso énfasis en el gasto en que incurren los Juzgados de Policía Local al tener que hacer las notificaciones vía carta certificada argumentando que este proyecto no solo permitirá agilizar los procedimientos sino que también hacer ahorros.

 

 

 

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