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Identidad de género: avanzan en el procedimiento de identificación, cambio de nombre y sexo

En la segunda jornada del debate en particular se aprobó una indicación que establece que en la solicitud se deberá incorporar un certificado de exámenes médicos. La Sala continuará la votación de la iniciativa en la próxima sesión ordinaria.

7 de junio de 2017

Imagen foto_00000020En su segunda jornada de debate en particular, la Sala del Senado avanzó en varios artículos del proyecto, en primer trámite, que reconoce y da protección a la identidad de género. (Boletín 8924-07)

 

Tras aprobar el corazón de la iniciativa en la jornada anterior (Revise nota relacionada) este miércoles, se avanzó en despejar los artículos relativos al procedimiento para que las personas puedan hacer ejercicio del derecho a ser identificadas conforme a su identidad de género.

 

Durante el debate en particular hicieron uso de la palabra en distintos momentos, los senadores Lily Pérez San Martín, Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Ena Von Baer, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Pedro Araya, Isabel Allende, Alberto Espina, Ignacio Walker, Alejandro Guillier, Jacqueline Van Rysselberghe y Juan Antonio Coloma. Además de la ministra de la Secretaría General de Gobierno, Paula Narváez.

 

PRINCIPALES VOTACIONES

 

En el debate se avanzó en los artículos que establecen que “toda persona mayor de edad podrá obtener la rectificación del sexo y nombre con que aparezca individualizada en su partida de nacimiento, en sus documentos de identificación y en cualquier otro instrumento público o privado, cuando éstos no coincidan con su identidad de género”.

 

Asimismo se ratificó que “en el caso de la solicitud presentada por persona con vínculo matrimonial no disuelto, se estará a lo dispuesto en el Título III de la presente ley”, es decir un procedimiento especial que se abordará en detalle, en las próximas sesiones ordinarias. 

 

Luego, la Sala se abocó a la votación inciso por inciso del artículo 5° que pasó a ser 4° en el texto legal de modo que:

 

  • Por 17 votos a favor 3 en contra y 4 abstenciones se aprobó que “será competente para conocer de la solicitud de rectificación de sexo y nombre el Servicio de Registro Civil e Identificación. La solicitud podrá ser presentada ante cualquier oficina del Servicio sin importar cuál sea el domicilio del o la requirente".

 

Imagen foto_00000021En este punto se abordaron temas relativos al derecho a identidad que a juicio de senadores de la coalición de gobierno es “personalísimo” y no requiere de requisitos o mayores impedimentos salvo ser mayor de edad.

 

Sin embargo, algunos senadores de oposición hicieron ver las incongruencias de este texto legal, pues para el cambio de nombre se requiere una solicitud ante el tribunal y un procedimiento de oposición; mientras que para el cambio de nombre y sexo se propone un esquema no judicial ante el Registro Civil y sin oposición.

 

-        Por 23 votos a favor se aprobó que” en el caso de los solicitantes con vínculo matrimonial no disuelto, será competente el tribunal con competencia en materias de familia del domicilio de su cónyuge”.

-        Por 12 votos a favor y 7 en contra se aprobó una indicación renovada que establece que para realizar la solicitud de cambio de identidad de género se acompañarán certificados de exámenes médicos. Aunque no son vinculantes, el autor de la indicación, el senador Ignacio Walker precisó que se trata de “una norma que va en beneficio del peticionario pues diversos expertos advierten que en algunos casos se ha advertido un desorden de personalidad”. El punto generó un amplio debate donde intervinieron además los senadores Girardi, Allende, Letelier, Guillier y Coloma.

 

-        Por 15 votos favorables se aprobó la norma que dispone que “en la solicitud deberá señalarse el sexo y el o los nombres de pila sustitutivos de la partida de nacimiento, así como la petición de rectificar las imágenes y documentos con que se hubiera identificado a la persona ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, cualquiera sea el soporte en que éstos se conserven en dicho Servicio, cuando el sexo y nombre no coincidan con su identidad de género”.

 

-        Por 13 votos también se respaldó el inciso que agrega que “sin perjuicio de lo anterior, quienes manifiesten la voluntad de no modificar sus nombres de pila podrán mantenerlos, siempre que ellos no resulten equívocos  respecto de su nuevo sexo registral”.

 

-        En tanto, por 12 votos en contra y 6 a favor se rechazó la disposición que establecía el procedimiento para que familiares ascendientes y descendientes, en primer grado por consaguinidad y el cónyuge fueran notificados de la solicitud de cambio de identidad de género y para expresar su oposición si la hubiere, ante el tribunal de familia. Este inciso también motivó un amplio debate pues los senadores Espina, Chahuan, Allamand y Larraín manifestaron la necesidad de contemplar este procedimiento, en especial cuando hay hijos, mientras que los senadores Allende, Pérez San Martín y Araya recalcaron que este procedimiento podría convertir en letra muerta la solicitud pues no contempla la situación de muchas personas que perdieron contacto con sus familias o no cuentan con las direcciones.

 

-        También se aprobó una norma que dispone que las personas extranjeras con permanencia definitiva en Chile solo podrían rectificar su sexo y nombre para efectos de sus documentos chilenos ante la oficina del Registro Civil de Santiago. Allí los senadores Guillier, Von Baer, Prokurica y Larraín hicieron notar el “centralismo” de la disposición advirtiendo la presencia de numerosos inmigrantes en el norte del país.

 

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