Click acá para ir directamente al contenido

Ley Antonia: víctimas de delitos sexuales contarán con un estatuto de garantías para evitar la revictimización

La Comisión Especial de la Mujer concluyó el análisis en particular del proyecto que modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales y evitar su revictimización.

4 de enero de 2022

Modificar diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales y evitar su revictimización, son los principales pilares de la llamada “ley Antonia”, proyecto que concluyó su análisis en particular en la Comisión Especial de la Mujer e Igualdad de Género.

 

Cabe recordar que la iniciativa –que recibe su nombre en memoria de la joven Antonia Barra, quien se quitó la vida tras haber sido agredida sexualmente- recibió una serie de indicaciones con el fin de perfeccionar y armonizar el texto legal; además, durante su tramitación se escucharon a diversos actores relacionados y se contó con la permanente participación del Ministerio de la Mujer y de la Fiscalía Nacional.

 

La senadora Isabel Allende, presidente de la instancia especializada valoró y celebró el avance y recalcó que “es muy importante incluir la inducción al suicidio” y agradeció a la familia de Antonia Barra.

 

La legisladora aprovechó la oportunidad para repudiar los femicidios recientemente ocurridos y reconoció la sensación de “impotencia”. En esta línea llamó a hacer un “mayor esfuerzo para que la sociedad tome conciencia y avanzar en evitar la violencia”.

 

Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, destacó lo relevante del proyecto, “este tipo de conductas no quedará más en la impunidad. Como sociedad estamos dando una señal clara de condena total de cualquier tipo de violencia contra las mujeres”.

 

AUMENTO DE PENAS Y ESTATUTO DE GARANTÍAS

Entre los acuerdos alcanzados están una serie de derechos de las víctimas que incluyen el evitar la revictimización con personal capacitado en formación en género y la anticipación de la prueba con el fin de evitar la victimización secundaria.

 

En el Código Procesal Penal se incorpora un Estatuto de Garantía a favor de las víctimas de delitos sexuales en el procedimiento penal

 

En esta línea, se aprobó un nuevo inciso sobre una serie de derechos de las víctimas que buscan “robustecer” varias medidas y que acoge lo propuesto “por una vida libre de violencia”, entre otros, no revictimización, protección de datos personales, enfoque intersectorial y perspectiva de género, acceso y asistencia, además de evitar cualquier cuestionamiento por la conducta anterior o vida privada de la víctima.

 

Asimismo, los jueces deberán impedir preguntas que "humillen, causen sufrimiento, o lesionen la dignidad de la víctima".

 

Otro de los puntos destacados fue el aumento la pena por “inducción” al suicidio de la víctima de delitos sexuales con resultado de muerte (Código Penal). Esto es, penas de cárcel que van de 3 años y 1 día a 5 años y de 5 años y 1 día a 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).

 

En otra línea, se respaldó lo relacionado con las medidas de prisión preventiva en estupro, abuso sexual calificado, abuso sexual y trata de personas.

 

Una vez que la Secretaría de la Comisión emita el respectivo informe, el proyecto quedará en condiciones de ser analizado por la Sala de Sesiones

Imprimir