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En particular

Saneamiento y regularización de loteos: proyecto será visto por Sala

Esto, luego de que la Comisión ad hoc concluyera la votación de las indicaciones presentadas al texto legal que propone un procedimiento simplificado para el saneamiento y regularización de las obras mínimas de urbanización que requieren aquellos asentamientos poblados que no cuentan con permiso o recepción de loteo.

31 de marzo de 2022

En condiciones de ser analizado en particular por la Sala quedó el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos. Esto, luego de que la Comisión de Vivienda y Urbanismo votara más de media centena de indicaciones y despachara a Sala el informe que contempla una serie de perfeccionamientos al texto legal. (Boletines 12.756-14, 12.871-14, 12.872-14 y 12.899-14, refundidos).

 

La iniciativa propone un procedimiento simplificado para el saneamiento y regularización de las obras mínimas de urbanización que requieren aquellos asentamientos poblados que no cuentan con permiso o recepción de loteo otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales y que, además, cumplen con las características y demás requisitos exigidos por esta ley para acceder a esta herramienta excepcional.

 

En esta línea, la Comisión acordó que el texto se enforcará exclusivamente sobre los loteos ubicados en el sector urbano y de manera excepcional sobre los rurales que se encuentren en zona contigua.

 

Cabe recordar que el trabajo de la instancia especializada contó con el apoyo de una mesa técnica conformada por senadores, sus equipos técnicos, representantes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la BCN; además de la realización de un seminario sobre la materia.

 

Con todo, el proyecto avanza en la incorporación de condiciones mínimas de urbanización de loteos (trazado urbano, equipamiento y servicios, que es el objeto de este proyecto) y, además, aborda la regularización de la propiedad raíz (sitios individuales; regularización de las edificaciones).

 

El articulado precisa los requisitos para acogerse a la normativa y aclara las exigencias de la solicitud, en este último punto se aborda la situación de los loteos irregulares, en que el vendedor desaparece tras engañar a los compradores.

 

Se avanza en facilitar la regularización; se fijan con precisión los requerimientos que deberán cumplirse en materia de acceso a servicios básicos; obliga a los notarios y Conservadores de Bienes Raíces a una revisión más exhaustiva de los títulos, a fin de evitar la proliferación de loteos a través de figuras como la venta de derechos; y se instruye al SII a asignar rol en cuanto tome conocimiento de la recepción de las obras de urbanización.

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