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Moción de senadores

Comisión Mixta perfeccionará el texto que vela por la aplicación de la inclusión escolar como valor educacional

Así lo acordó la Sala, a proposición de la Comisión de Educación. Durante la sesión se recalcó que comparten el espíritu del proyecto, pero la única vía para que reciba indicaciones del Ejecutivo es que se conforme la instancia compuesta por senadores y diputados.

12 de mayo de 2022

Una Comisión Mixta será la encargada de perfeccionar el proyecto de ley sobre inclusión escolar de niños, niñas y adolescentes con necesidades educativas especiales en establecimientos educacionales particulares pagados.

 

Cabe recordar que la Cámara de Diputadas y Diputados, en segundo trámite constitucional modificó la norma referida a reserva de cupos prioritarios que, en sus procesos de admisión, deberán asegurar los establecimientos educacionales particulares pagados, dirigidos a estudiantes que presenten necesidades educativas especiales permanentes; respecto de lo cual, la Cámara dispuso que ello debiera operar, a partir del primer nivel de transición, y no de primero básico, como lo señalaba la norma aprobada por el Senado.

 

Además, propuso establecer un mínimo porcentual de reserva de cupos (el 5% de estos) lo que no puede ser inferior a 2 cupos por curso.

 

Con todo, la senadora Yasna Provoste, presidenta de la Comisión de Educación y Cultura precisó que transversalmente los integrantes de la instancia especializada y, con acuerdo del ministro del ramo, acordaron unánimemente rechazar el proyecto para enviarlo a una Comisión Mixta, única instancia en este trámite para poder ingresar indicaciones al texto legal.

 

“Esta es una moción parlamentaria que busca resolver una situación de injusticia de familias que tienen un hijo o hija con algún tipo de discapacidad, que tienen que enfrentar, además, que el establecimiento educacional le generara cobros adicionales por esta discapacidad. Sin embargo, las enmiendas que ha propuesto la Cámara de Diputados, de muy buena fe, dejan de lado algunas otras tareas que el propio ministro de Educación ha comprometido hacer a través de una propuesta en la Comisión Mixta”.

 

La moción -de autoría de los senadores José García Ruminot (quien explicó los fundamentos de la solicitud), Ricardo Lagos Weber, Juan Ignacio Latorre y Jaime Quintana, y de la exsenadora Carolina Goic- se enmarca en el avance progresivo, que ha experimentado nuestro país, hacia una mayor inclusión escolar, con un enfoque especial en aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan necesidades educativas especiales de carácter permanente, en concordancia con los compromisos adoptados por el Estado de Chile mediante la ratificación de la "Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad" y la Ley N° 20.422, dictada con posterioridad a la ratificación de este instrumento internacional, como necesario cumplimiento y complemento de sus normas.

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO?

 

Para mayor abundamiento, la propuesta establece, respecto de los establecimientos educacionales particulares pagados, el deber de contemplar programas de inclusión escolar que incorporen los ajustes necesarios y apoyos pertinentes, para el acceso y permanencia de estudiantes con necesidades educativas especiales.

Dispone que por "ajustes necesarios" se entenderán las medidas de adecuación del ambiente físico, social y de actitud a las carencias específicas de las personas con discapacidad que, de forma eficaz y práctica y sin que suponga una carga desproporcionada para los establecimientos, faciliten la accesibilidad o participación de aquellos en igualdad de condiciones que el resto del alumnado del mismo establecimiento.

 

Prohíbe, a estos establecimientos, cancelar la matrícula, suspender o expulsar a alumnos por presentar necesidades educativas especiales; así como, tampoco podrán cobrarles una matrícula, ni un arancel diferenciado, a causa de las necesidades educativas especiales que requieran o de los costos de implementación de programas de integración escolar.

 

Dispone que, en sus procesos de admisión, a partir de primero básico, estos establecimientos deberán asegurar 2 cupos por curso, prioritariamente destinados a estudiantes que presenten necesidades educativas especiales permanentes asociados a discapacidad; priorizando, además, la matrícula para los hermanos de aquellos alumnos con necesidades especiales.

 

Regula la implementación progresiva de los cupos especiales reservados, de tal forma que, al año escolar siguiente a la publicación de este proyecto como ley, deberá garantizarse un cupo por nivel; al segundo año un cupo por curso, para finalmente entrar en plena aplicación al tercer año escolar.

 

Establece el deber de promover formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información en todo el proceso educativo.

 

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