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Nueva prórroga del mandato de directorios de organizaciones comunitarias listo para ley

Esto, luego de que el Senado respaldara la moción que recibió sendas indicaciones del Ejecutivo y precisara que se entenderán como regularizados los actos administrativos hasta la publicación de la presente ley. La Cámara Baja también respaldó el texto legal en su último trámite.

31 de agosto de 2022

En condiciones de cumplir su trámite de promulgación como ley de la República quedó el proyecto que extiende el mandato de dirigentes sociales y comunitarios. Esto, luego que el Senado despachara la moción que modifica la ley 21.239, para prorrogar nuevamente el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones. Esto es, ampliando el plazo de 9 a 15 meses (hasta el 30 de diciembre de 2022, período dentro del cual deberán realizar el proceso eleccionario correspondiente).

La Sala de la Cámara Baja ratificó luego los cambios propuestos por el Senado, con lo cual la iniciativa quedó lista para ley.

 

Cabe recordar que, el mencionado mandato venció el 30 de junio y tal como explicó en su informe la senadora Luz Ebensperger, presidenta de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, “ya se han prorrogado dos veces estos mandatos y el proyecto fundamenta que, como consecuencia de la pandemia por Covid 19, aún quedan muchas juntas de vecinos y otras organizaciones que no han logrado realizar elecciones y con eso se produce un grave perjuicio porque no pueden postular a proyectos, fondos o beneficios”. Revise video del trabajo de la Comisión 

 

El texto aprobado incluye una indicación aditiva al proyecto de ley, presentada por el Ejecutivo, incorporando un artículo segundo (pasando el artículo único a ser artículo primero) mediante el cual se amplía, de 30 a 60 días corridos, la validez de los certificados provisorios de vigencia de las directivas, que sean ingresadas en los registros de directivas de juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, con el sólo mérito de la entrega de los documentos respectivos que den cuenta de la elección de las mismas.

 

Además, se incorporó un artículo transitorio, en el que se señala: “Entiéndanse como regularizados los actos de administración llevados a cabo por los directorios u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones señaladas en el artículo único de la ley N° 21.239, que prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19, a contar de la publicación de la presente ley, que hayan sido ejecutados entre el 1° de julio de 2022 y la antedicha publicación”.

 

El mencionado proyecto no incluye a las directivas de partidos políticos.

 

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