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Buscan reducir plazo de prescripción de pagos de infracciones por TAG

Los senadores Chahuán y Prokurica abogaron por agilizar el cobro de estas multas, razón por la cual presentaron una moción

2 de noviembre de 2013

Imagen foto_00000015Con el fin de modificar el plazo de prescripción derivado de sanciones impuestas por infracciones a la ley de tránsito, los senadores Francisco Chahuán y Baldo Prokurica presentaron un proyecto de ley, que operaría respecto del no pago del “TAG” o “Televía”.

 

La iniciativa, derivada a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, busca que la fecha de dichas prescripciones sean modificadas, por cuanto en la actualidad, las multas acumuladas en el Juzgado de Policía Local tienen un año para notificación a los afectados en toda clase de multas de tránsito.

 

Sin embargo, por diversos trámites administrativos que establece el procedimiento ante dichos tribunales, cada dos meses se comunican estas infracciones en Juzgado de Policía Local bajo el nombre de “multas no pagadas” para su anotación en el “Registro de Multas de Tránsito No Pagadas”.

 

Esto ocasiona que los plazos de prescripciones se extiendan y que las multas tengan tres años como plazo de vencimiento desde la fecha de la anotación y mientras estén vigentes, no se puede renovar el permiso de circulación del vehículo afectado.

 

INFRACCIONES GRAVES

 

El texto legal indica que “la ley que regula el tránsito en nuestro país, debe contener normas objetivas para resguardar la conducción segura de cualquier tipo de vehículo, velando asimismo por la seguridad de sus ocupantes y los peatones que circulen por las aceras y caminos destinados al tránsito vehicular”.

 

Por ello se consideran infracciones graves el no respeto a los signos y demás señales que rigen el tránsito, por ejemplo no detenerse ante una que no sea la luz roja de las señales luminosas o frente al signo "PARE".

 

Sin embargo es obligación contar con un dispositivo que “en los caminos públicos  en que opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes, solo podrán circular los vehículos que estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permita su cobro”.

 

La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una unidad tributaria mensual (40 mil 528 pesos aproximadamente) y para todos los efectos se entenderá como una infracción grave.

 

En la actualidad, las autopistas donde hay un sistema de cobro electrónico de dichas tarifas, son entregadas en concesión a distintas empresas. De esta manera hoy se sanciona como infracción grave el incumplimiento de un pago, y por tanto, es la mera falta de cumplimiento de una obligación de carácter pecuniario.

 

PAGO DE TAG

 

Un alto número de infracciones en los Juzgados de Policía Local se relacionan con el pago del “TAG” o “Televía”, por ello, según el texto legal, parece poco razonable que se considere como infracción grave a la normativa de tránsito, el no cumplir con la obligación de portar un dispositivo electrónico para pagar peajes en los caminos públicos.

 

De esta manera, ambos parlamentarios solicitaron que el plazo de prescripción sea de un año, contado desde la fecha de la anotación, por cuanto en la actualidad dicho lapso corresponde a un año, sin embargo, en la práctica ello se extiende por dos o tres años, considerando una serie de trámites asociados.

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