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Disímiles posturas ante decisión de la Corte Suprema de acoger recurso de protección en favor de Leopoldo López y Daniel Ceballos

Mientras que el Presidente del Senado y los senadores Larraín y Chahuán, indicaron que es una potente señal "de la defensa universal de los DD.HH."; el senador Navarro señaló que "se ha aplicado de manera desprolija y sin ninguna fundamentación de doctrina".

19 de noviembre de 2015

Luego que la Corte Suprema confirmara que  acogió el recurso  de protección presentado en favor de los ciudadanos venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, el Presidente del Senado, Patricio Walker, indicó que “se trata de una señal muy potente en la defensa universal de los derechos humanos”. Mientras que el senador Hernán Larraín manifestó que "estamos frente a un fallo inédito y espero que sea histórico. Chile es un fiel cumplidor de los tratados internacionales".

 

No obstante, para el senador Alejandro Navarro rechazó el fallo y expresó que "lamentamos profundamente la poca seriedad con la que la Tercera Sala ha procedido a fallar, pues la doctrina de la jurisdicción universal - que impone el deber de perseguir penalmente los criminales de lesa humanidad y a sus ejecutores- se ha aplicado de manera desprolija y sin ninguna fundamentación de doctrina ni de hecho"

 

GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LOS PRESOS POLÍTICOS

 

A juicio del senador Walker “hoy día la justicia Venezolana manejada por el gobierno de turno del Presidente Maduro, no está garantizando los derechos de los presos políticos o presos de consciencia. Que la corte suprema le diga a la comisión de Derechos Humanos de la OEA que debe enviar personas para verificar el estado de salud de Leopoldo López y Daniel Cevallos, me parece una señal muy potente en la protección universal de los derechos humanos”.Imagen foto_00000003

 

“Nuestra Constitución -agregó- reconoce la vigencia universal de los derechos humanos. En este sentido la OEA tiene que cumplir con su misión y esperamos que ellos se apersonen en las cárceles y vean en qué condiciones están Leopoldo López y Daniel Ceballos”.

 

Finalmente, el parlamentario declaró que  “ellos están presos simplemente por pensar distinto, porque el gobierno de Maduro manipula a los fiscales y al Poder Judicial, tal como le reconoció al fiscal que persiguió la responsabilidad de López, quien reconoció que no había ninguna prueba en su contra y que fue algo absolutamente  artificial y pre constituido por presión del gobierno venezolano”.  

 

CHILE FIEL CUMPLIDOR DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES

 

En tanto, el senador Hernán Larraín precisó que "estamos frente a un fallo inédito y espero que sea histórico. Chile se le juega, además, en el ámbito internacional para contar con la aplicación plena de los Derechos Humanos garantizados de los tratado en todos los países que han firmado estos mismo acuerdos".

 

"Venezuela como Chile, son signatarios de la carta de la OEA y por lo tanto, han cumplido con  los requisitos para ser exigibles en su territorio estos tratado internacionales", explicó.

 

"Esperamos que nuestro gobierno acoja y haga efectivo el fallo de la Corte Suprema para así obligar a Venezuela a presentarse ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y dar cumplimiento de los compromisos que como país ha asumido frente a esta justicia universal de los Derechos Humanos que nosotros validamos y exigimos su cumplimento en Chile y también tenemos el derecho de exigirlo en otros países (…). Chile no puede obligar a otro Estado, pero sí puede pedirle a la Corte Interamericana que investigue la situación de Venezuela, porque todos los antecedentes indican que ahí se están violando los Derechos Humanos de algunos ciudadanos en el ámbito de la justicia", comentó el legislador.

 

PRECEDENTE EN LA PROTECCIÓN  DE DD.HH

 

EL senador Francisco Chahuán afirmó que el fallo “va a sentar un precedente en la protección de los Derechos Humanos y permite que, cuando un Estado suscriptor de la Carta de la OEA no cumple con lo establecido para asegurar las libertades públicas y los derechos individuales en un determinado país, se pueda actuar ante la respectiva Corte Suprema.”

 

El presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, calificó como un “hito histórico” el fallo de la tercera sala de la Corte Suprema que ordenó a la Cancillería chilena pedirle a “la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA), para que se constituya en el Estado de Venezuela” para garantizar los derechos fundamentales y el debido proceso que se está llevando a cabo a los opositores López y Ceballos.

 

Asimismo, sostuvo, “lo que la Corte ha hecho es un acto valiente que va a proteger los derechos fundamentales, en virtud del ius cogens (…). Apoyamos la convicción respecto de que López y Ceballos están siendo perseguidos injustamente, pues ya lo manifestó el fiscal del caso, que afirmó que tuvo presiones de parte del Gobierno del Presidente Maduro para proceder en su contra”.  Por lo mismo, hizo el llamado “a que el fallo de la Corte Suprema se cumpla y la Comisión de Derechos Humanos de la OEA comparezca en el lugar donde se encuentran detenidos los opositores al mandatario y garantice un debido proceso, cuestión que hasta ahora no ha habido en Venezuela.”

 

LA CORTE SUPREMA DEBE ACTUAR CON MAYOR PROBIDAD

 

Postura disímil planteó el senador Alejandro Navarro, quien a través de una declaración pública indicó que "que la Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia, el máximo tribunal de nuestro país, que debe actuar con la mayor probidad, sentando jurisprudencia para las futuras generaciones, hoy actúa con soberbia y de manera parcial, pronunciando una sentencia con claro y concreto contenido político ideológico,  al indicar que, “resulta visible que operan en este caso todos los requisitos exigibles".

 

Ante esto, añadió, "lamentamos profundamente la poca seriedad con la que la Tercera Sala ha procedido a fallar, pues la doctrina de la jurisdicción universal, que impone el deber de perseguir penalmente los criminales de lesa humanidad y a sus ejecutores, se ha aplicado de manera desprolija y sin ninguna fundamentación de doctrina ni de hecho. Estando fijadas en el Pacto de Roma con precisión las causales mediante, se puede invocar dicha jurisdicción penal; sin embargo, sin estas no concurre su invocación; en este fallo simplemente no existen, ya que no son indicadas y /o definidas".

 

"El fallo en cuestión carece de pruebas y evidencias que sustenten las sospechas sobre las supuestas malas condiciones de los reos López y Ceballos, basándose únicamente en información de internet y medios de comunicación, siendo incapaz de investigar y levantar pruebas empíricas que lo sustenten", reclamó.

 

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