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Lamentan que Tribunal Constitucional haya rechazado recursos presentados en contra de la Ley de Pesca

Los senadores Eugenio Tuma y Pedro Muñoz señalaron que la instancia no reconoció derechos adquiridos, posibilitando que futuros gobiernos modifiquen la normativa aprobada.

25 de enero de 2013

Su descontento con la decisión que adoptó el Tribunal Constitucional al rechazar los recursos presentados por un grupo de parlamentarios en contra de la Ley de Pesca, manifestaron los senadores Eugenio Tuma y Pedro Muñoz.

El senador Tuma manifestó que con la resolución el “Tribunal Constitucional expuso a Chile a un nuevo reproche internacional, al denegar derechos fundamentales de Pueblos Originarios”.

 

Agregó que el dictamen “demuestra la urgencia de establecer cuanto antes el mecanismo de consulta de acuerdo al convenio 169 y el reconocimiento Constitucional de los Pueblos Originarios”.

 

En tal sentido, dijo que es paradójico que el Tribunal Constitucional inste al Congreso a realizar la Consulta, reproche a un poder del Estado por no aplicar el Convenio 169, el Tribunal despeja con claridad que todos los órganos del Estado deben aplicar este convenio internacional, pero no aborda el fondo del problema que es el vicio de legalidad que tiene la tramitación del proyecto de ley de pesca.

 

Indicó que “es desconcertante que ningún órgano del Estado pueda amparar los  derechos fundamentales de los Pueblos Originarios, que por una parte se reconozcan derechos históricos a un puñado de empresarios y por otra  se nieguen los derechos ancestrales, por ejemplo, a quienes han mantenido y preservado los recursos pesqueros como, son los lafkenches”. 

 

Según el senador Tuma, “después de este fallo del Tribunal Constitucional, la única instancia que le queda a los Pueblos Originarios es recurrir a los tribunales internacionales y también a los tribunales ordinarios debido a que sí se estableció por mayoría de los miembros del tribunal un vicio de ilegalidad del proyecto por no haber respetado la consulta a los pueblos originarios del país no es posible que esta ley se promulgue y publique”.

 

DECEPCIÓN

Por su parte, el senador Pedro Muñoz expresó su decepción por los fallos del Tribunal Constitucional que rechazaron por 5 votos a 3 el recurso de protección interpuesto en materia de distribución de cuotas por armador y, en forma unánime, los referidos a la aplicación del convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas.

Lamentó que, con su resolución, el organismo haya dejado a firme el texto legal despachado por el Parlamento y que, a su juicio, contiene disposiciones que constituyen un privilegio inaceptable en favor de un grupo reducido de operadores.

 

“Se ha favorecido a un puñado de empresas que podrán seguir depredando nuestros mares”, dijo tras señalar que la sobreexplotación que afecta hoy a diversas pesquerías y enfatizando, además, en los escasos avances para la pesca artesanal que contempla el proyecto.

 

El parlamentario remarcó el hecho que la sentencia del Tribunal Constitucional no alude en forma alguna a la existencia de los derechos adquiridos que la industria pesquera ha afirmado poseer. Por el contrario - destacó el parlamentario socialista - el fallo afirma claramente la facultad del Estado y del Congreso Nacional para decidir soberanamente sobre el régimen pesquero.

 

A juicio del senador Muñoz, esto descarta de raíz y para siempre el argumento de la industria en el sentido que cualquier otro reparto habría significado afectar sus intereses en forma ilegal.

 

“Ha quedado meridianamente claro que no hay derecho histórico alguno y que el ejercicio de las facultades soberanas del Estado para gestionar los recursos del mar puede llevar en el futuro a modificar el actual sistema de administración y la distribución de cuotas”, señaló.

 

Valoró, asimismo, que en la resolución que desestima el requerimiento por infracción al Convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas, cinco de los ocho magistrados apoyaran una declaración que insta al Congreso Nacional a aprobar un mecanismo formal de consulta que satisfaga los estándares del Convenio 169.

 

“El estrecho margen de la votación en uno de los recursos y los argumentos de fondo expresados en ambas sentencias, han demostrado que existían justas razones para recurrir al TC. Seguiremos instando, entonces, en los próximos años, por un régimen que favorezca al país y no a un grupo de empresas, que mejore sustantivamente la situación de la pesca artesanal y que resguarde los derechos de los pueblos originarios”, puntualizó.

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