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Parlamentarios y autoridades de Gobierno destacan aprobación de proyecto sobre nueva ley de violencia en los estadios

Se espera que la normativa, recientemente despachada por el Congreso Nacional, sea promulgada por el Ejecutivo en los próximos días.

24 de abril de 2015

El presidente de la Comisión de Gobierno, senador Alberto Espina; el subsecretario Antonio Frey; el jefe del Plan Estadio Seguro, José Roa, y el diputado Jaime Pilowsky, entregaron detalles de las modificaciones a la nueva Ley de Derechos y Deberes en Espectáculos de Fútbol Profesional, proyecto que fue despachado recientemente por el Congreso Nacional y se enmarca en los esfuerzos para la disputa de la Copa América, a realizarse en nuestro país.

 

Revise nota sobre la tramitación en el Senado.

 

Al respecto, el senador Espina señaló que “la actual legislación que hemos aprobado tiene los estándares de exigencia y sanciones más altas del mundo, no existe ningún país que contemple normas tan exigentes para los organizadores, para el intendente, para las policías, para los fiscales y para el público”.

 

Imagen foto_00000002“Por lo tanto no hay excusa alguna que valga a contar de la publicación de la ley para quienes están encargados de velar por la seguridad y tranquilidad en un estadio de fútbol puedan justificar los hechos de violencia diciendo que la ley no les otorga elementos e instrumentos, porque entrega todas las herramientas para que las personas que cometan actos de violencia no puedan acceder al estadio”, precisó.

 

Asimismo, argumentó que la nueva ley extenderá su competencia no sólo en los hechos que suceden en los recintos deportivos, sino también en los lugares conexos. “Si se produce un desmán en la plaza de una ciudad o en la concentración o lugar de entrenamiento, al aplicarla se prohibirá el ingreso al estadio y será un agravante de los delitos. Los jueces tendrán la obligación de aplicar esta normativa”, recordó.

 

Por otra parte, el parlamentario expresó que “requerido por la policía o los fiscales, aún sin la orden de un fiscal, cualquier persona o medio de comunicación que puedan tener videos o grabaciones en donde consten imágenes o grabaciones que permitan identificar a personas que cometan hechos de violencia, existe la obligación de entregarlos”.

 

También, explicó que “los estadios tendrán la obligación de tener cámaras con la más alta tecnología para que se puedan identificar a los autores de la violencia, no sólo al interior del estadio, sino que se extiende en todo el perímetro del recinto. Las cámaras de televisión de mala calidad no podrán seguir operando”.

 

Finalmente, argumentó que se estableció “una pena que va de los cinco años y un día a los diez años, a quienes se apoderen de un bus con ocasión de un partido de futbol y lo desvíen de su ruta habitual”.

 

NUEVA NORMATIVA

 

La principal modificación apunta a la ampliación de la aplicación de la ley a hechos y circunstancias conexas como banderazos, arengazos, celebraciones, entre otros, los cuales antes estaban exentos de la aplicación de la ley, terminando sin sanción alguna.

 

Asimismo, la nueva normativa describe de mejor manera los deberes de los organizadores de los eventos de fútbol profesional y establece sanciones más duras y efectivas, con agravantes por reincidencia en caso de incumplimiento. Las infracciones a esta ley serán conocidas por los Juzgados de Policía Local conforme al procedimiento de la Ley 18.287, salvo que constituyan delitos cuyo conocimiento le corresponde a los tribunales en lo penal.

 

También se crea un tipo penal que sanciona el denominado “secuestro de buses”, con penas privativas de libertad, donde hasta el día de hoy este delito no estaba sancionado sino por la Ley de Seguridad Interior del Estado, la cual no tiene aplicación práctica en nuestro país, salvo casos muy extremos.

 

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