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Proponen que el Congreso pueda dar urgencia a los proyectos de ley

Actualmente esta facultad es exclusiva del Ejecutivo y a través de este proyecto de ley se plantea que los senadores y diputados también tengan dicha potestad, considerando el interés e importancia de varias iniciativas legales de parte de los ciudadanos.

8 de junio de 2013

A través de una moción, el senador Francisco Chahuán propuso una reforma constitucional que faculta a una rama del Congreso Nacional (Senado o Cámara de Diputados) para hacer presente la urgencia en la tramitación de un proyecto de ley, a petición de un número no inferior al tercio de sus miembros en ejercicio -13 en el caso de los senadores- y con el acuerdo de los dos tercios de sus miembros que estén en idéntica condición, 25 senadores. Todo esto a través de la modificación del artículo 74 de la Constitución Política de la República.Imagen foto_00000002

 

El autor de la moción explicó que, “la calificación de la urgencia le corresponde al Presidente de la República, de acuerdo a la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional; no obstante, consideramos que también debe otorgarse igual facultad a los miembros de ambas ramas del Congreso Nacional, toda vez que muchos de sus integrantes presentan diversas mociones que son de real interés ciudadano, cuya gran mayoría quedan radicadas en las comisiones correspondientes, sin alcanzar a ser tratadas y votadas en las respectivas legislaturas, perdiéndose la oportunidad de obtener la legislación que se requiere”.

 

El senador manifestó que en legislaciones de otros países, como España, Italia, Argentina, Ecuador y Francia, “se permite que los parlamentarios, en determinado número, puedan declarar la urgencia de un determinado proyecto o moción, institución que consideramos puede ser plenamente aplicable a nuestro ordenamiento político-legislativo, para alcanzar un adecuado equilibrio entre ambos poderes del Estado y representar de mejor forma los intereses de la ciudadanía”.

 

El proyecto de ley pasó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

 

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