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Quieren regular por ley el consentimiento en los contratos

Acompañado de organizaciones de consumidores y académicos, el Vicepresidente del Senado, Eugenio Tuma, dijo que “los derechos de los consumidores se deben regular por ley” y no estar “al arbitrio de la administración de turno”.

8 de mayo de 2014

Imagen foto_00000014El Vicepresidente del Senado, senador Eugenio Tuma, junto a organizaciones de Consumidores, la Fundación Fueyo de la UDP y académicos de  la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se reunieron con el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes para solicitarle en envío de un proyecto de ley que regule el consentimiento en los contratos.

 

Por más de una hora conversaron y tras el encuentro el legislador dijo que “los derechos de los consumidores se deben regular por ley, no podemos repetir el error del gobierno de Sebastián Piñera que dejo esta materia al arbitrio de la administración de turno, a través de un reglamento”.

 

En la misma línea, valoró la disposición del titular de Economía “de participar en este diálogo sobre un tema clave y esto es un consenso de las organizaciones de consumidores, de académicos y del sector privados, escuchar a la sociedad civil es la diferencia de la administración de la Nueva Mayoría”.

 

“Se han identificado coincidencias, respecto de que las materias que intentó regular el derogado Decreto Supremo 153 debe ser cuerpo de ley, por dos razones; la primera de ellas es que se trata de cuestiones propias de la ley, no de un decreto supremo, y la segunda es que el proceso legislativo permite una participación ciudadana más activa, donde todas los actores pueden incidir en el proceso de discusión”, dijo el senador Tuma.

 

En esa línea, el parlamentario explicó que la nueva normativa legal destinada a regular el consentimiento en los contratos debería contar con elementos tales como:

 

•            Los deberes de información del proveedor: una adecuada regulación de la protección del consumidor involucra que el usuario sea correctamente informado acerca de aquello que está contratando, y quien se encuentra en mejores condiciones de suministrarle esa información es el proveedor.

 

•            El consentimiento del consumidor; debe generarse un acuerdo acerca de qué manifestaciones de voluntad quedarán comprendidas como consentimiento.

 

•            La posibilidad de ponerle término al contrato si el consumidor no está de acuerdo con las modificaciones; no deben existir presiones a los clientes por ende no debe ser “bajo ninguna ni en cualquiera” situación.

 

•            Fijación de las comisiones y su forma de determinación conforme a parámetros objetivos;  se requiere discutir sobre la creación de un sistema que permita su verificación y transparencia, que se distingan de los intereses y reajustes, y además que sean determinadas conforme a parámetros objetivos.

 

              El Vicepresidente del Senado sentenció que “sin duda, éstos no son todos los temas y, probablemente, en ocasiones, su discusión sea ardua, pero salimos de la reunión con la sensación de haber avanzado y con el convencimiento de que este diálogo entre nosotros y los actores de la sociedad civil puede ser una herramienta extremadamente valiosa en un tema cuya importancia resulta difícil de exagerar: el funcionamiento del comercio y la adecuada protección de los consumidores”.

 

CONADECUS VALORA EL ENCUENTRO

 

El presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Conadecus, Hernán Calderón, dijo que fue “una buena reunión, aclaratoria, en que las asociaciones, los académicos y con el senador Tuma conversamos sobre la protección de los consumidores. Principalmente, la discusión está sobre la derogación que hizo el actual Gobierno del Reglamento del Consentimiento de Comisiones, y estamos enfrentando posiciones distintas sobre cómo debe normarse aquello, en ese sentido compartimos que debe ser por Ley, y que además fije las diferencias en reajustes y/o comisiones”.

 

PATENTES POR DERECHOS DE AGUAS

 

En otro tema, el Vicepresidente del Senado valoró el fallo de la Primera Sala del máximo tribunal que determinó que un grupo de comunidades de la Región de La Araucanía no deben patentes por no uso de aguas por encontrarse protegidas por la Ley Indígena.

 

Este fallo de la Corte Suprema ratifica la posición del Senador Tuma, quien había manifestado que las comunidades indígenas no deberían pagar patentes por las aguas no utilizadas, ya que se encuentran protegidas por la Ley Indígena y por el convenio 160 de la OIT.

 

En este sentido indicó que esta sentencia resuelve que las comunidades, agrupadas en la Corporación Movimiento Unitario Campesino y Etnias de Chile, se encuentran resguardadas por la Ley Indígena, por lo que no les corresponde el pago de patentes por el no uso de aguas de los ríos Chol Chol y Colpi.

 

“Valoramos que la Corte haya determinado este fallo y proteja a las comunidades indígenas que se estaban viendo afectadas por el cobro de patentes por aguas no utilizadas. Esta carga tributaria, que les estaba afectando, no se relaciona con el régimen de protección que les favorece a las comunidades, dado su condición de indígenas, muy por el contrario, las estaba exponiendo al remate de sus derechos concedidos, ante la imposibilidad de pagar estas patentes”, destacó el Vicepresidente del Senado.

 

Las normas que establece la Ley Indígena, a la que hace referencia la Corte Suprema en su fallo, impide aplicar a los reclamantes la obligación de pago de patente por no uso de las aguas, en consecuencia las comunidades deben ser excluidas del listado de la Dirección General de Aguas.

 

Finalmente, el Senador Tuma sostuvo “debemos ser coherentes con el espíritu de la Ley Indígena y liberar a los pueblos originarios de este pago injusto de tributos. Además le solicitaremos al Ministro de Hacienda que detenga los procesos de remates que se estaban ejecutando”.

 

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