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Sanciones a conductores y organizadores de carreras ilegales: deberán votar idea de legislar

El senador Letelier recordó que en Rancagua, zona que representa, son habituales estas prácticas, por lo que se mostró esperanzado en que las altas penas del proyecto terminen con estos casos.

17 de abril de 2014

Imagen foto_00000014En condiciones de ser visto por la Sala quedó el proyecto –iniciado en moción- que modifica la ley de tránsito, con objeto de sancionar a conductores y organizadores de carreras de vehículos no autorizadas por la autoridad competente, como responsables de los delitos asociados (Boletín N° 8919-15).

 

Esto luego que la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobara la idea de legislar de la propuesta en primer trámite. Al respecto, uno de los integrantes de esta instancia, el senador Juan Pablo Letelier destacó la importancia de la norma, sobre todo en la Región de O'Higgins que representa, puesto que a menudo se realizan este tipo de competiciones.

 

La iniciativa señala que las carreras que no cuenten con la autorización respectiva estarán prohibidas. La responsabilidad que tengan el conductor y/o el organizador, serán sancionadas con multa de 4 a 12 UTM (entre 165 mil 876 pesos y 497 mil 628), además de la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por dos años. En caso de reincidencia, ello ocurrirá por cinco años.

 

De haber lesionados, se impondrá pena de presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a diez años) mientras que si hay muertos, ésta será de presidio mayor en su grado mínimo a medio (de 5 años y un día a 15 años). En ambos casos, se aplicará una multa de 20 a 50 UTM (entre 829 mil 380 pesos y dos millones 73 mil 450), y prohibición de conducir por vida.

 

FENÓMENO INNEGABLE

 

El legislador señaló que “en última instancia lo que estamos haciendo es hacernos cargo de un fenómeno que es innegable que causa graves perjuicios para la comunidad. Queremos sancionar tanto a los que las organizan, como a los conductores; y en segundo término si llega a haber un lesionado, garantizar que nunca más puedan estar al volante”.

 

El parlamentario recordó en Rancagua –en el sector de Chancón- existen este tipo de prácticas, por lo que sentenció que “el proyecto es una clara señal de lo que no queremos que siga ocurriendo. Los autos son medios de transporte, no es para organizar carreras en la vía pública”.

 

NORMA DE TRÁNSITO

 

Cabe consignar que en la Ley de Tránsito se estipula que los alcaldes no podrán autorizar actividades deportivas a efectuarse en la vía pública, sin previo informe escrito de Carabineros. En el caso de carreras de automóviles o de otras competencias de vehículos motorizados, dicha autoridad deberá exigir a los organizadores de la prueba un seguro de accidentes personales, por los daños que puedan ocasionar a terceros no transportados en los vehículos de competencia.

 

En el caso de las actividades que se desarrollen en las vías de la red vial básica, la autorización deberá concederse por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), y en el caso de aquellas que se efectúen en caminos públicos, por el Ministerio de Obras Públicas (MOP).

 

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