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  Sesión 11ª, Ordinaria, en martes 17 de abril de 2012

  Se realizó desde las 16:20 a 19:03 horas con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Camilo Escalona, Presidente; Alejandro Navarro, Vicepresidente y Patricio Walker, Presidente accidental. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

19 de abril de 2012

PROMUEVE LAS PRESENTACIONES DE MÚSICA EN VIVO

 

ImagenPor unanimidad, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con el objeto de promover las presentaciones de música en vivo. (Boletín N° 7.449-11)

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto flexibilizar el otorgamiento de patentes sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, de manera que la actividad de los artistas nacionales pueda desarrollarse en la mayor cantidad de establecimientos posibles.

 

Contenido del proyecto:

 

- Crea una nueva categoría de patente de alcoholes, "para salones de música en vivo", que permitirá a los restaurants, bares, cafés y otros lugares de esparcimiento que la obtengan, ofrecer a su público presentaciones artísticas musicales, sin necesidad de obtener la patente de cabaret, como lo exige la ley actualmente.

 

Intervinieron los senadores Gonzalo Uriarte, Francisco Chahuán, Alejandro Navarro, Jorge Pizarro, Alberto Espina, Jovino Novoa, Andrés Zaldívar y el Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Luciano Cruz-Coke.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

SOBRE DERECHO A DEFENSA DE LOS IMPUTADOS

 

ImagenPor unanimidad, se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, en primer trámite constitucional, recaído en el proyecto de ley, sobre derecho a defensa de los imputados. (Boletín Nº 7.854-07)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Alberto Espina, Soledad Alvear, José Antonio Gómez, Hernán Larraín y Patricio Walker, tiene por objeto fortalecer los derechos de la persona imputada de delito. En concreto, precisa la oportunidad en la cual el Estado debe proporcionarle un defensor si éste no nombrare a uno particular y fija un momento determinado y una fórmula preestablecida para informarle de los derechos que le asisten en esa calidad.

 

Contenido del proyecto:

 

- Establece el derecho irrenunciable de todo imputado, que carezca de un abogado, a contar con uno proporcionado por el Estado, designado por el juez antes de que tenga lugar la primera actuación judicial del procedimiento que requiera la presencia de dicho imputado.

 

- Para mejor garantizar el derecho del imputado de guardar silencio, se dispone que en la primera declaración que preste ante el fiscal o la policía se le deberá advertir de este derecho en términos expresos y mediante una fórmula preestablecida, precisándosele los efectos que puede ocasionar la renuncia al mismo.

 

 

Intervino el senador Hernán Larraín.

 

En consecuencia, procede que la Cámara de Diputados se pronuncie respecto del Informe de la Comisión Mixta.

 

 

ESTABLECE ALTERNATIVA A LA PENA DE MULTA

 

Por unanimidad, se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, en primer trámite constitucional, recaído en el proyecto de ley que modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios. (Boletín N° 7.534-07). Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene como objetivos principales modificar la autoridad que interviene en el otorgamiento de la libertad condicional y, además, establecer una alternativa punitiva frente al incumplimiento del pago de una pena de multa.

 

Contenido del proyecto:

- Excluye la participación de los Secretarios Regionales Ministeriales de Justicia, en la decisión sobre otorgamiento del beneficio de libertad condicional, la que queda entregada exclusivamente a las respectivas Comisiones de Libertad Condicional.

 

- Establece la sanción de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, como pena sustitutiva de la multa, cuando el sentenciado no puede cancelarla.

 

- La sustitución de la multa requerirá siempre del acuerdo del condenado, si éste no lo otorga se le impondrá la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM, sin que ella pueda nunca exceder de seis meses.

 

- Dispone que la pena de prestación de servicios comunitarios consistirá en la realización de actividades no remuneradas a favor de ésta o en beneficio de personas en situación de precariedad, las que serán coordinadas por un delegado de Gendarmería de Chile.

 

- Regula el método para transformar la multa en horas de servicio comunitario.

 

- Establece la posibilidad de sustituir la multa impuesta por el consumo de drogas en la vía pública, por la de asistencia obligatoria a programas de prevención; por rehabilitación en instituciones autorizadas por el servicio de salud competente, o por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

 

Intervinieron los senadores Hernán Larraín, Alberto Espina, Jaime Orpis, Patricio Walker, Soledad Alvear, Alejandro Navarro, Juan Pablo Letelier, Hosaín Sabag y el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera.

 

En consecuencia, procede que la Cámara de Diputados se pronuncie respecto del Informe de la Comisión Mixta

 

 

CONCEDE INDULTO GENERAL

 

Por unanimidad, se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, en primer trámite constitucional, recaído en el proyecto, sobre indulto general. (Boletín N° 7.533-07). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, constituye una de las medidas impulsadas por el Gobierno para superar la actual crisis carcelaria, tendiente a descongestionar el sistema penitenciario mediante la aplicación racional de la institución del indulto, respecto de cierto tipo de condenados, en cuanto hayan cumplido parte significativa de sus condenas y en la medida en que su liberación no implique un compromiso para la seguridad pública.

 

Contenido del proyecto:

 

- Otorga un indulto conmutativo general, consistente en el reemplazo del deber de cumplir el saldo de la pena privativa de libertad a la que estuvieren condenadas o el pago de la multa que se les hubiese aplicado, por la sujeción a la vigilancia de la autoridad, a las siguientes personas:

 

a) Mujeres que estando condenadas y privadas de libertad, hayan cumplido dos tercios de la pena o que, faltándoles hasta 6 meses para el cumplimiento de dicha fracción, sean madres de hijos menores de dos años. Todo ello siempre que haya mantenido una conducta sobresaliente en los últimos 6 meses.

b) Condenados que cumplen una condena bajo la modalidad del beneficio penitenciario de permiso de salida controlada al medio libre, y

c) Condenados que actualmente cumplen una pena mediante el beneficio de la reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile.

 

- En cualquiera de estas 3 situaciones, el beneficiario del indulto deberá suscribir un compromiso de no volver a delinquir.

 

- La sujeción a la vigilancia de la autoridad, por la cual es reemplazada la pena, consistirá en la obligación del indultado de fijar un domicilio y de concurrir a firmar una vez al mes, por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de 3 años siguientes a la concesión del indulto, al lugar que le sea determinado por Gendarmería de Chile

 

- El incumplimiento del compromiso durante el lapso señalado pondrá al individuo en el deber de cumplir, de manera efectiva, el saldo de pena que le hubiere sido indultada, sin perjuicio de la aplicación de la pena que le corresponda cumplir si incurriere en un nuevo crimen o simple delito.

 

- Igual indulto se establece respecto de los extranjeros que se encontraren privados de libertad, caso en el cual, la pena que resta por cumplir es reemplazada por el extrañamiento especial en su país de origen, siempre que reúnan todas las condiciones que se establecen.

 

- Establece un listado de delitos a los que no les será aplicables este indulto, entre los que se destacan el de violación, de sustracción de menores, los referidos al tráfico de drogas, los tipificados en la ley que determina conductas terroristas y el de lavado de dinero.

 

Intervinieron los senadores Hernán Larraín, Alejandro Navarro, Jaime Orpis y el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera.

 

En consecuencia, procede que la Cámara de Diputados se pronuncie respecto del Informe de la Comisión Mixta

 

 

ESTABLECE REQUISITOS ALTERNATIVOS PARA OBTENER LICENCIA

DE CONDUCIR PROFESIONAL

 

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, estableciendo requisitos alternativos para obtener licencia profesional. (Boletín Nº 7.319-15). Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto hacer frente a la gran demanda de choferes profesionales que existe en la actualidad, mediante el establecimiento de exigencias alternativas para la obtención de licencias de conducir para transporte mayor, que den garantías de profesionalismo y seguridad.

 

Contenido del proyecto:

 

- Dispone que, para la obtención de licencias profesionales para conducir transporte de pasajeros (clase A-3) o de carga superior a 3.500 kilos (clase A-5), la exigencia de haber estado en posesión, por un determinado tiempo, de otra clase de licencia, podrá suplirse por la aprobación de un curso teórico y práctico especial, que contemple el uso de simuladores de inmersión total u otra tecnología equivalente, en una Escuela para Conductores Profesionales reconocida oficialmente por el Ministerio de Transportes.

- En el caso de optarse por esta alternativa se deberá, además, aprobar en la Municipalidad respectiva, el examen teórico y práctico correspondiente a la clase de licencia profesional a la que se postula.

- Encarga al Ministerio de Transportes, reglamentar las características y especificaciones técnicas con que deberán cumplir los simuladores, así como la especificación de la duración del curso y contenidos mínimos prácticos y teóricos que habrá de considerar el programa del curso especial.

 

Intervinieron los senadores Baldo Prokurica, Hosaín Sabag, Juan Antonio Coloma, Jorge Pizarro, Francisco Chahuán, Alejandro Navarro y Juan Pablo  Letelier.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión para segundo informe.

 

 

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