Click acá para ir directamente al contenido

Sesión 15 ª, Ordinaria, en martes 12 de mayo de 2015

Se realiza desde las 16:19 a 19:57 horas con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Alejandro Navarro, Vicepresidente. Actuó de Secretario General don Mario Labbé.

15 de mayo de 2015

LEY MARCO PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN CHILE

 

Imagen foto_00000002Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una ley marco para la inversión extranjera directa en Chile y crea la institucionalidad respectiva. (Boletín N° 9.899-05). Con urgencia calificada de “Discusión Inmediata”.

 

El proyecto de ley iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer un nuevo marco institucional para el fomento y promoción de la inversión extranjera directa a nuestro país que permita generar los incentivos correctos para atraerla,  de conformidad a las mejores prácticas y estándares internacionales.  Con ello, se viene a reemplazar el DL 600, Estatuto de la Inversión Extranjera, que fue derogado en la reciente reforma tributaria, teniendo en consideración la situación internacional en que se encuentra hoy Chile, con la política de apertura comercial internacional: Tratados de Libre Comercio (TLCs), Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones (APPIs), Convenios para Evitar la Doble Tributación bajo el modelo OCDE.

 

Contenido del proyecto:

 

- Establece el régimen aplicable a la inversión extranjera directa, entendiendo por ella la transferencia al país de capitales extranjeros por un monto igual o superior a 5 millones de dólares (USD $ 5.000.000).

 

- Define como inversionista extranjero a toda persona natural o jurídica constituida en el extranjero, no residente ni domiciliada en Chile, que transfiera capitales a Chile, en los términos que señala el proyecto y que obtenga de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, que se crea, el certificado correspondiente para poder acogerse a los beneficios de este proyecto de ley.

 

- Regula el régimen aplicable a la inversión extranjera directa (IED), reconociendo, entre otras garantías el derecho a remesar al exterior el capital transferido y las utilidades líquidas que sus inversiones generen, así como el acceso al mercado cambiario formal para liquidar las divisas constitutivas de su inversión. Además se les exime del IVA en las circunstancias que se señalan.

 

- Crea una nueva institucionalidad para la atracción de la inversión extranjera directa, integrada por un Comité de Ministros encargado de sugerir al Presidente de la República una estrategia de fomento y promoción, fijándose las áreas básicas que deberá abarcar.

 

- Instituye la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera que tendrá la misión de promover y atraer el ingreso de todo tipo de capitales e inversiones extranjeras al país, actuando como único organismo autorizado a ese efecto, estableciendo sus funciones y su estructura orgánica.

 

- Para todos los efectos legales, la Agencia se constituirá como la sucesora y continuadora legal del Comité de Inversiones Extranjeras.

 

- Regula los efectos de los contratos celebrados durante la vigencia del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, de forma de asegurar la plena vigencia de los derechos y deberes que hayan adquirido los inversionistas bajo ese régimen legal.

 

- Establece un régimen excepcional de carácter transitorio, por cuatro años, que habilita a suscribir nuevos contratos de inversión extranjera en los términos establecidos en el decreto ley N° 600 de 1974,  con las exigencias, derechos y obligaciones que se señalan.

 

- Confiere una delegación de facultades al Presidente de la República, a fin de que, mediante decreto con fuerza de ley, fije la planta de la nueva Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, regulando todas las materias necesarias.

 

Intervinieron los senadores Andrés Zaldívar, Alejandro Navarro, Rabindranath Quinteros, José García, Carlos Montes, Juan Antonio Coloma, Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Alejandro Guillier, Ricardo Lagos, Víctor Pérez, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Alejandro García-Huidobro, Felipe Harboe y el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para informe complementario, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta mañana, 13 de mayo.

 

 

 

 

 

Imprimir