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Sesión 18ª, Especial, en martes 19 de mayo de 2015

Se realizó desde las 11:16 a 13:37 horas con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente; Alejandro Navarro, Vicepresidente e Isabel Allende y Alejandro Guillier, Presidentes accidentales. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

22 de mayo de 2015

SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA PRORROGAR PERMANENCIA DE TROPAS EN HAITÍ

 

Imagen foto_00000002Se aprobó, la solicitud de acuerdo del Senado, formulada por la Presidenta de la República, mediante la cual solicita prorrogar, por el plazo de un año, la permanencia de tropas y medios militares nacionales, en Haití. (Boletín Nº S 1.809-05)

 

La autorización que se concede para la permanencia de las tropas y medios chilenos en Haití, es por el plazo de un año a contar del 1º de junio próximo, y tiene por objetivo continuar participando en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en dicho país (MINUSTAH).

 

La Presidenta de la República, en su solicitud destaca que la labor del componente militar, está destinada a promover un entorno seguro y estable para las tareas de estabilización y reconstrucción de Haití, lo que se materializa dentro de un marco de esfuerzo multinacional en el que la participación de nuestro país ha recibido altos niveles de reconocimiento, tanto por parte de las autoridades haitianas como de las Naciones Unidas. Esta labor ha redundado, a la vez, en un fortalecimiento de las capacidades operativas y logísticas de la Defensa Nacional.

 

Intervinieron los senadores Francisco Chahuán, Andrés Allamand, Baldo Prokurica, Víctor Pérez, Juan Antonio Coloma, Alejandro Guillier, Jaime Quintana, Manuel José Ossandón, Ricardo Lagos y Jorge Pizarro.

 

En consecuencia, procede comunicar a la Presidenta de la República el acuerdo otorgado a su solicitud.

 

 

LEY MARCO PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN CHILE

 

Imagen foto_00000004Se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una ley marco para la inversión extranjera directa en Chile y crea la institucionalidad respectiva. (Boletín N° 9.899-05). Con urgencia calificada de “Discusión Inmediata”.

 

El proyecto de ley iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer un nuevo marco institucional para el fomento y promoción de la inversión extranjera directa a nuestro país que permita generar los incentivos correctos para atraerla,  de conformidad a las mejores prácticas y estándares internacionales.  Con ello, se viene a reemplazar el DL 600, Estatuto de la Inversión Extranjera, que fue derogado en la reciente reforma tributaria, teniendo en consideración la situación internacional en que se encuentra hoy Chile, con la política de apertura comercial internacional: Tratados de Libre Comercio (TLCs), Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones (APPIs), Convenios para Evitar la Doble Tributación bajo el modelo OCDE.

 

Contenido del proyecto:

 

- Establece el régimen aplicable a la inversión extranjera directa, entendiendo por ella la transferencia al país de capitales extranjeros por un monto igual o superior a 5 millones de dólares (USD $ 5.000.000).

 

- Define como inversionista extranjero a toda persona natural o jurídica constituida en el extranjero, no residente ni domiciliada en Chile, que transfiera capitales a Chile, en los términos que señala el proyecto y que obtenga de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, que se crea, el certificado correspondiente para poder acogerse a los beneficios de este proyecto de ley.

 

- Regula el régimen aplicable a la inversión extranjera directa (IED), reconociendo, entre otras garantías el derecho a remesar al exterior el capital transferido y las utilidades líquidas que sus inversiones generen, así como el acceso al mercado cambiario formal para liquidar las divisas constitutivas de su inversión. Además se les exime del IVA en las circunstancias que se señalan.

 

- Crea una nueva institucionalidad para la atracción de la inversión extranjera directa, integrada por un Comité de Ministros encargado de sugerir al Presidente de la República una estrategia de fomento y promoción, fijándose las áreas básicas que deberá abarcar.

 

- Entre las funciones que se entregan al Comité de Ministros se contempla la de velar por la coordinación de los distintos órganos del Estado vinculados a la implementación de la estrategia de fomento, pudiendo para ello, encomendar a la Agencia que se crea la coordinación de las acciones de promoción y atracción de inversión extranjera que realicen los gobiernos regionales.

 

- Instituye la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera que tendrá la misión de promover y atraer el ingreso de todo tipo de capitales e inversiones extranjeras al país, estableciendo sus funciones y su estructura orgánica.

 

- Dispone que la Agencia deberá establecer las instancias de coordinación que le encomiende el Comité de Ministros y que sean necesarias para implementar la estrategia de fomento, velando por la coherencia de las acciones de promoción y atracción de las inversiones que realicen los gobiernos regionales.

 

- Para todos los efectos legales, la Agencia se constituirá como la sucesora y continuadora legal del Comité de Inversiones Extranjeras.

 

- Establece que la Agencia podrá, para los efectos de cumplir su misión, constituir un Consejo Asesor Consultivo conformado por representantes de los sectores público y privado, que tendrá por misión asesorar al Director en la definición de objetivos de mediano y largo plazo, así como evaluar las actividades, las iniciativas y los esfuerzos desplegados por la Agencia.

 

- Regula los efectos de los contratos celebrados durante la vigencia del decreto ley N° 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera, de forma de asegurar la plena vigencia de los derechos y deberes que hayan adquirido los inversionistas bajo ese régimen legal.

 

- Establece un régimen excepcional de carácter transitorio, por cuatro años, que habilita a suscribir nuevos contratos de inversión extranjera en los términos establecidos en el decreto ley N° 600 de 1974,  con las exigencias, derechos y obligaciones que se señalan.

 

- Confiere una delegación de facultades al Presidente de la República, a fin de que, mediante decreto con fuerza de ley, fije la planta de la nueva Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, regulando todas las materias necesarias.

 

Intervinieron los senadores Juan Antonio Coloma, Felipe Harboe, Baldo Prokurica, Víctor Pérez, José García, Alejandro Guillier, Carlos Montes, Guido Girardi, Alfonso De Urresti, Alejandro Navarro, Iván Moreira, Eugenio Tuma y el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados en tercer trámite constitucional.

 

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