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Sesión 20ª, Ordinaria, en martes 7 de mayo de 2013

Se realizó desde las 16:19 a 20:27 horas, con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente y Camilo Escalona, Presidente accidental. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

10 de mayo de 2013

CONDOLENCIAS AL SENADO ITALIANO POR MUERTE DE GIULIO ANDREOTTI

 

La Sala del Senado acordó enviar una comunicación al Senado de la República de Italia, expresándole sus condolencias por el reciente fallecimiento del senador Giulio Andreotti, quién tuviera una gran relación con nuestro país.

 

 

HOMENAJE A ADOLFO ZALDÍVAR LARRAÍN

 

El Senado rindió un sentido homenaje al ex senador y ex Presidente de la Corporación, Adolfo Zaldívar Larraín, recientemente fallecido.

 

Hicieron uso de la palabra, a nombre de sus respectivos Comités, los senadores Hosaín Sabag, Baldo Prokurica, Camilo Escalona, Juan Antonio Coloma, José Antonio Gómez y Alejandro Navarro. En representación de la familia, agradeció el homenaje el senador Andrés Zaldívar.

 

 

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE

 

Imagen foto_00000002Quedó pendiente la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite la introducción de la televisión digital terrestre. (Boletín Nº 6.190-19) Con urgencia calificada de "Suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, modifica la Ley del Consejo Nacional de Televisión, con el objeto de permitir la introducción de la televisión digital terrestre y enmienda otras normas referidas al ámbito de las funciones y atribuciones del Consejo.

 

Normas aprobadas durante esta sesión:

 

- Distingue diferentes tipos de concesionarias de televisión de libre recepción, conforme a la extensión de su cobertura, estableciéndose que éstas pueden ser nacionales, regionales, locales y comunitarias, fijándose las características de cada una de ellas.

 

- Se rechazaron una serie de propuestas de incorporación de nuevas exigencias que deberían cumplir las concesionarias de televisión de libre recepción, en las modalidades de cobertura nacional y regional.

 

- Permite a las concesionarias de radiodifusión televisiva de libre recepción el cobro a las compañías de cable o satelitales, de derechos por la retransmisión de sus emisiones, sin que se pueda discriminar en el otorgamiento de estas autorizaciones y debiendo, además, cumplirse con las exigencias que se establecen (Retransmisión consentida).

 

- Obliga a las empresas de cable y satelitales a transmitir, en la región o localidad en que operen, y siempre que sea técnicamente factible, a lo menos 4 canales regionales, locales o comunitarios en sus respectivas grillas o parrillas programáticas. (Must Carry)

 

- Dispone que, tratándose de concesionarios con medios propios, todo tipo de transferencia u otorgamiento de facultades que se efectué respecto del derecho de transmisión televisiva de libre recepción, a cualquier título que se haga, requerirá de la autorización del Consejo Nacional de Televisión, previo informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, regulándose los efectos que estos actos jurídicos tendrán para las partes.

 

- Distingue entre la difusión de señales televisivas digitales efectuadas a través de medios radioeléctricos de transmisión pertenecientes al propio concesionario y aquellas efectuadas con medios de terceros, definiendo éstos últimos, y precisándose los efectos, derechos y obligaciones en cada caso.

 

Intervinieron los senadores Alejandro Navarro, Jovino Novoa, Ena Von Baer, Juan Pablo Letelier, Guido Girardi, Fulvio Rossi, Alberto Espina, Jorge Pizarro, Alejandro García-Huidobro, Hernán Larraín, Camilo Escalona, Víctor Pérez, Jaime Orpis, Baldo Prokurica, el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz y el Subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton.

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión en particular de este proyecto de ley en la próxima sesión.

 

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