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  Sesión 21ª, Ordinaria, en martes 31 de mayo de 2011

  Presidieron la sesión los senadores Guido Girardi, Presidente, Juan Pablo Letelier, Vicepresidente y José Antonio Gómez, Presidente accidental. Actuó de Secretario don Mario Labbé y se realizó de 16:23 a 19:42 horas, con la asistencia de 34 senadores.

2 de junio de 2011

DESÓRDENES EN CEREMONIA DEL 21 DE MAYO

 

ImagenEl senador Baldo Prokurica presentó un reclamo formal por las interrupciones y ataques verbales al Presidente de la República formulados por una decena de personas durante la ceremonia del 21 de mayo pasado.

 

Pidió a la Mesa iniciar una investigación que determine si los que ocasionaron los disturbios corresponden a personas que utilizaron invitaciones entregadas al señor Vicepresidente. Asimismo, pidió se le informe si la Mesa cumplió con la obligación de poner a disposición de la justicia a las personas que promovieron desórdenes en la señalada ceremonia.

 

 

REGULA LA TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA

 

Quedó postergada la votación en general del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre tenencia responsable de mascotas o animales de compañía. (Boletín Nº 6.499-11)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Guido Girardi, Carlos Kuschel, Mariano Ruiz-Esquide, y del ex senador Carlos Ominami,  tiene por objeto promover la tenencia responsable y proteger la salud de mascotas y animales de compañía; proteger la salud pública mediante el control de la población de éstos, y regular la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de dichos animales.

 

Contenido del proyecto:

- Define la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, como el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía y que consisten, entre otras, en proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados indispensables para su debido bienestar y no someterlo a sufrimientos evitables.

- Regula las atribuciones de los órganos de la Administración del Estado y de la autoridad municipal, para el fomento de la tenencia responsable de las mascotas.

- El Ministerio de Salud deberá dictar un reglamento que regule la tenencia responsable de animales, el que deberá considerar un sistema de control de fertilidad de éstos.

- Establece que cada municipalidad deberá dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas, la que se ajustará al reglamento que sobre la materia dicte el Ministerio de Salud.

- En cada municipalidad deberá existir un registro obligatorio de mascotas y animales de compañía que permita la adecuada identificación de ellos y de sus respectivos responsables.

- Faculta a la autoridad sanitaria para calificar como peligrosos determinados tipos de mascotas, pudiendo establecer respecto de ellos, prohibiciones de tenencia y de adiestramiento, obligación de adoptar medidas especiales de seguridad y protección, restricciones de circulación en lugares de libre acceso públicos, o esterilización obligatoria.

- Dispone que toda persona que tenga el dominio, la posesión o bajo su cuidado animales de compañía, será responsable de su cuidado, higiene y seguridad, debiendo responder civilmente de los daños que éstos causen.

- Faculta a las municipalidades para implementar un sistema de recolección de animales abandonados en la vía pública, estableciéndose la responsabilidad civil de las municipalidades por los daños que causen los perros vagos.

- Establece las normas a las que deberán someterse los centros de mantención temporal de animales, los locales de venta y crianza de mascotas y las exposiciones de las mismas.

- Sanciona con multa de 1 a 5 UTM ($ 38.173 a $ 190.865 app.) toda infracción a las normas establecidas en el presente proyecto de ley, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones dispuestas en el Código Penal sobre maltrato animal.

- Permite a toda persona que sea amenazada o perturbada en su vida, salud o integridad, por un animal de los que trata este proyecto de ley, denunciar el hecho, sin mayor formalidad, ante el Juez de Policía Local competente, a fin de que éste, en el más breve plazo, adopte las medidas que estime necesarias para eliminar dicha amenaza o perturbación.

 

Intervinieron los senadores Antonio Horvath, Mariano Ruiz-Esquide, Fulvio Rossi, Juan Pablo Letelier, Eugenio Tuma, Carlos Larraín, Guido Girardi, Camilo Escalona, Jaime Quintana, Hernán Larraín, Isabel Allende, Andrés Zaldívar, Jaime Orpis y Francisco Chahuán.

 

En consecuencia, procede efectuar la votación en general del proyecto, en la próxima sesión que realice el Senado.

 

 

FACILITA DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS DE CONSUMIDORES

 

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, relativo al procedimiento aplicable para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores. (Boletín Nº 7.256-03)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Alberto Espina, Lily Pérez y José García, y de los ex senadores Evelyn Matthei y Andrés Allamand, tiene por objeto agilizar el procedimiento por acciones colectivas y difusas, simplificando el trámite de la admisibilidad de la demanda y fortaleciendo la conciliación. Ello, en atención a que la acción colectiva no ha tenido el éxito que se esperaba, desde su incorporación el año 2004, básicamente debido a que los requisitos de admisibilidad, transforma el trámite en un verdadero antejuicio sobre el fondo, dilatándolo en forma excesiva.

 

Proyecto de ley:

- Simplifica el procedimiento judicial de las demandas de protección de los intereses colectivos (número determinado de consumidores afectados) o difusos (número indeterminado de consumidores afectados), disponiendo que el juez con el sólo análisis del cumplimiento de los requisitos formales que la ley establece, la declarará admisible y le dará tramitación.

- Disminuye los requisitos que deberá cumplir la demanda para ser declarada admisible, bastando que ésta sea interpuesta por quienes la ley faculta para ello, y que en el documento se precisen los hechos y fundamentos de derecho que justifiquen el daño a los derechos de los consumidores.

- Regula el procedimiento especial al que deberá someterse este tipo de juicios, así como los recursos procesales que procedan, tanto en los casos de declaración de admisibilidad como de inadmisibilidad.

- Se incorpora al procedimiento la citación obligatoria a audiencia de conciliación, a fin que las partes puedan entrar en un debate directo, con el juez actuando como un amigable componedor y proponiendo bases de acuerdo a fin de poner término al juicio por esta vía.

- Amplía el contenido mínimo que deberá contener el aviso que deberá publicarse en un medio de circulación nacional y en la página web del SERNAC, de forma de proporcionar el mayor número de antecedentes a quienes se puedan haber visto afectados por los mismos hechos objeto de la demanda colectiva.

 

Intervinieron los senadores Alberto Espina y Andrés Zaldívar.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

 

GARANTIZA EXACTITUD DE INFORMACIÓN DE PREDICTORES DE RIESGO

 

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el objeto de garantizar que la información contenida en los predictores de riesgo comercial sea exacta, actualizada y veraz. (Boletín Nº 6.800-03)

 

El proyecto, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto modificar la denominada "Ley DICOM" a fin de garantizar la veracidad de la información que se utiliza.  Lo anterior, en atención a que las empresas que realizan tratamiento de datos construyen, a partir de la información recolectada, los denominados predictores, ranking o score, que permiten predecir el comportamiento futuro de un consumidor, sobre la base de su historial de comportamiento anterior, considerando además su nivel educativo, su patrimonio, nivel de ingresos y endeudamiento, entre otras variables, dentro de las que además es considerada la cantidad de veces que terceros han consultado por su información; todo lo cual queda prohibido.

 

Proyecto de ley:

- Prohíbe la realización de todo tipo de predicción o evaluación de riesgo comercial que no esté basada únicamente en información objetiva relativa a las morosidades o protestos de las personas naturales o jurídicas de las cuales se informa.

- Dispone que la infracción de esta norma dará lugar a la eliminación inmediata de dicha información por parte del responsable de la base de datos y a la indemnización de perjuicios que corresponda.

 

Intervinieron los senadores Andrés Zaldívar, José García, Eugenio Tuma y Hosaín Sabag.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

RECONOCE PARTICIPACIÓN EN OPERACIONES DE PAZ COMO FUNCIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS

 

Por 22 votos a favor, uno en contra y 9 abstenciones, y al no alcanzarse el quórum constitucional requerido, se rechazó en general el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, que incluye a las operaciones de paz en el orden internacional, entre las funciones de las Fuerzas Armadas. (Boletín N° 6.984-02)

 

El proyecto de reforma constitucional, iniciado moción de los senadores Juan Antonio Coloma, Andrés Chadwick y Pablo Longueira, tiene por objeto reconocer a nivel constitucional, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones internacionales de paz, como una de sus funciones esenciales.

 

Contenido del proyecto:

- Incorpora el cumplimiento de las tareas que las operaciones de paz internacional demanden, como una de las funciones esenciales que, junto con la defensa de la patria y la seguridad nacional, conforman los fundamentos constitucionales de la existencia de las Fuerzas Armadas.

 

Intervinieron los senadores Baldo Prokurica, Juan Antonio Coloma, Patricio Walker, José Antonio Gómez, Juan Pablo Letelier, Camilo Escalona, Ignacio Walker, Hernán Larraín, Jorge Pizarro, Eduardo Frei y Ricardo Lagos.

 

En consecuencia, procede el archivo de la iniciativa, la cual no podrá renovarse sino transcurrido un año.

 

 

SOLICITAN MORATORIA EN LA FIRMA DE PROTOCOLOS O CONVENIOS SOBRE ENERGÍA NUCLEAR

 

Por falta de quórum, se rechazó  el proyecto de acuerdo presentado por los senadores Isabel Allende, Ximena Rincón, Camilo Escalona, José Antonio Gómez, Guido Girardi, Juan Pablo Letelier, Pedro Muñoz, Jaime Quintana, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, por el que se solicita al Ejecutivo una moratoria de la firma de protocolos o convenios sobre energía nuclear. (Boletín Nº S 1.345-12)

 

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