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  Sesión 22ª, Ordinaria, en miércoles 1º de junio de 2011

  Presidieron la sesión los senadores Guido Girardi, Presidente y Juan Pablo Letelier, Vicepresidente. Actuó de Secretario don Mario Labbé y se realizó de 16:18 a 19:23 horas, con la asistencia de 35 senadores.

2 de junio de 2011

AMPLÍA FACULTADES PROFESIONALES DE LAS MATRONAS

 

ImagenPor 27 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, se aprobó en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario, con el objetivo de facultar a las matronas para recetar anticonceptivos. (Boletín Nº 7.245-11)

 

El proyecto iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto modificar el Código Sanitario incorporando la salud reproductiva como parte de las funciones de las matronas y precisando que en el marco de la atención de salud sexual y reproductiva ellas podrán recetar y entregar medicamentos anticonceptivos hormonales, y también indicar e instalar otros mecanismos anticonceptivos, en la medida que ellos no impliquen uso de técnicas quirúrgicas.

 

Contenido del proyecto:

- Incluye, entre los servicios profesionales que el Código Sanitario reconoce como propios de las matronas, todas aquellas actividades relacionadas con la salud sexual de las pacientes.

- Autoriza a las matronas, dentro del ámbito de la planificación familiar y de la regulación de la fertilidad, para prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas.

 

Intervinieron los senadores Gonzalo Uriarte, Francisco Chahuán, Carlos Larraín, Jorge Pizarro, Alberto Espina, Fulvio Rossi, Mariano Ruiz-Esquide y José García.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 13 de junio próximo.

 

 

REGULA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCASIONADOS POR ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

 

Por 26 votos a favor y 5 abstenciones, se aprobó en general, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre responsabilidad por daños ocasionados por animales potencialmente peligrosos. (Boletín Nº 6.499-11)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Guido Girardi, Carlos Kuschel, Mariano Ruiz-Esquide, y del ex senador Carlos Ominami,  tiene por objeto promover la tenencia responsable y proteger la salud de mascotas y animales de compañía; proteger la salud pública mediante el control de la población de éstos, y regular la responsabilidad por los daños que sean consecuencia de la acción de dichos animales.

 

Contenido del proyecto:

- Define la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, como el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía y que consisten, entre otras, en proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados indispensables para su debido bienestar y no someterlo a sufrimientos evitables.

- El Ministerio de Salud deberá dictar un reglamento que regule la tenencia responsable de animales, el que deberá considerar un sistema de control de fertilidad de éstos.

- Establece que cada municipalidad deberá dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas, la que se ajustará al reglamento que sobre la materia dicte el Ministerio de Salud.

- En cada municipalidad deberá existir un registro obligatorio de mascotas y animales de compañía que permita la adecuada identificación de ellos y de sus respectivos responsables.

- Faculta a la autoridad sanitaria para calificar como peligrosos determinados tipos de mascotas, pudiendo establecer prohibiciones de tenencia y de adiestramiento, obligación de adoptar medidas especiales de seguridad y protección, restricciones de circulación en lugares de libre acceso públicos, o esterilización obligatoria.

- Toda persona que tenga el dominio, la posesión o bajo su cuidado animales de compañía, será responsable de su cuidado, higiene y seguridad, debiendo responder civilmente de los daños que éstos causen.

- Faculta a las municipalidades para implementar un sistema de recolección de animales abandonados en la vía pública, estableciéndose la responsabilidad civil de las municipalidades por los daños que causen los perros vagos.

- Establece las normas a las que deberán someterse los centros de mantención temporal de animales, los locales de venta y crianza de mascotas y las exposiciones de las mismas.

- Sanciona con multa de 1 a 5 UTM ($ 38.173 a $ 190.865 app.) toda infracción a las normas establecidas en el presente proyecto de ley, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones dispuestas en el Código Penal sobre maltrato animal.

- Toda persona que sea amenazada o perturbada en su vida, salud o integridad, por un animal de compañía, podrá denunciar el hecho, sin mayor formalidad, ante el Juez de Policía Local competente, a fin de que éste, en el más breve plazo, adopte las medidas que estime necesarias para eliminar dicha amenaza o perturbación.

 

Intervinieron los senadores Fulvio Rossi, Jaime Orpis, Eugenio Tuma, Francisco Chahuán, Antonio Horvath, José Antonio Gómez, Carlos Kuschel, Mariano Ruiz-Esquide, Jovino Novoa, Eduardo Frei, Baldo Prokurica, Soledad Alvear, Isabel Allende, Antonio Horvath, Pedro Muñoz y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 20 de junio próximo.

 

 

REGULA TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS INSTRUMENTOS DERIVADOS

 

Por 17 votos a favor y 7 abstenciones, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados. (Boletín N° 7.194-05) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto regular el tratamiento tributario de los instrumentos derivados, estableciendo un régimen impositivo general, las normas especiales aplicables a las opciones y otras disposiciones de carácter general.

 

Contenido del proyecto:

- Regula el régimen tributario aplicable a los contratos derivados, a sus operaciones y a los instrumentos que recaigan sobre ellos.

- Para los efectos de este proyecto de ley, se entederán como contratos derivados, además de los de forwards, futuros, swaps, opciones y combinaciones de éstos, todos aquellos que cumplan las características que se señalan y los que sean reconocidos como tales por las Superintendencias de Valores y Seguros, de Bancos e Instituciones Financieras, de Pensiones o el Banco Central de Chile.

- Para los efectos tributarios relacionados con los contratos derivados, se establecen reglas especiales sobre: determinación de la fuente de la renta su naturaleza; su ámbito de aplicación; el reconocimiento de sus utilidades y pérdidas y, las deducciones de gastos por pagos al exterior.

- Establece normas especiales aplicables a las opciones, entendiendo por ellas aquellos instrumentos derivados que, en virtud del pago de un precio o prima otorga a su poseedor o titular (tomador), el derecho, pero no la obligación, para comprar o vender un activo a un precio determinado y durante un período de tiempo acordado, o al término de una fecha prefijada.

- Obliga a los contribuyentes que celebren derivados a informar de sus operaciones al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste establezca, estableciéndose las sanciones por su incumplimiento.

 

Intervinieron los senadores Camilo Escalona, Eduardo Frei, Jovino Novoa y el Ministro de Hacienda, Felipe Larraín.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 20 de junio próximo.

 

 

OBLIGA ROTULAR ALIMENTOS TRANSGÉNICOS

 

Quedó para segunda discusión el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la obligatoriedad de rotulación en alimentos transgénicos. (Boletín N° 3.818-11)

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto establecer la obligación de informar expresamente en las etiquetas de los envases de alimentos humanos en que se hayan empleado ingredientes o aditivos genéticamente modificados, contemplando sanciones para el caso de infracción de esta obligación.

 

Proyecto de ley:

- Define un organismo genéticamente modificado (OGM) como todo alimento que esté compuesto o contenga organismos en cuyo genoma se ha incorporado, de forma estable, un segmento de ADN extraño, utilizando técnicas de ingeniería genética, y en ningún caso producido en la naturaleza por multiplicación, selección o combinación natural.

- Obliga rotular todos los envases de los alimentos humanos en cuya elaboración se hayan empleado ingredientes o aditivos genéticamente modificados en una proporción igual o mayor al 1%, con una leyenda impresa de proporción similar a los avisos de composición nutricional, con la frase "Alimento Genéticamente Modificado".

- Sanciona la infracción a esta norma con el retiro de los productos del mercado y con una multa de 100 a 300 UTM ($3.817.300 a $ 11.451.900), elevadas de 500 a 1.000 UTM ( $ 19.086.500 a $ 38.173.000)  en caso de reincidencia.

 

Intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier, Francisco Chahuán, Antonio Horvath, José García, Mariano Ruiz-Esquide, Jaime Quintana y Carlos Larraín.

 

En consecuencia, procede continuar la discusión general de este proyecto de ley, en la proxima sesión que celebre el Senado.

 

 

INCIDENTES

 

El Senador Camilo Escalona se refirió a los anuncios efectuados por el Subsecretario de Hacienda, en su reciente visita a la Región de Los Lagos, en la que se informe sobre la decisión gubernamental de otorgar un mejoramiento económico para los trabajadores del Sector Público, solicitando se oficie al Presidente de la República a fin que se aclare si dicho beneficio también regirá respecto de los asistentes de la educación, de la Provincia de Chiloé.

 

El Senador Jaime Quintana pidió enviar oficios a diversas autoridades en relación con las siguientes materias:

 

1.- Para que se informe sobre proyectos de instalación de plantas generadoras de electricidad mediante los sistemas de generación hidroeléctrica y geotérmica, como asimismo, la construcción de pisciculturas, en la comuna de Melipeuco, Región de la Araucanía.

 

2.- Para que se estudie  la posibilidad de realizar un convenio marco entre las comunidades de Melipeuco y CONAF, que les permita el uso de las veranadas existentes en la Reserva Nacional Hualalafquén, en la comuna de Curarrehue, la cual es administrada por dicha entidad estatal.

 

 

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