Click acá para ir directamente al contenido

  Sesión 31ª, Ordinaria, en miércoles 30 de junio de 2010

  Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente, José Antonio Gómez, Vicepresidente y Pedro Muñoz, Presidente accidental. Actuó de Secretario don Carlos Hoffmann y se realizó de 16:23 a 20:45 horas, con la asistencia de 38 senadores.

1 de julio de 2010

NUEVO PRESIDENTE EN COMISIÓN DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA

Se dio cuenta que la Comisión de Ética y Transparencia eligió como su Presidente al Senador Hernán Larraín.

MODIFICA LEY DE PESCA PARA ENFRENTAR CONSECUENCIAS DEL TERREMOTO

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura y establece normas transitorias para enfrentar la catástrofe del 27 de febrero de 2010. (Boletín N° 6.917-21) Con urgencia calificada de "suma".

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto introducir modificaciones de carácter permanente a la Ley General de Pesca y establecer disposiciones transitorias para enfrentar y paliar las devastadoras consecuencias que, en el sector pesquero, han provocado el terremoto y los sucesivos tsunamis ocurridos el 27 de febrero de 2010.

Contenido del proyecto:

- Crea un registro de actividades pesqueras de transformación a cargo del Servicio Nacional de Pesca, en el cual deberá inscribirse toda persona, natural o jurídica, que desee dedicarse al procesamiento de especies hidrobiológicas.

- Modifica la definición de embarcación pesquera artesanal, eliminando la exigencia de contar con un registro grueso máximo de 50 toneladas.

- Dispone que en caso de una catástrofe natural o daño ambiental grave que afecte a toda o parte de una Región, se efectuará una reserva de la cuota global anual de captura de hasta un 3%, con la exclusiva finalidad de atender necesidades sociales urgentes derivadas de las catástrofes señaladas.

- Reduce el plazo del requisito de habitualidad en la actividad pesquera para efectuar reemplazos a aquellos pescadores artesanales de las Regiones V a la IX, inscritos en el Registro Pesquero Artesanal con anterioridad al terremoto y que presenten las respectivas solicitudes en el plazo de un año desde la entrada en vigencia de este proyecto como ley.

- Dispone que para todos los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura, no se considerará la paralización de actividades en la que hayan incurrido los pescadores artesanales y sus embarcaciones durante los años 2010 y 2011, siempre que hayan operado al menos en uno de los años 2008 y 2009.

- Autoriza, por el plazo de 2 años, a los armadores artesanales que posean embarcaciones siniestradas por la catástrofe para reponer y operar con otras, aunque no sean de su propiedad.

Intervino el Senador Antonio Horvath.

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

REAJUSTA INGRESO MÍNIMO Y OTRAS ASIGNACIONES

ImagenSe aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual. (Boletín Nº 6.989-13) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

El proyecto, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto establecer un incremento en el ingreso mínimo mensual, velando porque éste no pierda su poder adquisitivo, pero por sobre todo, protegiendo la empleabilidad de los trabajadores que lo perciben.

Contenido del proyecto:

- Reajusta el ingreso mínimo mensual, elevándolo de $ 165.000 a $ 172.000, para los trabajadores mayores de 18 y menores 65 años de edad.

- En el caso de los trabajadores mayores de 65 años y menores de 18, el monto del ingreso mínimo mensual se eleva de $ 123.176 a $ 128.402.

- El ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, se incrementa de $ 106.435 a $ 110.950.

- Todos estos reajustes regirán a contar del 1º de julio de 2010.

- Fija en $ 6.776 por carga, el monto de las asignaciones familiar y maternal para trabajadores cuyos ingresos mensuales no excedan de $ 177.212; en $ 4.902 por carga, para quienes reciben ingresos mensuales superiores a $ 177.212 e inferiores a $ 298.028; y de $ 1.549 por carga, para aquellos que reciben remuneraciones superiores a $ 298.028, pero inferiores a $ 464.823. Quienes perciban remuneraciones superiores a esta última cifra, no tendrán derecho a estas asignaciones.

- Eleva de $ 6.500 a $ 6.776 el subsidio familiar para personas de escasos recursos.

- Los nuevos montos fijados para las asignaciones y el subsidio señalados, comenzarán a regir a partir del primer día del mes siguiente de la publicación del presente proyecto de ley.

Intervinieron los Senadores Andrés Zaldívar, José García, Pedro Muñoz, Evelyn Matthei, Ricardo Lagos, Carlos Bianchi, Hernán Larraín, Hosaín Sabag, Eugenio Tuma, Pablo Longueira, Jaime Quintana, Isabel Allende, Alberto Espina, Camilo Escalona, Alejandro Navarro, Mariano Ruiz-Esquide, Juan Pablo Letelier y el Ministro de Hacienda, Felipe Larraín.

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

Imprimir