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Sesión 34ª, Ordinaria, en martes 14 de julio de 2015

Se realizó desde las 16:19 hasta las 19:20 horas con la asistencia de 33 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Adriana Muñoz, Vicepresidenta. Actuó como Secretario General don Mario Labbé.

17 de julio de 2015

CONCEDE BENEFICIOS AL PERSONAL DE LA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

 

Imagen foto_00000002Se aprobó en general y en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede beneficios al personal de la atención primaria de salud. (Boletín N° 9.973-11). Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto asegurar a los funcionarios afectos al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, el acceso a mejores condiciones de trabajo y así, no solo contribuir a un mejor clima laboral, sino que también a continuar perfeccionando la calidad de los servicios prestados a la ciudadanía.

 

Contenido del proyecto:

 

- Soluciona la situación de aquellos funcionarios de la atención primaria de salud municipal que, estando en posesión de un título de técnico de nivel superior, se encuentren incluidos en la categoría de administrativos de salud, disponiéndose que este personal deberá ser automáticamente reencasillado en el nivel superior que les corresponda.

 

- Precisa que con la finalidad de concretar el citado cambio, el Ministerio de Salud aportará los recursos que permitan a las municipalidades efectuar los ajustes necesarios.

 

- Asegura el cumplimiento de la norma del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal que dispone que el número de horas contratadas a través de la modalidad de contrato a plazo fijo -períodos iguales o inferiores a un año calendario-, no podrá ser superior al 20% de la dotación total, disponiéndose que aquellas entidades que a la fecha de publicación de este proyecto como ley, superen ese porcentaje máximo, deberán llamar a concurso interno para incorporar  al personal que excede el límite a la calidad de contratados indefinidos.

 

Intervinieron los senadores Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Jacqueline Van Rysselberghe, Jaime Orpis, Ena Von Baer, Juan Antonio Coloma, José García, Andrés Zaldívar, Rabindranath Quinteros, Fulvio Rossi, Juan Pablo Letelier y la Subsecretaria de Redes Asistenciales, Angélica Verdugo.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

RESPALDAN DISPOSICIÓN DEL GOBIERNO DE ESTABLECER RELACIONES CON BOLIVIA Y RECHAZAN EXPRESIONES OFENSIVAS DE SU PRESIDENTE

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los senadores Isabel Allende, Adriana Muñoz, Jacqueline Van Rysselberghe, Pedro Araya, Francisco Chahuán, José García, Alejandro García-Huidobro, Antonio Horvath, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Jaime Orpis, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros, Fulvio Rossi, Eugenio Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, mediante el cual expresan el respaldo del Senado a la Presidenta de la República y al Ministro de Relaciones Exteriores en la disposición manifestada de restablecer de inmediato y sin condiciones relaciones diplomáticas entre Chile y Bolivia, lo que ha sido coincidente con la permanente disposición de diálogo que ha manifestado nuestro país y, rechaza en términos categóricos las ofensivas afirmaciones del Presidente de Bolivia, Evo Morales, respecto de nuestras autoridades políticas. (S 1.817-12)

 

ENDURECE LEGISLACIÓN ANTI TABACO

 

Quedó pendiente la discusión en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que adecua la legislación nacional al estándar del Convenio Marco de la Organización Mundial de Salud para el Control del Tabaco. (Boletín N° 8.886-11)

 

Imagen foto_00000006El proyecto de ley, iniciado en Moción de los senadores Guido Girardi, Fulvio Rossi y del ex senador Mariano Ruiz-Esquide, tiene por objeto adecuar la legislación nacional a los parámetros establecidos por el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, en lo atingente a las medidas relacionadas con su publicidad y comercialización en el territorio nacional, la protección de los menores de edad y la responsabilidad de las compañías tabacaleras por perjuicios causados por el consumo de tabaco.

 

Contenido del proyecto:

 

- Perfecciona las disposiciones que prohíben la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionados con dicho producto. 

 

- Dispone que, en ningún caso podrá incorporarse publicidad en el interior de los envases de productos de tabaco.

 

- Prohíbe absolutamente la instalación y el uso de máquinas expendedoras automáticas de tabaco.

- La venta de tabaco no podrá efectuarse mediante su disposición en estanterías o en cualquier otro lugar de acceso directo al público y se deberá contar con anuncios en que se advierta la prohibición de su venta a menores de 18 años.

 

- Prohíbe la fabricación y venta de dulces, golosinas, juguetes o cualquier otro artículo que asemeje o tenga forma de pipa, cigarrillo u otro producto de tabaco.

 

- Establece un empaquetado genérico de los cigarrillos y una uniformidad en la envoltura de sus unidades, de forma que cada unidad deberá estar envuelta únicamente en papel blanco liso con un filtro que imite el color corcho, pudiendo agregarse la marca, pero no el uso de otros colores u otras características de diseño directamente en los productos de tabaco.

 

Imagen foto_00000008Además, los envases deberán llevar una advertencia que cubra el 100% de las dos caras principales, prohibiéndose cualquier acción o elemento destinado a ocultar total o parcialmente la advertencia.

 

- Las especificaciones genéricas que se establecen regirán para todos los cigarrillos que se comercialicen en el país, sean de origen nacional o extranjero.

 

- Prohíbe utilizar términos tales como "light", "suave", "ligero", "bajo en" u otros que tengan el efecto directo o indirecto de crear la impresión de que un determinado producto de tabaco es menos nocivo que otros, o que su consumo importa consecuencias positivas para la persona.

 

- Impone al Ministerio de Salud el deber de prohibir el uso de aditivos y sustancias en el proceso de fabricación de los productos de tabaco, cuando éstos estén asociados a un aumento, directo o indirecto, de los niveles de adicción, daño o riesgo en los consumidores.

 

- Prohíbe la comercialización en el territorio nacional de cigarrillos con sabores distintivos de reconocido consumo habitual entre niños, tales como sabores dulces, frutales, cacao y mentol.

 

- Prohíbe fumar en recintos deportivos, gimnasios o estadios, salvo en los lugares especialmente habilitados para ello.

 

- Se rechazó la disposición que prohibía fumar en los patios o espacios al aire libre, quedando vigente el texto actual.

 

- Prohíbe fumar en las áreas silvestres protegidas del Estado; en parques, plazas y lugares de recreación destinados a menores y en playas y espacios públicos costeros, permitiendo la habilitación de espacios especialmente destinados para fumadores.

 

- Prohíbe al conductor fumar mientras conduce, así como fumar en todo vehículo que traslade a menores de edad.

 

Intervinieron los senadores señores Francisco Chahuán, Jacqueline Van Rysselberghe, Lily Pérez, Juan Antonio Coloma, Hernán Larraín, Alejandro Navarro, Guido Girardi, Jorge Pizarro, Andrés Zaldívar, Alejandro García-Huidobro, Juan Pablo Letelier, Alfonso De Urresti, Carolina Goic, Eugenio Tuma, José García y el Subsecretario de Salud, señor Jaime Burrows.

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión particular en la próxima sesión del Senado.

 

 

 

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