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Sesión 37ª, Ordinaria, en martes 12 de agosto de 2014

Se realizó entre las 16:24 y las 19:39 horas, con la asistencia de 34 senadores. Presidieron la sesión los senadores Isabel Allende, Presidenta y Eugenio Tuma, Vicepresidente. Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.

14 de agosto de 2014

FERIADO LEGAL PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA

 

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece como feriado regional en la Región de Antofagasta el día 8 de septiembre de cada año, con motivo de la fiesta religiosa de Nuestra Señora de Guadalupe de Ayquina. (Boletín N° 6.064-06) Con urgencia calificada de “discusión inmediata”.Imagen foto_00000004

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, entre cuyos autores se encuentran los actuales senadores Pedro Araya y Alfonso De Urresti, tiene por objeto efectuar un reconocimiento formal a la devoción, profundamente arraigada en el pueblo de la Región de Antofagasta, a la Virgen de Guadalupe de Ayquina, la "chinita", facilitando la concurrencia de los fieles al lugar de su veneración, mediante la declaración de un feriado regional el día 8 de septiembre de cada año.

 

Durante el debate se manifestó la duda respecto de si la materia corresponde a aquéllas de la iniciativa parlamentaria, pues se ha planteado que proyectos de esta naturaleza generarían gasto tanto para el sector público como para el privado, por lo que se consideró necesario establecer un procedimiento para la determinación de días feriados de índole regional.  En razón de lo señalado, y no obstante la aprobación de este proyecto específico, se acordó remitir oficio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para que informe al Senado y la Sala fije un criterio en materia de días feriados.

 

Contenido del proyecto:

 

- Declara feriado el día 8 de septiembre próximo para la Región de Antofagasta.

 

Intervinieron los senadores Rabindranath Quinteros, Pedro Araya, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Jacqueline Van Rysselberghe, Alejandro García-Huidobro, Jorge Pizarro, Manuel José Ossandón, Ena Von Baer, Iván Moreira, Guido Girardi, Alberto Espina, Jaime Orpis y Fulvio Rossi.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

ENDURECE LEGISLACIÓN ANTI TABACO

 

Imagen foto_00000006Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que adecua la legislación nacional al estándar del Convenio Marco de la Organización Mundial de Salud para el Control del Tabaco. (Boletín N° 8.886-11)

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los senadores Guido Girardi, Fulvio Rossi y del ex Senador Mariano Ruiz-Esquide, tiene por objeto adecuar la legislación nacional a los parámetros establecidos por el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, en lo atingente a las medidas relacionadas con la publicidad y comercialización en el territorio nacional de productos de tabaco, la protección de los menores de edad y la responsabilidad de las compañías tabacaleras por perjuicios causados por el consumo de tabaco.

 

Contenido del proyecto:

 

- Perfecciona las disposiciones que prohíbe la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionados con dicho producto.

 

- Prohíbe la instalación y el uso de máquinas expendedoras automáticas de tabaco.

 

- Los lugares de comercialización de productos de tabaco al público deberán contar con anuncios en que se advierta la prohibición de su venta a menores de 18 años, la que no podrá efectuarse mediante su disposición en estanterías o en cualquier otro lugar de acceso directo al público.

 

- Prohíbe la fabricación y venta de dulces, golosinas, juguetes o cualquier otro artículo que asemeje o tenga forma de pipa, cigarrillo u otro producto de tabaco.

 

- Aumenta el tamaño de la advertencia de los daños ocasionados por el tabaco que debe contener el envase,  del 50% al 100%  de las dos caras principales de los paquetes.Imagen foto_00000005

 

- Prohíbe utilizar términos tales como “light”, “suave”, “ligero”, “bajo en” u otros que tengan el efecto directo o indirecto de crear la impresión de que un determinado producto de tabaco es menos nocivo que otros, o que su consumo importa consecuencias positivas para la persona.

 

- Impone al Ministerio de Salud el deber de prohibir el uso de aditivos y sustancias en el proceso de fabricación de los productos de tabaco, cuando éstos estén asociados a un aumento, directo o indirecto, de los niveles de adicción, daño o riesgo en los consumidores de dichos productos, o bien promuevan, directa o indirectamente, el inicio del consumo de productos de tabaco.

 

- Prohíbe fumar en las áreas silvestres protegidas del Estado y en parques, plazas y lugares de recreación destinados a menores, permitiendo la habilitación de espacios especialmente destinados para fumadores.

 

- Entrega a la autoridad sanitaria la fiscalización de las normas de este proyecto de ley, eliminando las disposiciones que permitían a los inspectores municipales fiscalizar y a los jueces de policía local, la aplicación de sanciones.

 

- Hace solidaria y objetivamente responsable a las compañías de la industria tabacalera por todo el perjuicio causado por el consumo de tabaco.

 

- Prohíbe al conductor fumar mientras conduce, así como fumar en todo vehículo que traslade a menores de edad.

 

Intervinieron los senadores Juan Antonio Coloma, Guido Girardi, Rabindranath Quinteros, Fulvio Rossi, Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Alejandro García-Huidobro, Iván Moreira, Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Jaime Quintana, Alejandro Guillier, Francisco Chahuán, Jorge Pizarro, Alberto Espina, Víctor Pérez y el Ministro de Salud subrogante, Jaime Burrows.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de septiembre próximo.

 

 

 

 

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