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Sesión 4ª, Ordinaria, en martes 19 de marzo de 2013

Se realizó de 16:21 a 20:43 horas con la asistencia de 36 senadores. Presidieron la sesión los senadores Camilo Escalona, Presidente; Alejandro Navarro, Vicepresidente y Ximena Rincón, Presidenta accidental. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

22 de marzo de 2013

RENUNCIA DE LA MESA DEL SENADO

 

Se dio cuenta que los Senadores Camilo Escalona y Alejandro Navarro, Presidente y Vicepresidente de la Corporación respectivamente, presentaron la renuncia a sus cargos, a contar del 20 del mes en curso.

 

En consecuencia, quedan para ser votadas ambas renuncias, después de la Cuenta de la Sesión de mañana.

 

 

CAMBIO EN PRESIDENCIA DE COMISIONES

 

Se dio cuenta de los siguientes cambios en la presidencia de las Comisiones que se indican:

La Comisión de Vivienda y Urbanismo, ha elegido como su Presidenta a la Senadora Lily Pérez San Martín.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, eligió como su Presidente al Senador Jaime Orpis Buchón.

 

 

MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LA ACTRIZ MYRIAM PALACIOS

 

 El Senado guardó un minuto de silencio en memoria de la destacada actriz nacional, Myriam Palacios, fallecida en el día de ayer.

 

 

CREA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

 

Imagen foto_00000002Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea la Superintendencia de Educación Superior. (Boletín Nº 8.041-04) Con urgencia calificada de “Suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, crea la Superintendencia de Educación Superior, cuyo objeto será fiscalizar, en las materias de su competencia, a las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, dotándola de las herramientas, potestades y funciones necesarias para su cometido.

 

Contenido del proyecto:

- Crea la Superintendencia de Educación Superior, como servicio público funcionalmente descentralizado dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación.

- Su objeto será fiscalizar a las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, en las materias de su competencia.

- Entre las principales atribuciones que se le otorgan se destacan: las de verificar que las señaladas instituciones entreguen la información que la ley les exige y ponerla a disposición del público; corroborar que éstas no efectúen publicidad engañosa; velar por que sus prestaciones no se subordinen al cumplimiento de obligaciones no estipuladas en los contratos celebrados con los estudiantes y vigilar que se cumplan las normas que regulan las operaciones con personas relacionadas, como asimismo, la de formular cargos y aplicar sanciones a las instituciones que cometan infracciones en tales materias.

- Se modifica la Ley sobre Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior para ampliar y perfeccionar, tanto las normas relativas a la información que las instituciones de educación superior deben entregar a la División de Educación Superior, como aquellas referidas a la prohibición de éstas de realizar publicidad engañosa.

- Asimismo, se modifica la Ley General de Educación para regular las operaciones de todas las universidades con personas relacionadas, de modo que esa vía no sea empleada para obtener los beneficios económicos que la ley prohíbe y para asegurar una mayor ecuanimidad en la toma de decisiones, exigiendo a todas las universidades que no pertenezcan al Estado incorporar en sus directorios u órganos de administración a por lo menos tres miembros independientes.

- Se impone la obligación a las instituciones de educación superior de entregar tres tipos de información: patrimonial, financiera y académica, la que deberán mantener y actualizar cada 6 meses.

- Se establece una nueva regulación respecto de las operaciones de las universidades con personas relacionadas (sociedades espejo) para evitar que se infrinja la prohibición de lucro.

- Se entrega a la Superintendencia el deber de velar por el respeto de los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales las instituciones hubieren ofrecido o convenido con el estudiante la prestación de los servicios correspondientes, sin que se puedan efectuar cobros sorpresivos.

- Otra de las funciones de la Superintendencia será la de velar porque la rendición de exámenes u otras evaluaciones o el otorgamiento de títulos, diplomas o certificaciones no estén condicionados a exigencias pecuniarias que no se hayan hecho públicas al tiempo de celebrarse el contrato de prestación de servicios educacionales.

- Se establecen sanciones en caso de incumplimiento de las disposiciones de este proyecto de ley que van, desde amonestación, multa a beneficio fiscal (1.000 UTM), inhabilitación temporal (5 años) de quien hubiere intervenido en la operación entre universidades y personas relacionadas, a la revocación del reconocimiento oficial de la universidad (infracciones graves y reiteradas).

 

Intervinieron los senadores Ignacio Walker, Ena Von Baer, Hosaín Sabag, Isabel Allende, Hernán Larraín, Eugenio Tuma, Andrés Zaldívar, Jaime Quintana, Mariano Ruiz-Esquide, Víctor Pérez, Fulvio Rossi, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Alberto Espina, Soledad Alvear, Juan Antonio Coloma, Camilo Escalona, Carlos Kuschel, Guido Girardi, Carlos Cantero, Ximena Rincón, Andrés Zaldívar, Lily Pérez, Ricardo Lagos, Baldo Prokurica y el Ministro de Educación, Harald Beyer.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de abril próximo.

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