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Sesión 4ª, Ordinaria, en martes 31 de marzo de 2015

Se realizó entre las 16:19 y las 18:20 horas con la asistencia de 31 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Eugenio Tuma, Presidente accidental. Actuó de Secretario don José Luis Alliende.

2 de abril de 2015

MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE VÍCTIMAS DE LA TRAGEDIA DEL NORTE Y DE CARABINERO ASESINADO

 

Imagen foto_00000010El Senado guardó un minuto de silencio en memoria de las víctimas de la tragedia que azotó la zona norte del país la semana pasada, así como también en homenaje del Carabinero Alejandro Gálvez, asesinado en el “Día del Joven Combatiente”.

 

RECHAZAN USO PROPAGANDÍSTICO DE MINISTRO BOLIVIANO EN EL MARCO DE LA TRAGEDIA DEL NORTE DEL PAÍS

 

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores Patricio Walker, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Lily Pérez, Jacqueline Van Rysselberghe, Ena Von Baer, Pedro Araya, Francisco Chahuán, Alberto Espina, José García, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Antonio Horvath, Hernán Larraín, Manuel Antonio Matta, Carlos Montes, Iván Moreira, Jaime Orpis, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros y Eugenio Tuma, con el que rechazan el uso propagandístico que ha efectuado el Ministro de Defensa de Bolivia, señor Jorge Ledezma, aprovechando una desgracia como la ocurrida en la zona norte de nuestro país.  Al mismo tiempo, lamentan que el Gobierno boliviano no haya presentado, hasta el momento, las disculpas correspondientes. (Boletín S 1803-12).

 

NOMBRA INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA

 

Se aprobó la propuesta formulada por el Presidente de la Corporación, senador Patricio Walker, en orden a que la Comisión Especial de Probidad y Transparencia sea integrada por los senadores Alfonso De Urresti, Felipe Harboe, Alberto Espina, Víctor Pérez y Andrés Zaldívar, la que se constituirá en el día de mañana, a las 15 horas, ocasión en que se procederá a elegir a su Presidente y a aprobar la tabla.

 

REGULA COMPETENCIA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL EN MATERIA DE CRÍMINES DE GUERRA Y DE AGRESIÓN

 

Imagen foto_00000006Se aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo internacional, en segundo trámite constitucional, recaído en la Enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda. (Boletín N° 8.182-10) Con urgencia calificada de “simple”.

 

El objetivo principal del Acuerdo es ampliar las acciones consideradas crímenes de guerras que son de competencia del Tribunal Penal Internacional e incorporar la definición del crimen de agresión y las condiciones conforme a las cuales la Corte ejercerá competencia sobre este delito.

 

Proyecto de acuerdo:

 

- Incorpora, entre las acciones que se consideran como crímenes de guerra, sujetos a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, el uso de veneno o armas envenenadas; gases asfixiantes, tóxicos o similares o cualquier líquido, material o dispositivo análogos; y balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano, sea que éstas se usen en conflictos armados de índole internacional, como en aquellos no internacionales.

 

- Define el crimen de agresión, sometido a la competencia de la Corte Penal Internacional, como aquél que comete un individuo que “estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituye una violación manifiesta a la Carta de las Naciones Unidas.

 

- Establece genéricamente lo que constituye un “acto de agresión” y enumera las figuras específicas que lo constituyen.

 

- Fija las condiciones conforme a las cuales la Corte ejercerá competencia sobre este tipo de crímenes.

 

Intervinieron los senadores Francisco Chahuán, Hernán Larraín, Alberto Espina, Jaime Orpis y el Ministro de Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.

 

DISTRIBUYE LA CARGA DE TRABAJO EN TRIBUNALES EQUIVALENTES

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de distribución de causas y asuntos de jurisdicción voluntaria. (Boletín N° 9.679-07)

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los senadores Isabel Allende, Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe y Rabindranath Quinteros, tiene por objetivo erradicar el actual sistema de turno para la distribución de las causas entre tribunales con igual competencia, por estimarse que ello entrega a las partes la facultad de “elegir” el tribunal, lo que produce una distribución inequitativa de la carga de trabajo entre tribunales equivalentes.

 

Contenido del proyecto:

 

- Elimina el actual sistema de turnos semanales para la distribución de casos entre los distintos juzgados existentes en una comuna o agrupación de comunas, que no sean asiento de Corte de Apelaciones.

 

- Entre los juzgados señalados la designación de aquél tribunal que deberá conocer del asunto se hará a través de un sistema informático idóneo, asignándose a cada causa un número de orden, según su naturaleza, y velándose, en todo caso, por una distribución equitativa entre los distintos tribunales.

 

- Para ello, toda demanda o gestión judicial que se inicie, deberá presentarse ante la secretaría del primer juzgado de letras, a fin de que el sistema informático designe el tribunal que deba conocer del asunto.

 

- Mantiene la actual exclusión de la regla a los juzgados de garantía, tribunales de juicio oral y juzgados de familia, los que se seguirán rigiendo por sus propias normas.

 

- En el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, los asuntos que tienen por objeto dar cumplimiento a resoluciones o decretos de otros juzgados o tribunales y aquellos de jurisdicción voluntaria serán distribuidos entre cinco tribunales que estarán de turno semanalmente para tal efecto.

 

Intervinieron los senadores Alfonso De Urresti, Pedro Araya, Hernán Larraín, Felipe Harboe y Víctor Pérez.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 20 de abril próximo.

 

GARANTIZA USO ADECUADO DE LOS TELÉFONOS DE EMERGENCIA

 

Imagen foto_00000008Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para imponer a los concesionarios la entrega de información a Carabineros de Chile y a otros servicios de emergencia en los casos que indica y sancionar el uso indebido de llamadas a dichos servicios. (Boletín N° 9.597-07)

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los senadores Manuel José Ossandón, Alejandro García-Huidobro y Alejandro Guillier, tiene por objeto entregar a Carabineros de Chile y a los otros servicios de emergencia, una herramienta eficaz para la individualización de aquellas personas que realizan un mal uso del servicio de llamadas de emergencia, y así desincentivar esta conducta que impide el normal funcionamiento de estos servicios de asistencia ciudadana, la prevención de delitos y la respuesta adecuada a amenazas reales, en cuanto las llamadas que son atendidas por el operador del sistema bloquean, eventualmente, la posibilidad de contestar otras llamadas.

 

Contenido del proyecto:

 

- Obliga a las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones, a facilitar a Carabineros de Chile y a los demás servicios de emergencia, los datos de individualización y localización de los usuarios que se comuniquen con dichos servicios.

 

- Dispone que los datos deberán ser entregados en tiempo real y deberán corresponder sólo a la llamada en curso, entregando al Ministerio del Interior la regulación de las modalidades a través de las cuales hacer efectiva la entrega de esta información.

 

- Establece que el servicio telefónico de emergencia deberá advertir, a través de una grabación previa a la atención por parte del operador del servicio, que las llamadas podrían ser grabadas y los datos de individualización y localización podrían ser almacenados, permitiendo al usuario optar por abandonar la comunicación en ese instante.

 

- Las llamadas efectivamente recibidas ingresarán a una base de datos y no podrán tener otro uso que el destinado a individualizar y localizar a aquellas personas que se encuentren en situación de emergencia o a aquéllas que generen llamadas inoficiosas al servicio.

 

- Sanciona con multa de 3 UTM ($129.204) a quien incurra en la infracción de uso indebido del servicio de llamados de emergencia, correspondiendo al juez de policía local su investigación, conforme al procedimiento que se establece.

 

- Permite la sustitución de la multa por la pena de prestación de servicios a la comunidad si el condenado así lo solicita.

 

- En caso que el infractor fuese menor de edad, se seguirá el procedimiento en contra de quien tenga al menor bajo sus cuidados.

 

Intervinieron los senadores Alejandro Guillier, Alejandro García-Huidobro, Baldo Prokurica, Felipe Harboe, Antonio Horvath y Jaime Orpis.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 27 de abril próximo.

 

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