Click acá para ir directamente al contenido

Sesión 42ª, Ordinaria, en miércoles 17 de agosto de 2016.

Se realizó entre las 16:20 y las 19:20 horas con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Ricardo Lagos, Presidente; Jaime Quintana, Vicepresidente y Andrés Zaldívar, Presidente accidental. Actuó como Secretario General don Mario Labbé Araneda.

19 de agosto de 2016

BONIFICACIÓN ADICIONAL DE INCENTIVO AL RETIRO PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS

 

Imagen foto_00000008Por unanimidad, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga una bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios y funcionarias de los servicios públicos que se indican y modifica el Título II de la ley N° 19.882. (Boletín 10.778-05) Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto otorgar mejores condiciones de egreso para los funcionarios públicos en edad de pensionarse por vejez, mediante un plan de incentivo al retiro voluntario con una mayor duración que los otorgados en leyes anteriores.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Otorga una bonificación adicional, no imponible ni tributable, a los funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP, que perciban la bonificación por retiro del Título II de la ley N° 19.882, que a la fecha de la postulación tuvieren 20 o más años de servicio, continuos o discontinuos, en las instituciones que conforman la Administración Central del Estado y que cumplan los demás requisitos que se establecen.

 

- Para acceder a la bonificación adicional, se deberá acreditar haber cumplido o cumplir las edades legales para pensionarse, entre el 1° de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2024, o haberlas cumplido al 30 de junio de 2014 y renunciar voluntariamente a todos los cargos y al total de horas que sirvan dentro de los plazos que se fijen.

 

- Fija las condiciones bajo las cuales se podrán incluir periodos discontinuos en el cómputo de los años de servicio requeridos para acceder al beneficio.

 

- Los funcionarios que tengan entre 18 y menos de 20 años de servicio, podrán percibir la bonificación adicional, pero por montos menores. Tratándose de  exiliados registrados por la Oficina Nacional de Retorno, el requisito de años de servicio para la bonificación adicional completa, será de 15 años.

 

- A la bonificación adicional también tendrán derecho los funcionarios que desempeñen un cargo de carrera o a contrata y los contratados conforme al Código del Trabajo, en las instituciones que se indican, siempre que se encuentren afiliados al sistema de AFP y que a la fecha de postulación tengan 20 o más años de servicio.

 

- Los ex funcionarios públicos que cesaron en sus labores, entre el 1° de julio de 2014 y el día anterior a la fecha de publicación de este proyecto como ley, podrán acceder sólo a la bonificación adicional, siempre que hubieren cumplido las condiciones que se establecen.

 

- La bonificación adicional tendrá cupos para los años 2016, 2017 y 2018 que ascienden 3.000, 2.800 y 3.300 beneficiarios respectivamente. A contar del 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2024, dicha bonificación se otorgará sin tope de cupos anuales.

 

- La bonificación adicional será equivalente a 320 UTM ($ 14.700.000) para los estamentos de Auxiliares y Administrativos; de 404 UTM ($ 18.584.000), para el estamento de Técnicos y de 622 UTM ($ 28.612.000) para Profesionales, Directivos y Fiscalizadores. Estos montos corresponden a jornadas de 44 o 45 horas semanales para funcionarios que cuenten con 20 o más años de servicio en las instituciones públicas.

 

- Los funcionarios que tengan entre 18 y menos de 20 años de servicios, los montos de la bonificación adicional serán de 233 UTM ($ 10.718.000) para los estamentos de  Auxiliares y Administrativos; de 303 UTM ($ 13.938.000), para Técnicos; y de 466 UTM ($ 21.436.000) para Profesionales, Directivos y Fiscalizadores.

 

- Otorga al personal que se desempeñe como auxiliar o administrativo un bono por antigüedad de 10 UF ($ 261.850) por cada año de servicio por sobre los 40 años, con tope de 100 UF (2.618.500).

- Regula determinadas situaciones especiales en las cuales tendrán derecho a la bonificación adicional aquellos funcionarios que cumplan los requisitos específicos que para ellos se determinan en razón del organismo al que pertenecen.

 

- Concede por una sola vez, un bono por trabajo pesado, no imponible ni tributable, a los funcionarios que, entre la fecha de publicación de este proyecto de ley y el 31 de diciembre de 2024, perciban la bonificación por retiro o se acojan a la bonificación adicional, el cual ascenderá a la suma de 10 UF ($ 261.850) por cada año cotizado o que estuvieren certificados como trabajos pesados, con un máximo de 100 UF ($ 2.618.500).

 

- Se establecen dos períodos de postulación para acceder a la bonificación adicional, al bono por antigüedad y al bono por trabajo pesado, entregando mayores beneficios a quienes lo hagan en el primer período de comunicación de renuncia voluntaria, esto es a los 65 años, para luego considerar beneficios decrecientes en el segundo período de comunicación de renuncia voluntaria.

 

- Quienes hagan efectiva su renuncia voluntaria dentro de la primera oportunidad antes señalada, tendrán derecho a la totalidad de la bonificación adicional, bono por antigüedad y bono por trabajo pesado, según corresponda. Si lo hacen en la segunda oportunidad, tendrán derecho a un 50% de la bonificación adicional y a un 50% de los bonos antes indicados, según corresponda.

 

- Quienes no hagan efectiva su renuncia en alguno de los dos periodos señalados, se entiende que renuncian irrevocablemente a su derecho.

 

- El personal que postule a los beneficios de este proyecto de ley, tendrá derecho a presentar la solicitud para acceder al bono post laboral que establece la Ley N° 20.305, en la misma oportunidad en que fije su fecha de retiro voluntario definitivo.

 

- Los requisitos de edades exigidos para impetrar las bonificaciones a que se refiere este proyecto de ley podrán rebajarse en los casos de los afiliados al sistema de AFP que desempeñen o hubieren desempeñado labores calificadas como pesadas.

 

- Encarga al Ministerio de Hacienda dictar un reglamento con las disposiciones necesarias para la postulación, otorgamiento y pago de los beneficios de este proyecto de ley desde los años 2017 en adelante.

 

- Quienes perciban los beneficios de este plan de retiro no podrán ser nombrados ni contratados en ninguna de las instituciones que conforman la Administración del Estado, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad de los beneficios percibidos, debidamente reajustados.

 

- Excluye de la aplicación de las bonificaciones que se establecen en este proyecto de ley a los funcionarios del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional.

 

- Dispone que durante el año en que se produzcan vacantes de empleos a contrata, dichas vacantes sólo podrán reponerse traspasando personal de honorario a contrata que reúnan los requisitos que establece la presente iniciativa legal, reduciéndose por el sólo ministerio de la ley el número de honorarios fijados en las glosas presupuestarias del respectivo servicio en igual cantidad.

 

- Establece un procedimiento especial para la asignación de cupos durante el año 2016, que será llevado a cabo por la Dirección de Presupuestos.

 

 

Intervinieron los senadores Andrés Zaldívar, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros, Juan Antonio Coloma, Antonio Horvaht, Eugenio Tuma, Carlos Bianchi, Hernán Larraín, Alfonso De Urresti, Alejandro García-Huidobro, Francisco Chahuán y el Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

MEDIDAS PARA IMPULSAR LA PRODUCTIVIDAD

 

Imagen foto_00000006Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un conjunto de medidas para impulsar la productividad. (Boletín N° 10.661-05) Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto aumentar la productividad del país por medio de la profundización del sistema financiero, de manera de facilitar las transacciones, expandir las posibilidades de financiamiento y reducir su costo, haciendo más eficiente el sistema de pagos. Además, la iniciativa persigue promover las exportaciones de servicios, para diversificar la economía hacia nuevos sectores intensivos en capital humano y orientado hacia los mercados externos.

 

Proyecto de ley:

 

Profundización del Sistema Financiero.

 

- Reduce las trabas para la instalación en Chile de custodios internacionales, facilitando así la participación de los inversionistas extranjeros en el mercado de renta fija local.

 

- Aumenta la liquidez de los instrumentos de renta fija emitidos localmente.

 

- Para facilitar el acceso y mejorar las condiciones de financiamiento de las pymes y reducir el costo del capital de trabajo de las empresas vía factoring, se establece un plazo máximo de acuse de recibo de la copia de la factura, luego del cual ésta se entenderá cedible irrevocablemente.

 

- Actualiza la regulación de los fondos de pensiones con el objeto de diversificar su portafolio, para obtener mejores combinaciones de riesgo y retorno, y con ello mejorar las pensiones de los afiliados al sistema. En particular, incorpora la inversión en “activos alternativos” (acciones y bonos transados en mercados públicos).

 

- Permite que los Fondos de Cesantía se puedan invertir en los instrumentos financieros autorizados para los Fondos de Pensiones.

 

- Disminuye los costos de las transacciones en moneda extranjera en el exterior, mediante el reconocimiento de las infraestructuras o sistemas de pagos internacionales.

 

- Simplifica la constitución de garantías sobre valores depositados en custodios, de manera de aumentar su liquidez y con ello reducir su costo.

 

- Amplia las posibilidades de inversión de las compañías de seguros en el exterior y les permite invertir en forma directa en proyectos de infraestructura.

 

- Con el objeto de mejorar la eficiencia del sistema de pagos y rebajar los costos de acuñación, transporte y almacenaje de las monedas de curso legal por parte del Banco Central, suprime las denominaciones de monedas de $1 y $5; permite la acuñación de monedas que tengan un mínimo de 80% de acero y el resto de otros metales; y establece el redondeo de cuentas y pagos en dinero efectivo. Esta medida se complementa con una disposición especial que le permitirá al Banco Central disponer de instalaciones adecuadas para el almacenamiento de billetes y monedas.

 

- En lo que se refiere a las facturas dispone que éstas se tendrán por irrevocablemente aceptadas si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción o bien si éstas son expresamente aceptadas por el deudor dentro del período señalado.

 

- Redefine las empresas de depósito de valores, las que deberán constituirse como sociedades anónimas especiales y tendrán como objeto exclusivo recibir en depósito valores y facilitar las operaciones de transferencia de los mismos, de acuerdo a los procedimientos especiales contemplados para la operatividad de estas entidades.

 

-Para los pagos en dinero efectivo, las cantidades iguales o inferiores a $ 5 se depreciarán a la decena inferior, y las cantidades iguales o superiores a $ 6 se elevarán a la decena superior. Esta operación no generara ningún efecto tributario.

 

Promoción de las exportaciones de servicios.

 

- Amplia la definición de los servicios de exportación, para que más servicios puedan acceder a la exención del pago del IVA, cuando sean exportados.

 

- Permite a todos los exportadores de servicios, más allá de asesorías técnicas y prestaciones similares, acceder al beneficio de la Ley sobre Impuesto a la Renta, para imputar como crédito los impuestos directos pagados en el exterior, de manera de evitar la doble tributación.

 

- Elimina el incremento del impuesto adicional a los pagos realizados al extranjero por concepto de software y a los servicios de ingeniería pagados a empresas relacionadas en el exterior, aplicándose, para estos efectos, las normas de precios de transferencia.

 

- Amplia la exención del impuesto adicional a las sumas pagadas al exterior por concepto de trabajos y servicios de ingeniería o técnicos, siempre que sean utilizados para una exportación de servicios desde Chile.

 

Intervinieron los senadores Iván Moreira, Alejandro Navarro, Antonio Horvath, Carlos Montes, Alejandro Guillier, Juan Antonio Coloma, José García y el Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados en tercer trámite constitucional.

 

NACIONALIDAD POR GRACIA AL DIÁCONO GUIDO GOOSSENS ROELL

 

Imagen foto_00000004Por unanimidad se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede la nacionalidad por gracia, al Diácono Guido Goossens Roell. (Boletín N° 10.699-06)

 

El proyecto de ley, iniciado Moción de la Cámara de Diputados tiene por objeto efectuar un reconocimiento a la destacada labor en beneficio de la comunidad nacional, del trabajo pastoral y de la defensa de los derechos humanos desarrollados por el diácono belga en nuestro país.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

-Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al diácono don Guido María Alfons Goossens Roell.

 

Intervinieron los senadores Juan Antonio Coloma e Iván Moreira.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

NACIONALIDAD POR GRACIA A DON THOMAS DALTON DILLEHAY

 

Por unanimidad se aprobó en general y en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano estadounidense, señor Thomas Dalton Dillehay. (Boletín N° 10.702-17)

 

El proyecto de ley, iniciado Moción de los senadores Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Juan Pablo Letelier y Rabindranath Quinteros, tiene por objeto efectuar un reconocimiento al ciudadano norteamericano, por su destacado aporte a la arqueología y antropología nacional, labor académica y descubrimiento del sitio arqueológico de Monte Verde, principal hallazgo de la presencia humana en América del Sur.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano estadounidense, Tom Dalton Dillehay.

 

Intervinieron los senadores Rabindranath Quinteros, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Juan Pablo Letelier y Antonio Horvath.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

INCIDENTES

 

Imagen foto_00000002El senador Juan Pablo Letelier efectuó una reflexión en torno al proyecto en desarrollo que crea por primera vez en la historia una Universidad Pública Estatal, en la Región de O´Higgins, con el apoyo de la Universidad de Chile y tutelado por el catedrático Rafael Correa, quien fue nominado por la Presidenta de la Republica para impulsar este proyecto. Destacó que el proyecto ha tenido en 8 meses avances en lo administrativo, con estatutos aprobados, en lo académico y curricular, con concursos para contratar académicos y la definición de mallas de carreras y en infraestructura, promoviendo sedes en las ciudades Rancagua, Rengo y San Fernando.

 

Comentó, que a pesar de los esfuerzos este desafío no ha estado exento de opiniones críticas sobre la viabilidad del mismo, entre otras. Por cuanto llama a la reflexión invitando a mirar atentamente este acontecimiento pionero en la Región de O´Higgins, haciendo énfasis en que el proyecto necesita apoyo estatal en los recursos pero esto debe ir a la par con el trabajo y la responsabilidad de las comunidades académicas, para sacar adelante el objetivo.

 

En otra materia, expresó su satisfacción por la reunión, sostenida en la Región de O´Higgins, de la entidad binacional del túnel Las Leñas, EBILEÑAS, y que ha dado origen a la formalización de un Tratado entre Chile y Argentina para construir un túnel de baja altura en la Región de O´Higgins que conecte ambos países.

 

El senador Alejandro Navarro puso de manifiesto su malestar sobre la decisión del Fiscal Nacional Jorge Abbott de remover al Fiscal Emiliano Arias encargado de la investigación del caso Corpesca, por las declaraciones públicas que éste hiciera sobre un caso de investigación de público conocimiento.

 

Manifiestó su solidaridad con el Fiscal removido, declarando que espera que esto no se vuelva a repetir con quien sea nombrado en su reemplazo en este caso, insistiendo que estos hechos representan un grave daño a la credibilidad para los Fiscales que se atreven a investigar.

 

En otro aspecto, pidió enviar oficios a diversas autoridades para que se realicen las gestiones a fin de dar cumplimiento al Tratado entre Chile y Uruguay sobre el libre ejercicio de profesionales en ambos países, aduciendo que ésto se cumple con los médicos chilenos en Uruguay con la sola presentación de sus antecedentes, no obstante no ocurre lo mismo en Chile con los profesionales Uruguayos que quieren ejercer su profesión, en especial en el área de la salud, en donde hoy existen grandes carencias de profesionales especialistas en Chile y que provocan gran cantidad de fallecimientos de personas que esperan por atención en los distintos hospitales del país.

Imprimir