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Sesión 50ª, Ordinaria, en miércoles 28 de agosto de 2013

Se realizó desde las 16:19 hasta las 19:54 horas con la asistencia de 35 senadores. Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente y José Antonio Gómez, Vicepresidente. Actuó como Secretario don Mario Labbé.

29 de agosto de 2013

ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR CONCESIONES ELÉCTRICAS (VETO)

 

Se rechazó la observación del Ejecutivo al proyecto de ley sobre procedimiento para otorgar concesiones eléctricas. (Boletín N° 8.270-08) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

Imagen foto_00000004El proyecto, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, simplifica el proceso de concesión de proyectos de transmisión eléctrica, mediante la adecuación de los tiempos de tramitación de las solicitudes de concesión y el perfeccionamiento del mecanismo de oposición y formulación de observaciones, de los sistemas de notificaciones, de tasación de inmuebles y de solución de conflictos entre concesiones, así como el establecimiento de un procedimiento judicial de carácter sumario para conocer de las reclamaciones.

 

El veto proponía suprimir las siguientes disposiciones aprobadas por el Congreso Nacional:

 

- La referida a la oportunidad en que se debe efectuar la consulta a los pueblos originarios: en el caso que las obras de una concesión ya obtenida atraviesen tierras pertenecientes a comunidades indígenas, antes de comenzar su construcción se deberá acreditar haber realizado el procedimiento de consulta contemplada en el artículo 6° del Convenio 169 de la OIT, por una sola vez, en la oportunidad y forma que establezca el reglamento correspondiente.

 

- La que regula la forma en que se salvaguardarán las áreas silvestres protegidas: el concesionario o los órganos de la Administración del Estado deberán dar debido cumplimiento a las normas legales, tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y reglamentos vigentes en materia de áreas silvestres protegidas del Estado.

 

Intervinieron los senadores Jaime Orpis, Antonio Horvath, Eugenio Tuma, Eduardo Frei, Isabel Allende, Guido Girardi, Jaime Quintana, Fulvio Rossi, Hosaín Sabag y el Ministro de Energía, Jorge Bunster.

 

En consecuencia, corresponde comunicar a la Cámara de Diputados el rechazo por parte del Senado de la observación formulada al proyecto por el Ejecutivo.

 

AUMENTA SANCIÓN POR MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD (LEY EMILIA)

 

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el DFL N° 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290, y sus modificaciones posteriores, en sus artículos 196 y 197, referidos al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte. (Boletín N° 8.813-15) Con urgencia calificada de "suma".

 

Imagen foto_00000002La Moción de la Cámara de Diputados, con la que se da inicio a este proyecto de ley, recuerda la trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa, de sólo nueve meses de edad, producto del fuerte impacto recibido en la parte posterior del vehículo en que viajaba junto a sus padres, causado por un conductor que se encontraba en estado de ebriedad. Ante tal trágico hecho, el proyecto tiene por objeto elevar la pena del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte o de lesiones gravísimas.

 

Proyecto de ley:

 

- Agrava las sanciones asignadas a la conducción de vehículos en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, cuando a consecuencia de ello se causare la muerte de una persona, o se le provocaren lesiones que lo dejen demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme.

 

- Eleva la sanción que se puede aplicar en estos casos, desde el presidio menor en su grado máximo (de 3 años y un día a 5 años), al rango que va desde dicho presidio menor a presidio mayor en su grado mínimo (de 3 años y un día a 10 años). Se mantiene además la multa de 8 a 20 UTM y la suspensión perpetua de la licencia.

 

- Dispone que deberá aplicarse el máximo de la pena, cuando el delito sea cometido por un conductor que se encontraba al momento de los hechos, en alguna de las circunstancias que se señalan, tales como: nivel de alcohol en la sangre igual o superior a 1,2 gramos; haber sobrepasado en más de 30 km/h. la velocidad máxima autorizada en el lugar de los hechos; ser reincidente en estos delitos; no ser titular del permiso de conducir exigido por la ley; encontrarse éste anulado o ser falso; o tratándose de un conductor profesional del transporte de personas o bienes, el delito sea cometido en el ejercicio de estas funciones.

 

Intervinieron los senadores Camilo Escalona, Alberto Espina, Hernán Larraín, José Antonio Gómez, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Lily Pérez, Gonzalo Uriarte, Víctor Pérez, Patricio Walker, Pedro Muñoz, Fulvio Rossi, Jaime Quintana, Ricardo Lagos, Hosaín Sabag, Jaime Orpis, Andrés Zaldívar y José García.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

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