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  Sesión 52ª, Ordinaria, en miércoles 3 de octubre de 2012

  Se realizó desde las 16:21 a 18:14 horas, con la asistencia de 36 senadores. Presidió la sesión el senador Camilo Escalona, Presidente. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

4 de octubre de 2012

HOMENAJE AL PREMIO NACIONAL DE HISTORIA 2012

 

ImagenLos senadores Eugenio Tuma y Gonzalo Uriarte rindieron homenaje al destacado académico señor Jorge Pinto Rodríguez, Premio Nacional de Historia 2012.

 

 

PROHÍBE CONSULTAR DATOS COMERCIALES PARA RESTRINGIR ATENCIONES DE URGENCIA

 

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que adecua el decreto con fuerza de ley N° 1 de Salud de 2005, a la ley N° 20.575 que establece el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales. (Boletín Nº 8.222-11) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto subsanar un vacío legal en la ley 20.575, incorporando a los prestadores de salud privados, entre aquellos que no pueden consultar la información comercial de una persona para los efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia.

 

Proyecto de ley:

 

- Impide a los prestadores de salud públicos y privados, y otras entidades que elaboren, procesen o almacenen datos de orden sanitario, vender, ceder o transferir, a cualquier título, bases de datos que contengan información sensible respecto de sus usuarios, beneficiarios o pacientes, sin contar con el consentimiento del titular de tales datos.

 

- Prohíbe a los prestadores privados de salud, consultar sistemas de información comercial de un paciente para los efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia, equiparando esta prohibición con la que rige respecto de los prestados públicos de salud.

 

Intervinieron los senadores Gonzalo Uriarte e Isabel Allende.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

IMPRESCRIPTIBILIDAD DE CRÍMENES DE GUERRA Y DE LESA HUMANIDAD

 

Sin debate, se aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la resolución N° 2391 (XXIII), el 26 de noviembre de 1968. (Boletín N° 1.265-10)

 

El proyecto de acuerdo internacional tiene por objeto principal afirmar el principio de imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad y asegurar la aplicación universal de la Convención.

 

En consecuencia, el proyecto de acuerdo pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

 

TASA MÁXIMA CONVENCIONAL

 

ImagenSe aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre interés máximo convencional. (Boletines N°s 7.786-03, 7.890-03 y 7.932-03, refundidos)

 

El proyecto de ley, iniciado en dos mociones, la primera de los senadores Eugenio Tuma,  Andrés Zaldívar, Carlos Bianchi, Camilo Escalona y Juan Pablo Letelier (Boletín Nº 7.786-03) y la segunda, de los senadores Francisco Chahuán y Baldo Prokurica (Boletín Nº 7.890-03), y en Mensaje del Presidente de la República (Boletín Nº 7.932-03), tienen por objeto establecer una nueva fórmula de cálculo de la tasa máxima convencional.

 

Contenido del proyecto de ley:

 

- Reformula el concepto de interés máximo convencional para operaciones de crédito por montos superiores a 200 UF, el cual corresponderá a la cifra mayor que resulte de la aplicación de una de las dos alternativas siguientes: 1,5 veces la tasa de interés corriente del respectivo tramo, o bien la tasa de interés corriente del respectivo tramo, más dos puntos porcentuales anuales.

 

- Tratándose de operaciones de hasta 200 UF, por un plazo igual o superior a 90 días, se establece una fórmula especial de cálculo de la tasa máxima convencional, más conveniente para los deudores.

 

- Regula la forma de aplicar la tasa máxima convencional respecto de los créditos originados en el uso de tarjetas de crédito, lo cual se deberá efectuar en relación al cupo de las mismas y no respecto de las compras efectuadas.

 

- Sanciona a los bancos y otras instituciones similares que realicen operaciones en las cuales se cobren intereses superiores al máximo convencional establecido en este proyecto de ley, con multa a beneficio fiscal por un monto equivalente al capital de la operación multiplicado por tres veces la tasa de interés anual aplicada.

 

- Extiende la facultad fiscalizadora de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, en lo relativo al cumplimiento de las normas sobre cobro de intereses, no sólo a los bancos sino a todas las demás instituciones que colocan fondos por medio de operaciones de crédito de dinero de manera masiva.

 

Intervinieron los senadores Jovino Novoa, Andrés Zaldívar, Juan Pablo Letelier, Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Alberto Espina, José García, Carlos Larraín y el Subsecretario de Hacienda, Julio Dittborn.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados en segundo trámite constitucional.

 

 

REGULARIZA ACCESO A BONO POST LABORAL

 

Se aprobó en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.305, sobre condiciones de retiro de los funcionarios públicos con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones, reconoce pagos y otorga beneficios. (Boletín Nº 8.059-13)

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, modifica la ley que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo y que otorgó el denominado bono "post laboral", con el objeto de regularizar la situación de aquellas personas a quienes les fue rechazado o suspendido su pago.

 

Proyecto de ley:

 

- Regulariza la situación de aquellas personas a quienes les fue rechazado o suspendido el pago del denominado bono "post laboral" por la Tesorería General de la República, por no haber acreditado la calidad de funcionario público de algunos pensionados o por haber postulado fuera de plazo.

 

- Dispone que el pago del bono se realizará a contar del día primero del mes subsiguiente de la dictación del decreto o resolución correspondiente.

 

- Permite, en forma excepcional, la presentación de la solicitud de acceso al bono a las personas que obtuvieron pensión de invalidez o de vejez y que no postularon oportunamente, como también a los funcionarios que presentaron oportunamente la solicitud y a los profesionales de la educación.

 

- Establece la responsabilidad administrativa de la autoridad que no efectúe o realice fuera de plazo las gestiones para acceder al bono post laboral.

 

Intervinieron los senadores Eduardo Frei, Ignacio Walker, Juan Pablo Letelier, José García, Hosaín Sabag, Lily Pérez y Jovino Novoa.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 8 de octubre próximo.

 

 

INCIDENTES

 

El senador José Antonio Gómez se refirió al compromiso asumido por el Ministro de Obras Públicas, tendiente a buscar una solución legal que exima del pago de peajes a quienes deban transitar por la vía concesionada que une Antofagasta y Mejillones, respecto de aquellos tramos en los que no existen caleteras, solicitando  se oficie a esa Secretaría de estado.

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