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Sesión 54ª, Ordinaria, en miércoles 16 de septiembre de 2015

Se realizó desde las 15:18 a 18:01 horas con la asistencia de 31 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Adriana Muñoz, Vicepresidenta. Actuó de Secretario don Mario Labbé.

17 de septiembre de 2015

DESIGNA CONSEJERO DEL BANCO CENTRAL

 

Imagen foto_00000002Por unanimidad se aprobó el oficio de la Presidenta de la República en que solicita el acuerdo del Senado para designar como Consejero del Banco Central de Chile al señor Mario Marcel Cullell, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del artículo primero de la ley N° 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central. (Boletín N° S 1.833-05)

 

Intervinieron los senadores Andrés Zaldívar, Andrés Allamand, Juan Antonio Coloma, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Guido Girardi, Lily Pérez y el Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés.

 

En consecuencia, procede comunicar a la Presidenta de la República el acuerdo otorgado por el Senado.

 

 

RENUEVA FRANQUICIA TRIBUTARIA DE SISTEMAS SOLARES Y PERMITE A ENAP PARTICIPAR EN GIRO DE GENERACIÓN ELÉCTRICA

 

Imagen foto_00000004Quedó pendiente la discusión en general del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.365, que establece Franquicia Tributaria respecto de Sistemas Solares Térmicos; la Ley General de Servicios Eléctricos y la ley que crea la Empresa Nacional del Petróleo. (Boletín N° 9.628-08) Con urgencia calificada de “suma”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto perfeccionar la franquicia tributaria para la instalación de sistemas solares térmicos (SST) y ampliar el giro social de la ENAP a actividades relacionadas con la energía y la generación eléctrica.

 

Proyecto de ley:

 

- Extiende la vigencia de la franquicia tributaria SST desde 2015 hasta el 2019.

 

- Modifica la escala del beneficio tributario, de modo que las viviendas de un valor inferior o igual a 2.000 UF tendrán el 100% del beneficio, y las de un costo superior a 2.000 UF y menor o igual a 3.000 UF un decremento lineal desde 100% hasta 0% del beneficio, eliminándose el beneficio tributario para aquellas con valores de entre 3.000 y 4.500 UF.

 

- Además del beneficio tributario, se establece también un programa de mantención del sistema, por cinco años.

 

- Incorpora un segundo mecanismo de incentivo, a través de un subsidio directo para financiar la instalación del SST en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado, que podrá asignarse dentro del período 2015-2019, que permita financiar todo o parte del valor del sistema (instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por cinco años).

 

- Amplía las facultades de la SEC para administrar un registro de colectores y depósitos acumuladores que podrán acceder a uno de los dos beneficios (franquicia tributaria o subsidio directo); inspeccionar todas las instalaciones de SST que hayan percibido alguno de los dos beneficios y, sancionar a las empresas constructoras que hubieren percibido alguno de los dos beneficios en caso de incumplimiento.

 

- Los proyectos podrán percibir beneficios respecto de sólo uno de los dos instrumentos: la franquicia o el subsidio.

 

- Permite al titular de un proyecto de generación mediante ERNC otorgar caución para dejar sin efecto la orden de paralización o suspensión de obras que se decrete en un procedimiento concesional de carácter administrativo o judicial.

 

- Habilita a la ENAP para participar, directamente o a través de sociedades en que tenga participación, en el giro de la generación de energía eléctrica.

 

Intervinieron los senadores Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Juan Antonio Coloma, Jacqueline Van Rysselberghe, Antonio Horvath, Manuel José Ossandón, Guido Girardi, Andrés Zaldívar, Hernán Larraín y el Ministro de Energía, Máximo Pacheco.

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión en general del proyecto en la próxima sesión que celebre el Senado.

 

 

CONGELA TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN DE NUEVOS TAXIS

 

Imagen foto_00000006Por unanimidad se aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que suspende por el plazo de cinco años la inscripción de taxis en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros. (Boletín N° 9.816-15) Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción del senador Juan Pablo Letelier, tiene por objeto congelar transitoriamente la incorporación de nuevos vehículos al servicio de taxis en atención al gran número existente en la actualidad, lo que agudiza dos problemas con los que incluso todavía se está luchando: la congestión vehicular y la contaminación atmosférica.

 

Contenido del proyecto:

 

- Suspende por el plazo de 5 años, contado desde el 15 de noviembre de 2015, la inscripción de taxis, así como el cambio de inscripción de una región a otra, en cualquiera de sus modalidades, en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros.

 

- Faculta al Ministerio de Transportes para que, dentro de este período, pueda autorizar nuevas inscripciones en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros en los casos calificados técnicamente de acuerdo con los criterios fijados y con las limitaciones que se establecen.

 

- La medida anterior no afectará el derecho a solicitar el reemplazo o cambio de modalidad de los taxis actualmente inscritos en el Registro, conforme a las normas establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

 

Intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier y Francisco Chahuán.

 

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

 

 

FACILITA REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE CARTA DE NACIONALIZACIÓN

 

Imagen foto_00000008Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros, en los requisitos para obtener la carta de nacionalización. (Boletín Nº 9.455-06).

 

El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto modernizar la legislación sobre nacionalización de extranjeros, en especial en lo relativo a la edad mínima exigida para el ejercicio de la opción de adoptar nuestra nacionalidad.

 

Contenido del proyecto

 

- Rebaja, de 21 a 18 años, la edad exigida para optar a la nacionalidad chilena, a los extranjeros que tengan más de 5 años de residencia en el territorio de la República y que sean titulares del permiso de permanencia definitiva.

 

- La misma reducción en la edad se establece respecto del ejercicio del derecho de opción por la nacionalidad chilena que tienen las personas nacidas en el territorio de Chile y que sean hijos de extranjeros que se encuentren en el país en servicio de su Gobierno o hijos de extranjeros transeúntes.

 

- Incorpora una nueva norma especial de nacionalización respecto del niño mayor de 14 años cuyos padres sean extranjeros, a fin que puedan acceder a la nacionalidad chilena si es autorizado por quienes estén a cargo de su cuidado personal y cuente con permiso de permanencia definitiva.

 

- Permite a los hijos menores de edad, de padre o madre que posean la calidad jurídica de refugiados, nacionalizarse desde el momento en que uno de ellos obtenga su carta de nacionalización chilena, sin necesidad de esperar a tener la edad legal exigida para optar a ella y así evitar permanecer en la calidad de apátridas.

 

Intervinieron los senadores Francisco Chahuán, Andrés Zaldívar, Jorge Pizarro, Antonio Horvath, Juan Antonio Coloma e Isabel Allende.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe.

 

 

 

 

 

 

 

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