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Sesión 90ª, Ordinaria, en miércoles 07 de marzo de 2018

Se realizó de 16:32 a 18:34 horas con la asistencia de 33 senadores. Presidió la sesión el senador Andrés Zaldívar, Presidente y Guido Girardi, Vicepresidente. Actuó de Secretario General, Mario Labbé.

9 de marzo de 2018

ESTATUTO DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

 

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública. (Boletín N° 11.536-04)

 

El proyecto de ley, iniciado en mensaje, tiene por objeto establecer el estatuto laboral que regulará a los asistentes de la educación que apoyan el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes y la prestación del servicio educacional en los establecimientos dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública.

 

Contenido del proyecto de ley:Imagen foto_00000010

 

- Precisa el concepto de personal asistente de la educación pública, dentro del cual quedan incorporados aquellos trabajadores que se desempeñen en uno o más establecimientos educacionales públicos y que desarrollen funciones de carácter profesional distintas de la docencia, o bien técnicas, administrativas o auxiliares, que tengan por objeto el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes y la correcta prestación del servicio educacional.

 

- La relación laboral entre los servicios locales y los asistentes de la educación de su dependencia se regirá por las disposiciones de este Estatuto y aplicándose supletoriamente el Código del Trabajo.

 

Imagen foto_00000008- Los asistentes de la educación se clasificarán en las categorías profesional, técnica, administrativa o auxiliar, de acuerdo a las funciones que desempeñen y a las competencias requeridas para su ejercicio, estableciéndose el nivel educacional que en cada caso se requiere.

 

- Establece el deber de los asistentes de participar en actividades formativas, las que deberán ser pertinentes a las funciones que ejercen y al desarrollo de sus competencias laborales.

 

- El ingreso a la dotación pública de asistentes se realizará mediante mecanismos de reclutamiento y selección públicos, que deberá considerar criterios objetivos de ingreso de acuerdo a los perfiles de competencias laborales previamente definidos.

 

Imagen foto_00000007- Los asistentes de la educación que ingresen a una dotación podrán ser contratados por un plazo fijo, que no podrá exceder de un año escolar, o uno indefinido, estableciéndose el contenido mínimo del respectivo contrato.

 

- Regula los derechos, obligaciones, causales de término de la relación laboral y las condiciones necesarias para la ejecución de las funciones para las que fueron contratados los asistentes de la educación.

- Dispone que la remuneración de los asistentes de la educación se determinará conforme al Código del Trabajo, señalándose, además, las asignaciones a las que tendrán derecho.

 

- Regula el bono de desempeño laboral al que tendrán derecho anualmente los asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales públicos, el que ascenderá hasta 10 UF., para aquellos trabajadores con una jornada laboral de 44 horas semanales.Imagen foto_00000009

 

Intervinieron los senadores Jorge Pizarro, Ena Von Baer, Carlos Bianchi y Jaime Quintana.

 

En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 16 de abril próximo.

 

DESPEDIDA DE SENADORES QUE TERMINAN SU MANDATO

 

De conformidad con los acuerdos adoptados, esta parte de la sesión se destinó a despedir a los Senadores que se alejan de la Corporación.

 

Hicieron uso de la palabra para despedirse de sus colegas, funcionarios y toda la ciudadanía, los senadores Andrés Zaldívar, Presidente; Alberto Espina, Hernán Larraín, Lily Pérez, Antonio Horvath, Fulvio Rossi, Eugenio Tuma e Ignacio Walker. 

 

Imagen foto_00000006REGULA EL USO DE BICICLETAS Y CICLOVÍAS   -COMISIÓN MIXTA-

 

Quedó aplazada la discusión del informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley de Tránsito, para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte. (Boletín N° 10.217-15)

 

El proyecto de ley, iniciado en mensaje, tiene por objeto introducir en la Ley de Tránsito, normas relacionadas con la circulación de ciclistas, límites de velocidad urbana, educación vial y estándares de infraestructura, entre otros.

 

Intervino la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Paola Tapia.

 

En consecuencia, procede tratar el proyecto de ley en la próxima sesión que celebre el Senado.

 

 

 

 

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