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Sesión 93ª, Extraordinaria, en martes 19 de enero de 2016

Se realizó desde las 12:48 a las 13:54 horas con la asistencia de 35 senadores. Presidieron la sesión los senadores Patricio Walker, Presidente y Adriana Muñoz, Vicepresidenta. Actuó de Secretario General don Mario Labbé Araneda.

22 de enero de 2016

FORTALECIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA DEMOCRACIA

 

Imagen foto_00000002Quedó pendiente la discusión en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia. (Boletín Nº 9.790-07) Con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer normas que intensifiquen el control democrático, la publicidad y transparencia del financiamiento de la política y el fortalecimiento de la democracia, con el fin último de asegurar la correcta expresión de la voluntad soberana del pueblo, generando instancias de participación ciudadana y fomentando las actividades políticas con equidad y transparencia.

 

En esta sesión se comenzó a discutir los preceptos del proyecto de ley contenidos en el informe complementario de la Comisión de Constitución y que dicen relación con las siguientes materias:

 

- Sanciona las infracciones a las normas sobre transparencia y prohibiciones de los aportes privados a las campañas electorales, cometidas por personas jurídicas, con multas equivalentes al triple del monto ilegalmente aportado.

 

- Castiga con presidio menor en sus grados mínimo a medio (de 61 días a 3 años) a la persona natural que entregue u obtenga aportes para candidaturas o partidos políticos cuyo monto excediere en un 40% lo permitido por la ley, sea de manera individual o en el conjunto de los aportes permitidos. Además se aplicará una multa equivalente al triple de lo otorgado u obtenido.

 

- Tratándose de aportes otorgados u obtenidos por o de una persona jurídica no se aplicará el exceso permitido del 40%, debiendo calcularse la multa sobre el total excedido.

 

- El ofrecimiento o la solicitud de los aportes sancionados, sea por personas naturales o jurídicas, serán castigados con multa equivalente al doble de lo ofrecido o solicitado.

 

- Sanciona con penas privativas de libertad a quien, debiendo rendir cuenta al SERVEL sobre gastos electorales o de partidos políticos, proporciona deliberadamente antecedentes falsos o certifique hechos inexistentes.

 

- Establece como infracciones graves a las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral el haber sobrepasado en un 25% el límite al gasto electoral permitido por la ley, siempre que dicho porcentaje sea superior a 100 UF; y el resultar condenado por las infracciones a las normas sobre aportes electorales regulados en este proyecto de ley.

 

- Cuando las infracciones graves afecten a un parlamentario, alcalde, consejero regional o concejal, el Tribunal Calificador de Elecciones, declarará que la cesación en su cargo de la autoridad afectada, previa comunicación  previa comunicación por parte del Consejo Directivo del Servicio Electoral de la circunstancia que da lugar a la infracción grave.

 

Intervinieron los senadores Pedro Araya, Rabindranath Quinteros, Baldo Prokurica, Hernán Larraín, Alberto Espina, Alejandro Navarro, Eugenio Tuma, Juan Antonio Coloma y Juan Pablo Letelier.

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión del proyecto de ley en la sesión de esta tarde.

 

 

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