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Sesiones 11ª y 12 ª, Especiales, en miércoles 10 de abril de 2013.

Se realizó desde las 10:46 a 16.00 horas con la asistencia de 37 senadores. Presidieron la sesión los senadores Jorge Pizarro, Presidente y José Antonio Gómez, Vicepresidente. Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.

11 de abril de 2013

ADECUA LEGISLACIÓN ELECTORAL A LEY DE PRIMARIAS

 

Imagen foto_00000002Quedó pendiente la votación del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que perfecciona las disposiciones introducidas por la ley N° 20.568 sobre inscripción automática y que modernizó el sistema de votaciones. (Boletín N° 8.819-06) Con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto perfeccionar la institucionalidad electoral con el fin de adecuarla a las normas que regulan las elecciones primarias.

 

Proyecto de ley:

 

- Perfecciona lo referido al domicilio electoral, estableciendo que no se podrá declarar como éste la oficina o sede de un candidato o partido político, salvo quienes trabajen en ellas. Tratándose de una residencia temporal, el vínculo objetivo del elector, de su cónyuge, padres o hijos  con el inmueble deberá ser de propiedad o arriendo superior a un año.

 

- Castiga a quien incite, promueva, solicite u organice a los electores a modificar su domicilio electoral, declarando uno nuevo con datos falsos o diferentes de los permitidos, con pena de presidio menor en su grado medio, multa de 10 a 50 UTM ($ 401.250 a $ 2.006.250) y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos.

 

- Los vocales que lo sean por primera vez, deberán asistir a un curso de capacitación obligatoria a quienes se les aumentará el bono por ser vocal en 0,22 UF ($ 5.000).

 

- Traspasa desde las juntas electorales al Servicio Electoral la función de elegir los locales de votación. Para estos efectos, cada director regional deberá requerir de la Comandancia de Guarnición respectiva, un informe sobre los locales más adecuados para el expedito funcionamiento de las mesas, permitiendo que, a falta de locales públicos, se pueda establecer el uso de establecimiento privados (colegios y estadios) y bienes nacionales de uso público, (grandes parques).

 

- Perfecciona la forma en que deberán desplegarse los resultados de una elección o plebiscito.

 

- Aumenta de 6 a 10 los miembros titulares de cada colegio escrutador e igual número de miembros suplentes.

 

- Incorpora nuevas sanciones en la ley electoral, como por ejemplo, castiga al vocal que reciba sufragios antes de las ocho de la mañana, o que declare cerrada la votación antes de tiempo.

 

- Modifica la Ley de Elecciones Primarias, permitiendo al Servicio Electoral fusionar mesas, siempre que éstas no superen los 450 electores y que las mesas estén conformadas por cinco vocales. Adicionalmente se revisa y perfecciona la norma que regula la forma en que los pactos electorales pueden realizar primarias parlamentarias para nominar sólo uno de los candidatos del pacto electoral.

 

- Se establece que en las elecciones primarias habrá cédulas electorales diferentes según se trate de Presidente de la República, Senadores, Diputados o Alcaldes.  El elector recibirá la cédula electoral de cada cargo, según la elección primaria en que se encuentre habilitado para sufragar y contendrá sólo los candidatos de dicha primaria.

 

- En caso que el elector esté habilitado para votar en dos o más primarias para el mismo cargo, recibirá una sola cédula que contendrá todos los candidatos a dicho cargo.

 

- Asimismo se incorporan normas para resguardar debidamente el secreto del voto,  estableciendo que el Servicio Electoral deberá procurar que las distintas cédulas de cada partido o pacto sean similares en su aspecto; que los vocales de la mesa deberán adoptar los resguardos suficientes y necesarios, fijando sanciones por la infracción a este deber; así como la obligación de los delegados de la Junta Electoral y el Servicio Electoral de mantener reserva absoluta de los padrones electorales utilizados en las mesas de votación.

 

- Permite votar con cédula de identidad o pasaporte que hayan vencido dentro de los 12 meses anteriores a la elección o plebiscito, para el solo efecto de identificar al elector.

 

- Permite la franja electoral televisiva para elecciones primarias, tratándose de candidatos a Presidente de la República, fijándola en 2 minutos por cada uno.

 

Intervinieron los senadores Carlos Bianchi, José Antonio Gómez, Juan Antonio Coloma, Camilo Escalona, Fulvio Rossi, Andrés Zaldívar, Eduardo Frei, Ignacio Walker, Alberto Espina, Isabel Allende, Hosaín Sabag, Ena Von Baer, Ximena Rincón, Hernán Larraín, Soledad Alvear, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Ricardo Lagos, José García, Francisco Chahuán, Carlos Larraín y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet.

 

En consecuencia, procede continuar con la votación de esta iniciativa en la próxima sesión.

 

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