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  Una norma que ya existe

  Por José Antonio Gómez, senador por la Región de Antofagasta

7 de octubre de 2011

ImagenEl proyecto que aumenta las penas por el robo de cajeros es de muy mala calidad,  no resuelve absolutamente nada y,  no entiendo por qué se pretende tipificar algo que ya existe.

En el Código Penal está el Título IX, Crímenes y simples delitos contra la propiedad, y este Título distingue entre la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño; luego en el numeral 2 dice "el robo con violencia o intimidación en las personas" y el numeral 3 habla del robo con fuerza en las cosas.

Y el artículo 440 establece cuál es la penalidad respecto del robo con fuerza en las cosas, pero particularmente el artículo 442, que se refiere al robo en lugar no habitado -y es el caso, porque este es un banco, es una empresa en la cual no está habitada en el momento que se producen estos hechos- se establece que el robo en lugar no habitado se "castigará con presidio menor en su grado medio a máximo, siempre que concurran algunas de las circunstancias siguientes:

"1ª Escalamiento

"2ª Fractura de puertas interiores, armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados.

"3ª Haber hecho uso de llaves falsas, o verdadera que se hubiere substraído, de ganzúas u otros instrumentos semejantes para entrar en el lugar del robo o abrir los muebles cerrados.".

El artículo 442 dice que "con la misma pena señalada en el artículo anterior" que es el que modifica, porque aquí agrega, se supone el delito,  con la misma pena señalada en el artículo anterior se castigará el robo de cosas que se encuentren en bienes nacionales de uso público o en sitio no destinado a la habitación si el autor hace uso de llaves falsas o verdaderas que se hayan substraído, de ganzúas u otros instrumentos semejantes o si se procesó, mediante fractura de puertas, vidrios, cierros, candados u otros dispositivos de protección o si se utilizan medios de tracción".

Por lo tanto, se trata de un proyecto que no tiene ningún informe especializado de jueces, fiscales, o profesores de Derecho Penal que es lo normal cuando uno quiere subir las penas y cuando quiere generar estos cambios dentro de un procedimiento o de una estructura.

Se trata de un texto legal que no tiene sentido, desde el punto de vista de una política criminal, porque si bien puedo entender que el Gobierno esté preocupado por los robos que se producen a los cajeros automáticos y por la afectación que le produce a la ciudadanía hay una cantidad enorme de problemas de seguridad reconocidos por la gente, partiendo por el déficit de fiscales del Ministerio Público.

Entonces, no perdería minutos ni tiempo de este Parlamento con lo que cuesta además sacar leyes acá, con lo que cuesta que se puedan llevar adelante proyectos de fondo de naturaleza que de verdad le ayuden a la seguridad de las personas y a los problemas que  las personas tienen en estas materias.

Por ejemplo, presenté hace mucho tiempo un proyecto  de ley que está en la Comisión de Constitución  para que los presos trabajen, para que se exijan ciertas condiciones al interior de los recintos penales de modo que cumplan la pena y, además, tengan que cumplir un servicio a la comunidad y,  puedan ahorrar recursos para sus familias y tener trabajo al interior de los reos.

A esa iniciativa  no le han puesto ni un minuto de urgencia. No le importa a nadie  cuando estoy seguro que la opinión pública estará de acuerdo en que es importante que los presos, en vez de estar preocupados de fugarse o pelear entre ellos, tengan una alternativa de trabajo en su interior.

De igual forma, hay otros proyectos que hemos presentado en la Comisión de Constitución  que son relevantes en materia de seguridad pública y tampoco tienen importancia.

Entonces, quizás lo único rescatable de este proyecto que aumenta las penas por robos de cajeros es la norma que obliga a los bancos a cumplir las disposiciones que el Ministerio del Interior establezca para la seguridad.

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