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Sesión 81ª ordinaria, en miércoles 2 de septiembre de 2020.

Legislatura Número 368


C U E N T A

Mensajes

Tres S.E. el Presidente de la República

Con el primero, inicia un proyecto de ley que crea un beneficio transitorio para el pago del crédito con garantía estatal establecido en la ley N° 20.027 (Boletín N° 13.758-05).

-- Pasa a la Comisión de Hacienda.

Con el siguiente, hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para el despacho del proyecto de ley precedentemente individualizado.

Con el último, retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´discusión inmediata´´, para el despacho del proyecto de ley que crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19 (Boletín N° 13.655-05).

-- Se toma conocimiento de la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Oficios

De la Honorable Cámara de Diputados

Informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales en materia de cobranza y sanciones frente al incumplimiento de las pensiones de alimentos (Boletines Nos 10.259-18, 10.450-18, 11.738-18, 11.813-18, 12.182-18, 12.244-18 y 12.394-18, refundidos).

-- Pasa a la Comisión Especial encargada de estudiar asuntos y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la equidad de género.

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Señala que ha prestado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que adecua los cuerpos legales que indica, en el sentido de suprimir el impedimento de segundas nupcias (Boletines Nos 11.126-07 y 11.522-07, refundidos).

-- Se toma conocimiento y se manda archivar con sus antecedentes.

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Comunica que ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley N° 19.728, con motivo de la pandemia originada por el Covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley N° 21.227 (Boletín N° 13.624-13).

-- Se toma conocimiento y se mandó comunicar a S.E. el Presidente de la República.

Hace presente que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N°20.958, que establece un sistema de aportes al espacio público, en lo que respecta a la entrada en vigencia de las mitigaciones directas en el sistema de movilidad local (Boletín N°13.705-15) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

-- Pasa a la Comisión de Obras Públicas.

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Del Excmo. Tribunal Constitucional

Comunica sentencia de control de constitucionalidad del proyecto de ley que regula la facultad del Banco Central para comprar y vender en el mercado secundario abierto instrumentos de deuda emitidos por el Fisco, en circunstancias excepcionales que indica (Boletín N° 13.593-05) (Rol N° 9.133-20).

-- Se toma conocimiento y se manda comunicar a S.E. el Presidente de la República.

A continuación, remite copias de sentencias pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad referidos a los siguientes preceptos legales:

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Roles Nos 8.693-20, 8.708-20, 8.712-20, 8.716-20, 8.724-20, 8.727-20, 8.751-20, 8.765-20, 8.773-20, 8.776-20, 8.785-20, 8.849-20, 8.869-20, 8.876-20, 8.888-20 y 8.889-20).

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, y artículo 17 B), inciso segundo, de la ley N° 17.798 (Roles Nos 8.601-20, 8.690-20, 8.704-20, 8.736-20, 8.748-20, 8.835-20, 8.848-20, 8.860-20, 8.861-20, 8.867-20 y 8.897-20).

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, y artículo 196 ter, inciso primero de la ley N° 18.290 (Rol N° 7.828-19).

Artículo 195 inciso tercero, y 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la ley N° 18.290 (Rol N° 8.734-20).

Artículo 2° del decreto ley N° 3.643, de 1981, y artículo 4° del decreto ley N° 2.067 (Rol N° 8.810-20).

Artículo 4° de la ley N° 19.886 (Rol N° 8.703-20).

Artículo 470, inciso primero, del Código del Trabajo (Rol N° 8.678-20).

Artículo 506 del Código del Trabajo (Rol N° 8.637-20).

Artículo 767 del Código de Procedimiento Civil (Rol N° 8.742-20).

Artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil (Rol N° 8.468-20).

Artículos 1°, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo (Rol N° 8.254-20).

-- Se manda archivar los documentos.

Seguidamente, adjunta diversas resoluciones recaídas en procesos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los siguientes preceptos legales:

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Roles Nos 9.059-20, 9.125-20, 9.148-20 y 9.157-20).

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, y artículo 17 B), inciso segundo, de la ley N° 17.798 (Roles Nos 9.051-20, 9.095-20, 9.119-20, 9.137-20, 9.143-20, 9.158-20 y 9.177-20)

Artículo 2° bis, inciso segundo, de la ley N° 20.261 (Rol N° 9.038-20).

Artículo 294 bis del Código del Trabajo, y del artículo 4°, inciso primero, de la ley N° 19.886 (Roles Nos 9.007-20 y 9.008-20).

Artículo 4°, inciso primero, segunda frase, de la ley N° 19.886, y artículo 495, inciso final, del Código del Trabajo (Rol N° 9.047-20).

Artículo 5°, inciso tercero; 6°, incisos primero y final, y 9°, incisos quinto y final, de la ley N° 10.336 (Roles Nos 8.998-20 y 9.004-20).

Artículo 9°, inciso segundo, de la ley N° 21.226 (Roles Nos 9.014-20, 9.048-20 y 9.049-20).

Artículo transitorio, inciso segundo, de la ley N° 20.791 (rol N° 9031-20).

-- Se toma conocimiento y se remiten los antecedentes a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Informe

De la Comisión de Hacienda, recaído en el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República con el que solicita el acuerdo del Senado para nombrar como comisionados integrantes del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero a la señora Bernardita Piedrabuena Keymer y al señor Augusto Iglesias Palau (Boletín N° 13.725-15) (con la urgencia del párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política).

-- Queda para Tabla.

Moción

De los Honorables Senadores señoras Muñoz y Provoste, y señores De Urresti y Quinteros, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que reduce el quórum requerido para que el Congreso Nacional insista en un texto legal que haya sido vetado por el Presidente de la República (Boletín N° 13.759-07).

-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.