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Sesión 17ª especial, en lunes 19 de abril de 2021.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Mensaje

De S. E. el Presidente de la República

Con el que hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para el despacho de las siguientes iniciativas:

1.- La que modifica el artículo 19, número 1°, de la Carta Fundamental, para proteger la integridad y la indemnidad mental con relación al avance de las neurotecnologías. (Boletín N° 13.827-19).

2.- La que modifica la ley N° 17.288, sobre monumentos nacionales, a fin de agravar las penas establecidas en sus artículos 38 y 38 bis. (Boletín N° 14.101-12 y 14.102-12, refundidos).

-- Se toma conocimiento de la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Oficios

Dos de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero comunica que ha aprobado el proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales, en las condiciones que indica (Boletines Nos 13.950-07, 14.054-07 y 14.095, refundidos).

-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

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Con el segundo informa que ha tenido a bien aprobar las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley N°18.583, orgánica constitucional que fija la planta del Servicio Electoral, para adecuarla a la creación de la Región de Ñuble (Boletín N° 14.020- 06).

-- Se toma conocimiento y se manda archivar el documento con sus antecedentes.

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Comunicación

De la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, por la que informa que ha elegido como su Presidenta a la Honorable Senadora señora Ximena Rincón González.

-- Se toma conocimiento.

O O O

CUENTA AGREGADA

En este momento han llegado a la Mesa dos informes de la Comisión Especial Encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género:

Primer Informe recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges, para efectos de las prestaciones de salud que otorga la ley (Boletín N° 11.294-11).

Segundo Informe recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece medidas para asegurar el pago de pensiones alimenticias en el caso que indica (Boletín N° 13.456-07).

-- Quedan para Tabla.