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Sesión 36ª, Extraordinaria, en martes 2 de julio de 2013
De 15:46 a 20:45 horas. Asistencia de 36 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Jorge Pizarro, Presidente y José Antonio Gómez, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR CONCESIONES ELECTRICAS

Quedó pendiente la discusión en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre procedimiento para otorgar concesiones eléctricas. (Boletín N° 8.270-08) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto simplificar el proceso de concesión de proyectos de transmisión eléctrica, mediante la adecuación de los tiempos de tramitación de las solicitudes de concesión y el perfeccionamiento del mecanismo de oposición y formulación de observaciones, de los sistemas de notificaciones, de tasación de inmuebles y de solución de conflictos entre concesiones, y el establecimiento de un procedimiento judicial de carácter sumario para conocer de las reclamaciones.
Normas del proyecto de ley aprobadas en esta sesión:
- Precisa el procedimiento para la presentación de observaciones, por parte de los dueños u otros interesados, de las propiedades que ocuparen o atravesaren las obras proyectadas en las solicitudes de concesión provisional.
- Dispone que corresponderá al mismo juez que otorgue los permisos para la realización de estudios de terrenos respecto de los cuales se ha otorgado concesiones provisionales, la determinación, en procedimiento de juicio sumario, de las indemnizaciones a que tienen derecho los dueños de las propiedades u otros interesados afectados.
- Se invierte la autoridad competente ante la cual debe presentarse la solicitud de concesión definitiva, estableciéndose que ésta deberá efectuarse ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible, con copia al Ministerio de Energía.
- Regula el procedimiento para la declaración de admisibilidad o inadmisibilidad, por parte de la Superintendencia, de las solicitudes de concesiones definitivas, disponiendo que declarada admisible, el solicitante deberá dentro de los 15 días siguientes, efectuar sendas publicaciones, durante 3 días consecutivos, de un extracto de la misma en un diario de circulación nacional y en uno de circulación regional correspondiente a los territorios comprendidos en la solicitud de concesión.
- Disminuye el plazo dentro del cual el Ministro de Energía, previo informe de la Superintendencia, deberá resolver fundadamente acerca de la solicitud de concesión definitiva, reemplazándose los 120 días contados de la presentación de la solicitud, por 15 días desde la recepción del informe de la Superintendencia.
- Otorga a la SEC un plazo de 60 días para evacuar su informe, el que comenzará a correr desde el vencimiento de las diferentes circunstancias que se señalan.
- Precisa que no se producirá la caducidad de las concesiones definitivas por no iniciarse los trabajos dentro del plazo establecido o por no haberse ejecutado éstos dentro del término fijado, cuando esta inacción se funde en una causal grave y calificada que exima de responsabilidad al concesionario, la que deberá ser fundada por la Superintendencia
- Establece que si no se produjere acuerdo entre el concesionario y el dueño de los terrenos sobre el valor de éstos, el Superintendente, a petición del concesionario o del dueño de los terrenos, designará una o más comisiones tasadoras compuestas de tres personas, para que, oyendo a las partes, practiquen el o los avalúos de las indemnizaciones que deban pagarse al dueño del predio afectado.
Intervinieron los Senadores Patricio Walker, Ximena Rincón, Antonio Horvath, Jaime Orpis, Ignacio Walker, José Antonio Gómez, Juan Pablo Letelier, Alejandro Navarro, Fulvio Rossi, Guido Girardi, Eugenio Tuma, Baldo Prokurica, Carlos Larraín, Jovino Novoa, José García, Andrés Zaldívar, Isabel Allende, Eduardo Frei, Hosaín Sabag, Francisco Chahuán, Jaime Quintana, Alejandro García-Huidobro, Alberto Espina, Lily Pérez, y el Ministro de Energía, Jorge Bunster.
En consecuencia, procede continuar con la discusión en particular de este proyecto en la próxima sesión.