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Acuerdo de Vida en Pareja: vínculo podría ser suscrito ante oficial de Registro Civil y en notarías

Por mayoría, la Comisión de Constitución respaldó la norma que se suma al reconocimiento del estado civil de quienes contraigan el AVP.

29 de octubre de 2013

Imagen foto_00000002La Comisión de Constitución, Justicia y Reglamento avanzó en el análisis del articulado del proyecto de ley que crea el Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), en primer trámite constitucional, y que se aplicaría para parejas que convivan sean o no del mismo sexo.

 

Durante la sesión, se aprobó la norma que propicia que el AVP sea suscrito no solo ante un notario, sino que también ante un oficial del registro civil, la que fue respaldada por tres votos a favor, uno en contra y una abstención.

 

Al respecto, según detalló el presidente de la Comisión, senador Patricio Walker,  “no sólo queremos regular temas patrimoniales relacionados a los bienes muebles e inmuebles, sino que también exista reconocimiento de la sociedad. Por eso aprobamos que constituya estado civil y que se pueda celebrar ante un oficial del registro civil, que tenga toda la solemnidad que merece, sobre todo en el caso de parejas que hoy en día no tienen la posibilidad de constituir estado civil en nuestro país. Realmente es un paso muy importante”.

 

Según adelantó el legislador, “le pedimos a los asesores que mejoren algunas redacciones de las indicaciones presentadas y esperamos que el gobierno le ponga urgencia de discusión inmediata, para poder aprobar, si es posible, la próxima semana acá en la Comisión de Constitución la totalidad del proyecto”.

 

CAUSAL DE CESACIÓN

 

Otro de los temas en discusión son las causales de cesación del Acuerdo de Vida en Pareja y a juicio de la senadora Soledad  Alvear, miembro de la Comisión de Constitución, “me parece que deben existir causales que estén reguladas, de manera tal que este acuerdo pueda ser perfectamente terminado, pero con la seguridad de que a la otra pareja le permitan tener los derechos que corresponden”.

 

“Por ejemplo –agregó- si  se forma una comunidad de bienes entre las personas que han contraído el AVP es lógico que si se termina pueda existir una repartición de los bienes como corresponda y estamos viendo cuál debe ser la notificación en caso de que exista una decisión unilateral.  Hay algunos que sostienen que basta que se haga en una escritura pública y a mi juicio es fundamental que exista una notificación a la otra parte”.

 

Para la senadora “estamos viendo aspectos reglamentarios, pero que dicen a puntos de fondo a mi juicio, que tienen que ver, insisto, con que este no es un contrato de arriendo, este no es un contrato de compra venta, este es un contrato entre dos personas homosexuales o heterosexuales, que deciden determinar cómo van a realizar una vida en pareja y que tiene que ser regulado en normas legales”.

 

“Más adelante tendremos que ver quién es el tribunal competente para resolver eventuales conflictos que se pueden suscitar durante la convivencia; soy partidaria que sean los tribunales de familia los que resuelvan, pero el proyecto del gobierno y del ex senador  Allamand sostienen que sean los civiles”, agregó.

 

La Comisión continuará durante la próxima sesión con la revisión del articulado.

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