Click acá para ir directamente al contenido

Parlamentarios deberán votar cambios efectuados por la Cámara Baja al texto que modifica la Ley de Quiebras

La propuesta en tercer trámite, pretende reorganizar o liquidar los pasivos y activos de una empresa deudora, como así también los de una persona natural.

25 de octubre de 2013

Imagen foto_00000015En junio pasado, la Sala aprobó la iniciativa, iniciada en mensaje, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo, quedando en condiciones ser vista por la Cámara Baja.

 

Ahora, el texto volvió al Senado, luego que fuera modificado por los diputados. Así las cosas, la propuesta se encuentra en tabla para ser revisada en la sesión ordinaria del próximo martes, ocasión en que los parlamentarios deberán evaluar los cambios introducidos en el segundo trámite.

 

La iniciativa más conocida como “cambios a la Ley de Quiebras”, consigna además otro mensaje que fue refundido en su tramitación. Se trata de aquel que establece la quiebra como causal de término del contrato de trabajo y adecua normas de otras leyes (Boletín N° 8492-13).

 

PROYECTO

 

La norma comprende 345 artículos, que derogan la actual Ley N° 18.175 de Quiebras, regulando esta nueva reorganización y liquidación.  Contempla además, otros 57 artículos que adecúan normas vigentes al propósito de este proyecto, además de 11 disposiciones transitorias.

 

En lo sustancial, la propuesta tiene por finalidad establecer un nuevo régimen general de los procedimientos concursales destinados a reorganizar o liquidar los pasivos y activos de una empresa deudora, y a repactar los pasivos o liquidar los activos de una persona deudora, para lo cual se deroga la normativa vigente sobre la materia.

 

Considerando el ámbito de acción, las comisiones de Economía, del Trabajo y Previsión Social, Hacienda, y Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, tanto de la Cámara Baja como de la Alta, revisaron diversos aspectos del texto. En el caso del Senado, se generó debate respecto a las medidas cautelares que afecten a los deudores se circunscriban a los delitos a la propiedad y la definición de los delitos de quiebra fraudulenta o culposa.

 

Ahora, la Sala deberá aprobar o rechazar las modificaciones, en función de lo cual la norma podría terminar su tramitación y así convertirse en ley próximamente.

Imprimir