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Sernac no podrá intervenir en servicios regidos por leyes especiales

Así lo establecieron la mayoría de los senadores que debatieron la conveniencia de ampliar las facultades de este organismo. De esta forma, se aprobó que las superintendencias continúen fiscalizando a empresas sanitarias y eléctricas, entre otras.

21 de marzo de 2016

Un intenso debate se dio al interior de la Comisión de Economía que estudia el articulado del proyecto que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), el que se encuentra en segundo trámite.

 

El debate continúa hoy lunes en las dependencias del ex Congreso Nacional en Santiago.

 

PRINCIPIO ESPECIALIDAD

 

En su última sesión, en votación dividida, la instancia rechazó una indicación que permitía que el citado organismo tenga injerencia en empresas de servicios básicos como electricidad, gas y agua potable. Así se confirmó la actual legislación que establece que determinadas actividades sean reguladas por leyes especiales, cuya institucionalidad recae en subsecretarías y superintendencias.

 

El texto de autoría de los senadores Eugenio Tuma, Ricardo Lagos Weber y Jorge Pizarro hace referencia al principio de especialidad, tema que había quedado pendiente de sesiones anteriores. Al no alcanzarse un consenso en la mesa técnica que asesora a los legisladores, la disposición fue rechazada.

 

Al respecto, el presidente de la Comisión, el senador Tuma anunció que repondrán la indicación en la Sala. “Hace 16 años se creó la ley de derechos de los consumidores, y en ese momento se dijo que se generaba la industria del reclamo y demostramos que no era así. Hoy los consumidores no ven defendidos integralmente sus derechos y queríamos ampliar las atribuciones del Sernac precisamente para ello”, aclaró.

 

“Esta ley no incluirá los servicios que regulan las superintendencias de bancos, telecomunicaciones y otras que se rigen por leyes especiales. Por ejemplo, los servicios básicos. Una vez más el congreso y ejecutivo rechazan la posibilidad de perfeccionar la ley en función de los derechos de los consumidores. Mucho menos se consideró regular los servicios profesionales, los que en otros países son fiscalizados por los colegios de cada orden”, mencionó el legislador.

 

Imagen foto_00000014En la misma línea, el senador Alejandro Navarro recordó que “una vez más y tal como ocurrió en el año 1997 y el 2001, se pretende dejar fuera a las empresas de servicios básicos. El agua potable, la electricidad, y el gas son indispensables para los consumidores, pues no se puede elegir y cambiarse de compañía cuando se recibe un mal servicio, ya que por lo general hay monopolio en un territorio determinado”.

 

El parlamentario ejemplificó, señalando que “cuando a un consumidor se le quema  un artefacto eléctrico tras un alza de voltaje, ni la Superintendencia de Electricidad ni el Sernac tienen herramientas para interceder en su favor, por lo que el consumidor debe recurrir a acciones civiles que tardan años y para la que se requiere de un abogado”.

 

SUPERINTENDENCIAS Y SUBSECRETARÍAS

 

En tanto los congresistas Iván Moreira, Lily Pérez San Martín y Jorge Pizarro rechazaron la indicación argumentando que la actual normativa que entrega facultades a las Superintendencias y Subsecretarías, permite la debida defensa de los derechos de los consumidores, por lo que introducir al Sernac en esta fiscalización, solo confundiría los procesos.

 

Imagen foto_00000016El senador Moreira insistió en que “todas las empresas que tiene leyes especiales son sancionadas por estos organismos, por eso no puede ser que se les aplique una doble sanción (superintendencias más Sernac). Esto no quita que se pueda establecer una denuncia en los tribunales para que se realicen las debidas indemnizaciones proporcionales a las infracciones cometidas”.

 

La senadora Pérez San Martín dijo creer en la institucionalidad vigente, planteando que “el Sernac no puede ser juez y parte, y si aprobamos esta indicación, lo estamos permitiendo”. A su vez, el senador Pizarro manifestó que “podría haber colusión de las normas y eso termina confundiendo”.

 

Dado este rechazo, la Comisión aprobó –por mayoría-  la indicación del Ejecutivo que señala que “la sanción impuesta por la aplicación de una ley especial impedirá al Sernac una sanción adicional”. El texto aclara que “si el servicio llegare a tomar conocimiento de hechos que pueden constituir infracción fuera de normas distintas a esta ley, deberá denunciar los hechos ante los organismos respectivos y podrá hacerse parte de las causas en que estén afectados los intereses generales de los consumidores”.

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