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Llegó al Senado proyecto que compensa a trabajadores del comercio que laboren los domingos y festivos

La Comisión de Trabajo analizará la iniciativa que permite que se aplique un recargo del 30% del sueldo a las horas trabajadas los domingos. Al regreso del receso legislativo.

13 de febrero de 2015

Imagen foto_00000015La primera semana de marzo, al regreso del receso legislativo, la Comisión de Trabajo y Previsión  Social iniciará el estudio del proyecto, en segundo trámite, que modifica el Código del Trabajo en materia de jornada laboral en días domingos y festivos.

 

La iniciativa establece que los trabajadores del comercio, independiente de la jornada laboral que desempeñen, recibirán un recargo de al menos un 30% en sus remuneraciones por las horas ordinarias trabajadas en día domingo, calculado sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria.

 

Asimismo, señala que dicho recargo deberá liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones del respectivo período. El valor de la hora ordinaria y el recargo señalado serán la base de cálculo a efectos de la determinación, en su caso, del valor de la hora extraordinaria trabajada en dichos días domingos.

 

Sin perjuicio de ello, el proyecto establece que los trabajadores del comercio gozarán adicionalmente de siete días domingo de descanso semanal  durante cada año de vigencia del contrato de trabajo. Solo mediante acuerdo escrito  entre el empleador y los trabajadores, y,o con el o los sindicatos existentes, hasta tres de dichos domingos podrán ser reemplazados por días sábado, siempre que se distribuyan junto a un domingo también de descanso semanal.

 

La iniciativa es explícita en señalar que este descanso dominical no podrá ser compensado en dinero, ni acumulado de un año a otro.

 

Las excepciones que establece la iniciativa son para los trabajadores contratados por un plazo de 30 días o menos y para aquellos que tengan jornada ordinaria no sea superior a 20 horas semanales o se contraten exclusivamente para trabajar los días sábado, domingo o festivos.

 

SEGURO DE CESANTÍA

 

Asimismo, la Comisión de Trabajo también tiene contemplado iniciar el estudio del proyecto que modifica el seguro de cesantía con el objeto de mejorar su cobertura y protección a los trabajadores.

 

La iniciativa que llegó al Senado a cumplir su segundo trámite legislativo, aumenta el monto de los beneficios del seguro, tanto para los trabajadores con contrato indefinido como de plazo fijo. A éstos últimos se les aumenta el número de pagos a tres.

 

En lo fundamental el trabajador que quede cesante recibirá como subsidio el 70%, 55%, 45%, 40%, 35%, 35% y 30% de la remuneración promedio de sus últimos meses entre el primer y sexto mes de cesantía. No obstante existen topes de $525 mil como máximo para el primer mes.

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