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Concesiones eléctricas: desafíos pendientes

Por Antonio Horvath, senador por la región de Aysén

16 de agosto de 2013

Imagen foto_00000015En materia de concesiones de trasmisión eléctrica, no cabe duda de que hay que asegurar  que se definan en forma transparente menores plazos para las obras que resulten necesarias. Esto no significa que haya que darles preponderancia sobre otros proyectos o iniciativas que resultan incompatibles como las instalaciones y escenarios del turismo.

 

En las discusiones, tanto en este Senado como en la Cámara de Diputados y en el seno de las Comisiones especializadas y en la Mixta, quedaron temas en que no se llegó a consenso y se dirimieron por un acuerdo UDI-DC, que finalmente fue respetado por las partes pero que no representa la totalidad de este Senado ni tampoco de la Cámara.

 

Uno de los puntos en cuestión se refiere a la consulta que se hace a los pueblos originarios potencialmente afectados por las líneas y las franjas de transmisión.

 

La versión del acuerdo que se votó favorablemente por mayoría de votos en este Senado, a diferencia de la Cámara, establecía que se haría la consulta indígena antes de comenzar la construcción, otorgada la concesión definitiva.

 

Lo que nosotros planteamos es que si se pedía la consulta indígena antes de empezar los proyectos, era para poder saber si pueden influir en un trazado que no los afecte tanto o que definitivamente no los afecte. El voto en este tema en la Comisión Mixta no tuvo el apoyo suficiente en la Cámara, y finalmente se optó –en un acuerdo con el Gobierno- por un veto supresivo. Es decir, en lo que a consulta indígena se refiere, corre la norma general, que es previa, de buena fe y se tiene que hacer como corresponde.

 

El segundo tema en controversia fue el de las áreas protegidas silvestres. La Cámara de Diputados planteó que se tenía que considerar siempre, donde fuese posible, alternativas de trazado respecto a las áreas silvestres protegidas. ¿Cuál es el objeto de esto? Una vez más, con anticipación, ver fórmulas por las cuales se pueda evitar pasar por ellos. Si se da el caso, por ejemplo, en el centro de un volcán un proyecto geotérmico y que tiene que pasar por alguna parte. Por eso propuse una redacción más feliz de esto que es donde fuera posible y previo acuerdo

 

No obstante, no se llegó a un acuerdo que sustentara esto en votos, porque la fórmula que propuso por mayoría el Senado era que había que respetar las leyes, las normas y los tratados internacionales en materia ambiental, lo que es obvio. Se pretendió dejarlo como una manera genérica, pero tampoco hubo votos suficientes en la Cámara de Diputados donde también se optó por el veto supresivo. Es decir, no se avanza con respecto a la posibilidad de estudiar siempre alternativas de trazado, lo cual nos parece inconveniente.

 

Del mismo modo, hay un tema referido a la caución que no me parece conveniente. El artículo 34 de este proyecto señala que “se suspenderán los efectos de las órdenes de paralización o suspensión de obras si el concesionario consigna en la cuenta corriente del tribunal caución suficiente para responder de la demolición de la obra o de la indemnización”. Si uno altera un área silvestre o un proyecto turístico, no puede por la vía monetaria cautelar que se van a reponer las condiciones originales. Ese es el tema de fondo. Y por eso que no estamos de acuerdo con esta fórmula.

 

Asimismo, ha quedado pendiente la situación de cómo los interesados, los afectados por las concesiones eléctricas y las franjas correspondientes puedan hacer observaciones o puedan hacer oposiciones. Este proyecto de ley solamente da la posibilidad de los propietarios de las franjas para hacer su objeción u oposición y habla de “otros interesados”, pero que cumplan los requisitos que establece esta ley. Por lo tanto es tremendamente restrictiva, y eso no nos parece bien.

 

De hecho, está afectando varios derechos constitucionales de otros proyectos. Lo he dicho a manera de ejemplo que si una persona o un grupo de personas, o una empresa, o quien sea, una región, hace un proyecto determinado de carácter turístico, desde luego no es lo mismo, para ese proyecto turístico, que el vecino tenga una línea de transmisión y abran las ventanas los turistas y vean líneas de transmisión en vez del paisaje. Obviamente que ahí hay gente afectada y este proyecto no lo resguarda como corresponde.

 

La fórmula de notificación establece una cosa que es impresentable, “sin perjuicio de la existencia de cualquier reclamación pendiente, sea del concesionario o del dueño del predio, la exhibición del comprobante de pago” le da la posibilidad de que el juez respectivo pida la posesión material de los terrenos. En determinados casos, la notificación se haga por una fórmula que finalmente se deja un papel en el predio y se puede pedir descerrajamiento y uso de la fuerza pública. A nuestro juicio, no corresponde. Lo que hay que hacer es la norma general en esta materia.

 

Por estas razones voté en contra y estudiamos, desde luego, los temas que son de carácter constitucional para requerirlos en el Tribunal correspondiente, de esta manera pretendemos llegar a un sano equilibro entre las necesidades de energía y las otras opciones de uso del territorio nacional.

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