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Moción surge debido a la pandemia:

Directo a Sala pasa norma que extiende el plazo para celebrar juntas de socios de cooperativas

Dado que la Comisión de Economía no hizo cambios al texto, éste podría quedar en condiciones de ser promulgado como ley en el breve plazo.

7 de mayo de 2021

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Sin mayores cambios el proyecto que modifica la Ley General de Cooperativas para extender transitoriamente el plazo dentro del cual deben celebrarse las Juntas Generales de Socios, será visto por la Sala próximamente.

 

Esto luego que los integrantes de la Comisión de Economía revisaran en general y particular la norma en segundo trámite, y decidieran apoyarla en ambos sentidos en su última sesión.

 

Vea detalles de la sesión.

 

La propuesta de artículo único que será estudiada en una próxima sesión ordinaria, plantea que la citada extensión regirá hasta los 90 días posteriores al término del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado el 18 de marzo de 2020, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y sus respectivas prórrogas.

 

Cabe consignar que la legislación vigente obliga a celebrar las juntas de socios, a lo menos, una vez al año dentro del primer semestre. Aquello ha sido complejo de cumplir dado el distanciamiento social impuesto en las cuarentenas por la pandemia.

 

En las juntas generales de socios, se realiza la situación general de la cooperativa y los informes de las juntas de vigilancia y auditores externos, así también la aprobación o rechazo de la memoria, del balance, de los estados y demostraciones financieras presentadas por los administradores o liquidadores de la cooperativa. A su vez, se materializa la distribución de los excedentes o remanentes de cada ejercicio.

 

REGISTRO DE EMPRESAS

 

También en condiciones de ser analizado por los integrantes de la Comisión de Hacienda, quedó el proyecto que busca modernizar y perfeccionar el funcionamiento del sistema simplificado de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales (Boletín N° 13930-03)

 

Esto luego que la Comisión de Economía respalda las indicaciones presentadas a la norma iniciada en mensaje que tiene como fin facilitar una serie de trámites para la puesta en marcha de una serie de emprendimientos.

 

De esta forma, se crea un registro de accionistas electrónico y un registro de poderes electrónico y público, se amplían los actos que pueden realizar directamente los usuarios en la plataforma del registro y se convierte el registro en una plataforma digital con el fin de que permita conectar a los usuarios con otros servicios para la gestión de negocios.

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